Contratos I. Concepto y nociones generales Flashcards
Fuentes de las obligaciones. Concepto.
Son hechos o actos jurídicos a los cuales la ley le atribuye la virtud de hacer nacer una obligación.
Fuentes de las obligaciones. Regulación. Referencia normativa.
Art. 1437 y Art. 2284 CC
¿Cuáles son las fuentes de las obligaciones?
Contrato
Cuasicontrato
Delito
Cuasidelito
Ley
Contrato. Concepto.
Es una convención generadora de obligaciones.
Cuasicontrato. Concepto.
Es un hecho voluntario, lícito y no convencional que genera obligaciones.
Sin tener la intención de producir efectos jurídicos, los produce de todas maneras.
Ejemplo de cuasicontrato
- Agencia oficiosa
- Pago de lo no debido
- Comunidad
Delito como fuente de las obligaciones. Concepto.
Es un hecho voluntario e ilícito, que cometido con dolo, produce daño.
¿Qué obligación hace nacer un delito civil?
Hacer nacer la obligación de indemnizar
Cuasidelito como fuente de las obligaciones. Concepto.
Es un hecho voluntario e ilícito, que cometido con culpa, produce daño.
¿Qué tipo de reparación opera para un ilícito civil?
Hay que distinguir:
1. Si es en sede contractual
2. Si es en sede extracontractual
En sede contractual, ¿Qué tipo de reparación opera para un ilícito civil?
Previsibilidad del daño, y se agrava si fue cometido con dolo
En sede extracontractual, ¿Qué tipo de reparación opera para un ilícito civil?
Reparación integral del daño
Ley como fuente de las obligaciones. Concepto.
Opera en todos aquellos casos en que la obligación nace de la sola disposición, sin que se requiere de un hecho del deudor, por ejemplo, la obligación de alimentos.
Ejemplo de obligaciones que tiene como su fuente la ley
- La obligación de alimentos
- Las obligaciones tributarias (pago de impuestos, contribuciones)
¿Qué es un acto jurídico bilateral?
También conocido como convención Es un acuerdo de voluntades entre dos partes que crea, modifica o extingue derechos personales y obligaciones.
¿Cuál es la diferencia entre una convención y un contrato?
Existe una relación género-especie, la convención es el género y el contrato la especie.
Un contrato es una convención que solo crea derechos personales y obligaciones correlativas.
¿Cuál es el concepto legal de contrato? ¿Dónde se encuentra regulado?
Art. 1438 CC
Contrato o convención es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa. Cada parte puede ser una o muchas personas.
¿Cuál es la crítica a que se hace al concepto legal de contrato?
- Confunde el género con la especie al hablar de contrato o convención.
- Es imprecisa al utilizar la palabra “acto”, que generalmente el Código reserva para referirse a los actos jurídicos unilaterales.
- Más que definir al contrato está definiendo a la prestación.
¿Cuál son las respuestas que se dan a las críticas al concepto legal de contrato?
- Intención del legislador fue hacer sinónimas ambas expresiones (convención y contrato) y terminar con el distingo tradicional, tal como hizo en otros artículos (Art. 1437 CC, Art.1587 CC, Art. 2284 CC).
Esto es porque el contrato es la convención más importante. - Respecto del uso de la palabra acto. Es una exageración, ya que en varios artículos se habla de acto para referirse tanto a bilaterales como unilaterales (ej. Art.10, 11, 2467, 2468 CC).
¿Cuáles son los elementos del contrato? ¿Dónde están regulados?
Art. 1444 CC
- Elementos de la esencia
- Elementos de la naturaleza
- Elementos accidentales
Elementos de la esencia. Concepto.
Son aquellos sin los cuales, el acto jurídico no produce efecto alguno o degenera en otro acto diferente al inicialmente propuesto.
Son de orden público.
¿Cómo se clasifican los elementos de la esencia?
- Elementos de la esencia generales
- Elementos de la esencia particulares
¿Qué son los elementos de la esencia generales? Ejemplos.
Son aquellos sin los cuales el acto jurídico no produce efecto alguno.
Se asocian con los requisitos de existencia de los actos jurídicos (la voluntad, el objeto, la causa).
Ejemplo: plazo y condición en contrato de promesa.