Parte 6: Derechos reales limitados II Flashcards
Que tipo de obligaciones son las propter rem?
Aunque han sido calificadas como obligaciones nacen de la titularidad real, son obligaciones accesorias porque dependen del derecho real del que han nacido, por lo tanto estos deberes de comportamiento se transmiten y se extinguen conjuntamente con el derecho real que les ha dado vida, siguen las vicisitudes de la relación principal. Son denominadas también relaciones deambulatorias.
Que pasa si se infringe una obligación propter rem?
En estas obligaciones de naturaleza personal, cuando cualquiera de los sujetos de esta relación, infrinja alguna de estas obligaciones o deberes de conducta, la acción que hay que ejercitar para exigir responsabilidades a la contraparte, son acciones de naturaleza personal que son las que derivan de los artículos 1101 y 1911 del CC que contemplan la defensa del crédito mediante el procedimiento de ejecución forzosa.
Que no podremos hacer nunca?
Como no estamos ante un contrato típico, cuando haya un incumplimiento, lo que no podremos ejercitar es la resolución del contrato del 1124, jamas, porque no estamos ante un contrato.
Que otro rasgo característico diferencia las obligaciones propter rem del derecho real?
Otro rasgo característico que las diferencia del derecho real es que las obligaciones propter rem la responsabilidad del incumplidor es limitada porque cuando se establece un negocio en la que se crea un derecho real limitado, sucede que cualquiera de los dos titulares, puede renunciar o abandonar en cualquier momento la titularidad de su derecho real.
Hasta donde llega la responsabilidad en las obligaciones propter rem?
Esa relación jurídico real se establece por un periodo de tiempo determinado. Si se renuncia al derecho real limitado, solamente va a responder de los incumplimientos que haya generado hasta el momento de la renuncia.
Como es la responsabilidad de un deudor en un contrato normal?
En un contrato normal, la responsabilidad de un deudor no es limitada lo que sucede es que si el obligado de un contrato desiste del contrato sin poder desistir equivale a un incumplimiento y por tanto responderá de la totalidad de la deuda.
Que hay que diferenciar?
Hay que diferenciar cuando hay que ejercitar una acción real o cuando personal.