Incumplimiento Flashcards
¿Cuáles son las concepciones de cumplimiento para la doctrina clásica?
- Voluntario por naturaleza
- Voluntario por equivalencia
- Forzado por naturaleza
- Forzado por equivalencia
Según la doctrina clásica, ¿En qué consiste el cumplimiento voluntario por naturaleza?
Deudor ejecuta la prestación sin necesidad que el acreedor ejerza acciones, y lo denominan en naturaleza porque se cumple en los términos pactados.
Según la doctrina clásica, ¿En qué consiste el cumplimiento voluntario por equivalencia?
Supone que el deudor cumple, pero no de la forma que estaba prevista, sino que de una manera que representa dicha obligación. Ej: dación en pago.
Según la doctrina clásica, ¿En qué consiste el cumplimiento forzado por naturaleza?
Deudor no cumplió́ voluntariamente, por lo cual el acreedor deberá ejercer una acción judicial para que cumpla en los términos previstos.
Actualmente: pretensión de cumplimiento o cumplimiento específico (menos énfasis en lo procesal)
Según la doctrina clásica, ¿En qué consiste el cumplimiento forzado por equivalencia?
Consideran que el pago de una indemnización de perjuicios al acreedor se traduce en una suma de dinero que equivale a la obligación.
Actualmente: opinión E.Barros obligación de segundo grado, distinta.
¿Qué es el incumplimiento para la doctrina clásica?
La mirada está muy enfocada en el deudor y el incumplimiento era verdaderamente relevante, cuando este era reprochable, es decir, cuando fue cometido con dolo o culpa.
¿Cuál es la finalidad de las acciones frente al incumplimiento para la doctrina clásica?
Idea de que las acciones tenían por finalidad sancionar al deudor, castigarlo por no haber cumplido con la palabra empeñada.
¿Qué es el incumplimiento para el derecho contemporáneo?
Es el presupuesto de todos los derechos o remedios que tiene el acreedor contra el deudor.
Para el derecho contemporáneo, ¿Cómo debe ser el incumplimiento?
Incumplimiento debe ser aséptico y neutro, no se miran las razones por la cual el deudor no cumplió, no se considera que el único incumplimiento relevante es el incumplimiento reprochable.
¿Dónde se encuentra regulado el incumplimiento en el CC?
Art. 1556 CC
¿Cuáles son la modalidades de incumplimiento?
- Incumplimiento absoluto
- Cumplimiento imperfecto
- Cumplimiento retardado
¿Qué es el incumplimiento absoluto?
Comprende los casos en que el deudor no ejecutó de forma total la prestación, pero también cuando se incumplen deberes secundarios de conducta (ej. Conservación de una especie) y cuando no se satisface en absoluto el interés del acreedor, aunque se haya cumplido.
¿Qué es la incumplimiento imperfecto?
Doctrina clásica lo asociaba al cumplimiento parcial, en cambio incluye otros tipos de cumplimiento, como aquel que no satisface íntegramente el interés del acreedor.
¿Qué es el cumplimiento retardado?
Doctrina clásica lo asociaba con la mora del deudor, en circunstancias que ese es solo un efecto del retardo en el cumplimiento (también podría hacer exigibles garantías y cauciones).
¿Cuáles son los remedios frente al incumplimiento que considera la doctrina moderna?
- Pretensión de cumplimiento o cumplimiento especifico;
- Indemnización de perjuicios, remedio indemnizatorio;
- Resolución por inejecución, remedio resolutorio;
- Excepción de contrato no cumplido o la suspensión del propio cumplimiento – Art. 1552;
- Rebaja proporcional del precio.
¿Cuáles son las diferentes concepciones que hay sobre la pretensión de incumplimiento?
- Doctrina clásica
- Doctrina continental
- Doctrina anglosajón
¿Qué es la pretensión de incumplimiento para la doctrina clásica?
Es aquella que hace énfasis en lo procesal (juicio ejecutivo de obligaciones de dar, hacer y no hacer)
¿Qué es la pretensión de incumplimiento para la doctrina continental?
Debía primar esta acción, en virtud del principio de fuerza obligatoria del contrato.
¿Qué es la pretensión de incumplimiento para la doctrina anglosajón?
Visión práctica. El common law no fue influenciado por el derecho canónico, la mentalidad anglosajona no se fija tanto en la palabra empeñada, optan por la indemnización.
¿Qué caracteriza actualmente a la pretensión de incumplimiento en Chile?
Que no requiere imputabilidad del deudor
¿Qué rama del derecho regula de mejor manera la pretensión de incumplimiento?
El derecho de consumo, permitiendo la reparación de la cosa o la sustitución por otra del mismo género.
¿Dónde se encuentran reguladas las ejecuciones de las obligaciones de dar, hacer y no hacer?
- Ejecución de obligaciones de dar: Art. 434 y ss del CPC.
- Ejecución de obligaciones de hacer: Art. 1553 CC
- Ejecución de obligaciones de no hacer: Art. 1555 CC
¿Qué es la indemnización de perjuicios?
Suma de dinero que el acreedor tiene derecho a exigir al deudor cuando éste no ha cumplido con su obligación, o bien, ha retardado su cumplimiento, y que equivale al beneficio que al acreedor le hubiera reportado el cumplimiento íntegro, exacto y oportuno de la obligación.
¿Qué diferencia a la indemnización de perjuicios respecto de todos los demás remedios contractuales?
Debido a que es el único que exige imputabilidad
¿Cuáles son las clases de indemnización de perjuicios?
- Indemnización compensatoria
- Indemnización moratoria
¿Qué es la indemnización compensatoria?
Es aquella que procede en caso de incumplimiento absoluto o cumplimiento imperfecto.
¿Qué es la indemnización moratoria?
Es aquella que procede en caso de cumplimiento tardío.
¿Cuáles son algunas notas importantes respecto de la acumulación de la indemnización?
- La indemnización compensatoria no puede acumularse al cumplimiento, solo respecto de ciertas excepciones.
- La indemnización moratoria sí puede acumularse al cumplimiento
- La indemnización compensatoria sí puede acumulare a la indemnización moratoria
¿Por qué la indemnización compensatoria no puede acumularse al cumplimiento?
Porque implicaría un doble pago, ya que ambas sustituyen el objeto de la obligación.
¿Cuándo excepcionalmente se puede acumular la indemnización compensatoria al cumplimiento?
- Se estipula en la cláusula penal que el pago de la pena no extingue la obligación principal (Arts. 1543 y 1547 CC);
- Cuando se ha estipulado una pena contra el que deja de ejecutar la transacción; habrá lugar a la pena y se llevará a efecto la transacción en todas sus partes (Art.2463 CC)
¿Por qué la indemnización moratoria si puede acumularse al cumplimiento?
Porque reemplazan objetos distintos
¿Por qué la indemnización compensatoria sí puede acumulare a la indemnización moratoria?
Porque reemplazan objetos distintos
Refiérase a la autonomía de la acción indemnizatoria en las obligaciones de dar
Se puede analizar desde dos puntos de vista:
1. Doctrina clásica
2. Doctrina moderna
¿Qué nos dice la doctrina clásica respecto de la autonomía de la acción indemnizatoria?
- Legislador sólo autorizó la posibilidad de demandar perjuicios autónomamente en las obligaciones de hacer y de no hacer
- Si fuera autónoma se estaría transgrediendo el principio de intangibilidad de los contratos, (acreedor estaría modificando unilateralmente el contrato)
- Se sigue el tenor literal del art. 1489 CC
¿Qué nos dice la doctrina moderna respecto de la autonomía de la acción indemnizatoria?
- Que el legislador solo regule a la indemnización como remedio autónomo en las obligaciones de hacer y de no hacer no es justificación alguna para negarle el mismo carácter a la indemnización en obligaciones de dar
- De ciertas normas se puede desprender la autonomía (Art. 1537, 1814)
- Noción de remedios contractuales pone énfasis en el interés del acreedor.
- No está prohibida la renuncia al derecho a pedir el cumplimiento o la resolución.
¿Cuáles son los requisitos de la indemnización de perjuicios?
- Incumplimiento
- Imputabilidad del deudor
- Relación de causalidad
- Daño
- Constitución del deudor en mora
Refiérase al incumplimiento como requisito de la indemnización de perjuicios
Se verifica en tres casos:
1. Incumplimiento absoluto
2. Cumplimiento imperfecto
3. Cumplimiento tardío
¿A qué apunta la imputabilidad del deudor?
Juicio de reproche a la conducta del deudor, a título de culpa o dolo.
¿Qué es el dolo?
Toda maquinación fraudulenta ejecutada por el deudor destinada a eludir el cumplimiento de su obligación en beneficio suyo y en perjuicio de su acreedor.
¿Qué es la culpa?
Es la falta de diligencia o cuidado en el cumplimiento de una obligación.
¿Qué sistemas de responsabilidad existen? ¿En qué consisten?
- Sistema de responsabilidad subjetiva: Exigimos que el deudor se haya comportado de una forma que sea objeto de reproche.
- Sistema de responsabilidad estricta u objetiva: Aquellos que no exigen culpa ni dolo. Solo consideran el incumplimiento.
¿Cuáles son los diferentes tipos de culpa? ¿Dónde se encuentran regulados?
Art. 44 CC
- Culpa grave o lata
- Culpa leve
- Culpa levísima
¿Qué es la culpa grave o culpa lata?
Es la falta de la diligencia o cuidado que aun las personas negligentes y de poca prudencia emplean en sus propios negocios.
¿Por qué se dice que la culpa grave se equipara al dolo?
Al deudor se le exige el mínimo grado de diligencia. Por ello, se equipara al dolo en materias civiles
¿Qué es la culpa leve?
Es la falta de la diligencia o cuidado que los hombres emplean ordinariamente en sus negocios propios.
¿Qué es la culpa levísima?
Es la falta de la esmerada diligencia que los hombres juiciosos emplean la administración de sus negocios importantes.
¿Qué tipo de diligencia se le exige al deudor en la culpa grave?
Al deudor se le exige el mínimo grado de diligencia. Por ello, se equipara al dolo.
¿Qué tipo de diligencia se le exige al deudor en la culpa leve?
Al deudor se le exige una diligencia mediana
¿Qué tipo de diligencia se le exige al deudor en la culpa levísima?
Al deudor se le exige un máximo de diligencia, una diligencia esmerada, ejemplar.