Época Preclásico. Flashcards
¿Qué años abarca la Época Preclásica?
Desde 367 hasta 27 a.C.
¿Cómo es la expansión territorial de Roma en esta etapa?
Se da una gran expansión del territorio.
- S.IV a.C., el Lacio.
-S.III a.C., toda Italia.
-241-146 a.C., Guerras Púnicas: Cuenca occidental del Mediterráneo.
-S.II a.C., Cuenca oriental (Asia Menor, Siria, Macedonia…).
¿Qué ocurre con la economía de la etapa preclásica?
Se produce un desarrollo del comercio.
¿Qué cambio se produce en la sociedad en la época preclásica?
Las personas desarrollan un gusto por los lujos, destaca, concretamente, la exaltación de la personalidad individual, y se define como una sociedad cosmopolita. Se dividía en ciudadanos romanos y peregrinos. Y la pirámide se distribuía así: optimates (aristocracia oligárquica señorial), populares (riqueza mobiliaria), proletariado urbano: disminución campesinado a efecto de las guerras, acumulación de tierras por la aristocracia y competencia de otros mercados.
¿Qué sucede con el derecho durante la época de la república?
Aparece el IUS GENTIUM: el derecho común de los pueblos, ligado al pretor peregrino, motivado por el desarrollo del comercio y los conflictos entre personas de distinta ciudadanía. Basado en la “Bona fides”.
También aparece el IUS HONORARIUM: derecho de los magistrados, basado en la aequitas, para adaptar el viejo ius civile a las nuevas necesidades.
¿Cómo era la organización política en la época preclásica?
Se organizaba en Asambleas populares (democracia), el Senado (oligarquía), y las magistraturas, donde encontramos a los cónsules (monarquía).
¿Qué eran las magistraturas?
El antiguo Rex queda circunscrito a funciones religiosas, y las funciones restantes fueron adoptadas por una serie de magistrados con imperium(poder supremo de mando) o potestas(poder restringido a campo de actividad).
¿Qué características tienen las magistraturas?
- Elegilibilidad por asambleas populares. “Lex Villa (180 a.C.)”: establece cursos honorum(cuestor, edil, pretor, cónsul, censor) y edades mínimas.
- Colegialidad: ejercicio del poder de forma conjunto por al menos dos personas con idénticas facultades y recíproco derecho de veto.
- Gratuidad.
- Responsabilidad exigible al concluir el cargo.
- IUS EDICENDI, la facultad de promulgar edictos.
- Poder de represión penar (coircito).
- Toman pronósticos (IUS ASPICIORUM).
¿Qué clasificación tienen las magistraturas?
- Por el imperium pueden ser: cum imperium (cónsul, pretor, dictador), o sin imperium (censor, edil, cuestor).
- Por elegibilidad pueden ser: mayores (cónsul, pretor, censor), o menores (edil curul, cuestor).
- Por su presencia en la vida política pueden ser: ordinarias (permanentes-cónsul, pretor, edil, cuestor. No permanentes-censor), o extraordinarias (dictador, etc).
¿Quiénes eran los cónsules?
Eran una magistratura ORDINARIA, PERMANENTE (se escoge anualmente), MAYOR (elegida por comicios centuriados), CURUL (atributos externos: toga praetexta, silla curulis con 12 lectores), COLEGIADA (límite de la intercessio o de veto al ajeno).
Dos imperium:
1. Domi. En la ciudad (IUS AGENDI cum populo et cum senate, interdicto aquae et igni, coercitio y IUS EDICENDI).
2. Militae. Fuera de la ciudad: reclutamiento de tropas, declaración de guerra y paz, remuneración de los soldados, reparto del botín de guerra, imposición de tributos. Límite: intercessio, derecho de veto del otro cónsul.
¿Quiénes eran los pretores?
La palabra viene de “Prae ire”: ir delante. Eran una magistratura ORDINARIA, PERMANENTE (se escoge cada año), MAYOR (elegida por los comicios centuriados), con imperium Domi.
Se trata de una compensación para los patricios por el hecho de que los plebeyos pudiesen ser cónsules. Pueden ser urbanos (controversias ciudadanas), provinciales o peregrinos. Además de las propias magistraturas mayores, los pretores tenían otra función: dirigir entre contiendas judiciales (IURISDICTIO) de tres formas:
1. Do. Concede o deniega acción, juez, árbitro.
2. Dico. Establece la fórmula procesal adecuada.
3. Addico. Actos que atribuyen derecho a una de las partes mientras se resuelve el conflicto.
¿Quiénes eran los censores?
Eran magistraturas ORDINARIAS, MAYOR, NO PERMANENTE (es elegido cada 5 años por los comicios centuriados), sin imperium. Tenían varias funciones:
1. Elaboraban el censo en el campo de Marte sobre las bases de los comicios por centurias. El censo contenía: la tribu, los bienes y la nota censoria (de carácter moral). Terminaba con la IUSTRATIO, una ceremonia de expiación religiosa en la que se sacrificaba un cerdo, oveja, toro.
2. Lectio senatus. Admisión formal de magistrados en el senado, de elección de senadores.
3. Nota censoria. Establecía la buena o mala conducta de los ciudadanos. Regula el patrimonio de la Res Pública.
4. Además, el censor era el administrador del Ager Publicus (arriendo o venta). Los vectigalia (impuestos sobre arriendo) pasaban por sus manos.
¿Quiénes eran los ediles?
Eran magistraturas sin imperium (cum potestas), ORDINARIA, PERMANENTE, MENOR. Tipos:
1. Curul. Elegidos por comicios.
2. Edil plebis. Elegidos en la asamblea de la Plebe (concilia). Custodiaba templos de la Plebe.
¿Qué funciones tenían los ediles?
- Cura urbis. Vigilancia, cuidado, y policía de la ciudad.
- Cura annomae. Abastecimiento de mercado y control de precios.
- Cura ludorum. Organización de festejos y juegos públicos.
- Coercitio. Imponer multas y decretar embargos.
- IUS EDICENDI. Derecho a emanar edictos.
¿Quiénes eran los cuestores?
En principio, eran ayudantes de los cónsules. Había 4, 2 para cada cónsul. Era una magistratura ORDINARIA, MENOR, PERMANENTE, cum potestas, NO CURUL.