Parte 79: Requisitos de las inmisiones I Flashcards
Cuantos requisitos debe reunir la injerencia para ser considerada una inmisión?
LOS REQUISITOS que debe reunir esta injerencia para que sea considerada “inmisión” y para que pueda dar lugar a la responsabilidad civil especial por inmisión, son los nueve.
Primer requisito
En primer lugar la interferencia o molestia que afecta a la finca vecina puede ser material (ej: cuando cae basura constantemente) o incorporal (ej: como consecuencia de unas vibraciones se produce una rotura en el muro de la casa).
Segundo requisito
En segundo lugar el responsable de la inmisión es aquella persona (física o jurídica) bajo cuyo control se realiza la actividad que genera el daño. Puede serlo tanto el propietario como el ocupante o poseedor del inmueble. (ej: el propietario pone la lavadora, y como esta pierde agua, inunda a la finca vecina. Aunque el daño lo produzca la lavadora, el propietario es el responsable de la inmisión).
Tercer requisito
En tercer lugar la inmisión debe producir un daño a la finca vecina, que puede afectar tanto a las personas como a las cosas que se encuentran en ella, como a la propia finca. La responsabilidad exigible por inmisión abarca a los daños morales, corporales o patrimoniales.
Cuarto requisito
En cuarto lugar no es necesario que el responsable de la inmisión actúe con ánimo doloso o con la intención de hacer daño, o de forma culpable o descuidada. Se puede producir una inmisión actuando también de forma correcta o diligente (ej: una chimenea que se utiliza correctamente, pero esta construida de tal forma que los humos inciden directamente en la finca vecina causándole un daño).
Que no debe hacer el actor?
El actor (víctima), cuando ejercita la acción para exigir responsabilidad, no tiene que demostrar la negligencia o intencionalidad del demandado. La discusión se centra solo en determinar si la inmisión es o no ilegítima.
Ante que estamos?
Estamos ante un tipo de responsabilidad civil especial, completamente objetiva, en la que se prescinde totalmente de la idea de dolo o culpa en la causación del daño. Que se encuadra fuera de la regulación general de la responsabilidad civil extracontractual basada en la culpa.
Quinto requisito
En quinto lugar el daño no debe ser consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor. De ser así, no podría exigirse ninguna responsabilidad (ej: como consecuencia de unos movimientos de tierra caen trozos de pared a la finca de abajo).