Documentos otorgados en USA y en el extranjero Flashcards
Cuando usted, Notario de PR, intenta que un documento otorgado ante usted sea utilizado en el extranjero, tiene que adherirle a ese documento una certificación del ____________ ___ ___________, al efecto de que usted es un Notario registrado aquí y esa es su firma
Secretario de Estado
En cuanto a documentos otorgados en el extranjero son de aplicación el Art. 38 de la Ley y la Convención de la Haya del 5 de octubre de 1961, ratificada por los EE UU y aplicable a PR a virtud de la Cláusula de Supremacía.
La Convención requiere de cada país que designe ciertos oficiales públicos que podrán fijar una certificación conocida como “apostilla” certificando que el documento fue firmado por un individuo en su capacidad oficial y que el sello que lleva es genuino.
Todos los documentos notariales otorgados fuera de PR tienen que ser protocolizados para que tengan eficacia de documento público en Puerto Rico.
Tales documentos deberán estar legitimados (firmados) por autoridad competente, como condición para ser protocolizados en Puerto Rico.
A. Deben ser legalizados (certificados)
Los documentos legitimados (firmados) por autoridad competente distinta de la que se expone en la Regla 38 (B)
Si provienen de estados, territorios o posesiones de Estados Unidos, la legalización deberá ser hecha por el funcionario autorizado.
Deberá ser presentada evidencia de la autoridad del funcionario ante quien fueron otorgados, o la certificación expedida por autoridad competente, de la que surja que el funcionario está autorizado a actuar como tal.
Si los documentos provienen de países acogidos al Tratado Internacional de La Haya (1961)
la legalización será la apostilla que dicho tratado dispone.
Si el documento proviene de países no acogidos al Tratado de la Haya, deberá estar legalizado por la autoridad consular correspondiente de EE UU.
Si el país no tiene relaciones diplomáticas con USA, el documento puede ser legalizado por el funcionario que por autoridad de USA haya sido designado para ello.
No requieren legalización: los documentos otorgados ante funcionarios de ___________ ___________ investidos de autoridad notarial como cónsules, funcionarios militares y otros.
Estados Unidos
Por tanto, el documento otorgado ante un funcionario de E.U. investido con autoridad notarial no requiere ___________ para ser protocolizado válidamente en Puerto Rico, tal como el Reglamento Notarial requiere.
legalización
Legitimación: significa que la _____ en el documento fue puesta ante Notario o funcionario con autoridad.
firma
Legalización: significa que determinado funcionario _______ que la persona que hizo la legitimación está en funciones y autorizada para ello.
certifica
Para que tenga eficacia de un instrumento público todo documento notarial otorgado fuera de Puerto Rico deberá ser ___________ __________, siendo obligación del notario cancelar los mismos derechos arancelarios, como si hubiera sido otorgado originalmente en Puerto Rico.
previamente protocolizado
Cómo se protocoliza un documento? EL notario otorga un acta de protocolización donde transcribe literalmente el documento otorgado en el extranjero y lo ingresa en su protocolo, incluyendo
la certificación sobre la autenticidad de la firma y la capacidad del notario que autorizó el documento.
Un notario de PR no puede protocolizar en PR un poder otorgado por el mismo en el estado de Florida, actuando como notario de esa jurisdicción.
O sea, le notario no puede ratificar en PR la legalidad del documento que el mismo notarizó en otra jurisdicción. Es un obvio conflicto de intereses.
Regla 40: Acta de Protocolización
- En el acta de protocolización el Notario hará constar la entrega del documento por el requirente, e identificará adecuadamente el mismo. En caso de que el documento contenga firmas, y éstas o alguna de ellas no aparezcan en original, así lo hará constar.
- Cuando la protocolización obedezca a providencia judicial, deberá ser incorporada esta así como cualquier otro documento que la misma requiera.