Parte 11: Requisitos para la transmisión y adquisición de los derechos reales Flashcards
Que se requiere ademas del contrato traslativo?
Ademas del negocio o contrato traslativo de que se trate, se requiere que el transmitente tenga la propiedad o la titularidad del derecho real de que transmite, a esto se le llama ostentar el poder de libre disposición de la cosa.
Que pasa si el transmitente no ostenta este derecho y realiza la transmisión a un tercero?
en nuestro ordenamiento en principio un tercero que adquiere de un no titular, en principio el adquirente no adquiere ningún derecho porque para poder realizar la transmisión del derecho el transmitente debe ostentar la titularidad.
Que pasa por o tanto?
Por lo tanto si el verdadero propietario del derecho real limitado, puede arrebatarle al tercer adquirente la posesión de la cosa o impedir el ejercicio de su derecho. El propietario tendrá acción real para defender su propiedad o derecho del que es titular.
Contra quien tendría que dirigirse el tercero despojado de la cosa?
Este tercero despojado de la cosa por el verdadero titular tendría que dirigirse contra el falso transmitente para reclamarle una indemnización de daños y perjuicios.
Como se denominan a este tipo de adquisiciones?
A este tipo de adquisiciones se le denominan adquisiciones a non domino, son adquisiciones del que adquiere de un no titular.
Que supuestos de adquisiciones a non domino contempla nuestro ordenamiento?
Las adquisiciones a non domino, nuestro ordenamiento contempla dos supuestos según se trate de la transmisión de un bien inmueble o según se trate de la transmisión de un bien mueble, en que pese haber adquirido de un no titular, si reúne los requisitos que el ordenamiento exige, que son los del articulo 34 LH si es sobre bienes inmuebles, si es sobre bienes muebles son los del 522-8 de la ley del libro V del CCCat relativa a los derechos reales se mantendrá al adquirente en su adquisición.
Que pasa si el tercer adquirente reúne los requisitos?
Si el tercer adquirente reúne los requisitos que reúne estos preceptos, este tercer adquirente será mantenido en su adquisición por el ordenamiento y el será el que se convertirá en verdadero propietario.
Que verá el verdadero propietario si hay un tercer adquirente que cumple los requisitos?
Si hay un tercer adquirente que cumple los requisitos y que ha adquirido de un falso titular, el verdadero propietario verá extinguido su derecho en favor del tercer adquirente y la única posibilidad que le va a quedar al verdadero propietario ser ejercitar su acción real contra el falso transmitente para reclamarle una indemnización por daños y perjuicios.
Que tenemos actualmente por motivos de seguridad?
Actualmente, por motivos de seguridad en el trafico jurídico tenemos que el ordenamiento va protegiendo a los terceros adquirentes que el ordenamiento considera que son dignos de protección cuando reúnen unos requisitos, y por lo tanto los verdaderos propietarios tendrán que tomar ciertas precauciones para no perder su derecho.