T.1 Parte 3: La codificación civil II Flashcards
- Segunda etapa
Etapa extracodificadora:
- Como se desarrolla la etapa extracodificadora?
Se desarrolla al margen de la codificación, pero el ideal de un Código Civil único no se abandona: todo lo contrario, las diversas leyes especiales que se elaboran y se aprueban a lo largo de esta etapa tienen como destino final el integrarse en el Código, ya que la tarea codificadora era inaplazable: para hacer posible su continuación se adoptaron dos medidas: redactar leyes especiales, con vistas a incorporarlas al Código, y nombrar vocales de la Comisión General de la Codificación a representantes de los territorios forales.
- Que pasa a lo largo de dos décadas?
A lo largo de dos décadas se aprueban leyes especiales, cuya materia, por la novedad, no planteaba fricciones con los derechos forales: la Ley Hipotecaria de 1861, la Ley del Notariado de 1862, la Ley de Minas de 1868, la Ley del Registro Civil y la Ley del Matrimonio Civil de 1870, la Ley de Propiedad Intelectual de 1879 y en el mismo año, la Ley de Aguas, la Ley de Caza y la Ley de Expropiación Forzosa.
- Tercera etapa
Etapa codificadora:
- Como empieza la etapa codificadora?
Empieza con el Proyecto de Ley de Bases de 1881 (redactado por ALONSO MARTÍNEZ pero que no llegó a aprobarse probablemente a la vista de la oposición de los foralistas al tratamiento que se daba a los derechos forales y la oposición de la Iglesia al régimen del matrimonio). Poco tiempo después, dos vocales de la Sección de lo Civil de la Comisión fueron nombrados ministros de Justicia.
- Que intentaron ambos?
Ambos intentaron de nuevo que triunfara el sistema de la Ley de Bases: SILVELA no lo consiguió con su Proyecto de 1885, pero ALONSO MARTÍNEZ sí, que lo logró con la Ley de Bases de once de mayo de 1888: Esta ley detalla el procedimiento que debía ser seguido para la redacción del Código Civil y consagra el sistema de variedad legislativa, al disponer que las legislaciones forales se mantendrían primero en toda su integridad y se recogerían después, en Apéndices al Código. Sólo por excepción ordena el régimen de unidad para los efectos de las leyes y de los estatutos y reglas generales para su aplicación, y en orden a las formas del matrimonio.
- Que se fija en las bases?
En las bases se fijan las líneas directrices del Código, siendo de carácter general la primera y la última. La base 1ª enumera las fuentes en que habría de inspirarse el texto legal, a saber: 1) el proyecto de 1851, “en cuanto se halla contenido en éste sentido y capital pensamiento de las instituciones civiles del Dº histórico patrio” 2) Las enseñanzas de la doctrina, para la solución de las dudas suscitadas por la práctica, y 3) para atender a algunas necesidades nuevas, “soluciones que tengan un fundamento científico o un precedente autorizado en legislaciones propias o extrañas”.
- A que da solución la base 27?
La base 27 da solución a los problemas que suscita la derogación del DERECHO anterior, el tránsito de la legislación antigua a la nueva y las reformas sucesivas y periódicas de que el Código habría de ser sujeto. El código, tras una prórroga del plazo, empezó a regir el día 1 de Mayo de 1.889.
- Que pasa con la segunda edición?
Segunda edición: Las Cortes consideraron que la adecuación del articulado a las bases no había sido absolutamente fiel, y dictaron la Ley de 26 de Mayo de 1.889 que ordenó al gobierno hacer una segunda edición del Código Civil con las enmiendas y adiciones que sean necesarias o convenientes.
- Que se promulgó por RD en 1889?
Por R.D. de 24 de julio de 1.889 se promulgó esta segunda edición, que constituye el definitivo y vigente texto de nuestro Código Civil, que va precedida de una exposición de motivos, concretada a los fundamentos de las principales enmiendas y adiciones introducidas y añadió trece disposiciones transitorias.
- Cuarta etapa
Etapa descodificadora:
- Que ha empezado con el centenario del CC?
Con el centenario del CC ha empezado a hablarse de la descodificación. Se han aducido dos razones para considerar que estamos en una nueva fase del derecho civil: por un lado, la proliferación de leyes especiales; por otro, que los principios ideológicos de la sociedad no son ya los del Código sino los de la Constitución.
- Que pasa según algunos autores?
Sin embargo, según algunos autores, estas observaciones no determinan el final del CC, ni de los códigos en general por dos razones: primero, porque en el Código se encuentran unos conceptos y técnicas que son relevantes en todo el ámbito del derecho privado; y, segundo, porque la noción de código, como conjunto amplio y sistemático de normas, no ha perdido vigencia en nuestros días.
- Quinta etapa
Etapa de recodificadora: Finalmente, se ha destacado que los CC han quedado atrasados en la evolución del Derecho privado, y esa evolución ha tenido que ser colmada con leyes especiales y decisiones judiciales, que han producido el efecto de hacer un derecho cada vez más opaco y complejo. Frente a este fenómeno, se está empezando a postular la elaboración de nuevos Códigos que incorporen las novedades que han ido surgiendo en el derecho privado.