SU Flashcards
ESTATUTOS DE CENTROS
LEY 6/1995 DE GARANTIAS DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA de la CAM
Establece la necesidad de elaborar un Estatuto de centros residenciales en el que se defina el tipo de centros.
El DECRETO 88/1998 DE ESTATUTO DE RESIDENCIAS DE AT A LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA
Por el que se aprueba el estatuto de residencias de atención a la infancia y adolescencia para regular organización y funcionamiento de las residencias de la Red pública de protección.
1. Centros de protección
2. Funciones generales de las residencias
-educación de los niños
- integración sociofamiliar
- cuidado y promoción de la salud
3. Proyecto de apoyo familiar
La L.O. 8/2015 de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia
por la que se regulan los ingresos e intervenciones de menores con problemas de conducta en centros de protección específicos.
La L.O. 8/2015 de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia
TIPOS DE ACOGIMIENTO RESIDENCIAL: Medida descartada para menores de 6 años
-Centros de primera acogida: ICE (0-14 años) y HORATLEZA (15-18)
- Residencias de 1ª infancia (0-6)
- Residencia infantil (3-18) para mínima estancia/retorno familiar
- Hogares (3-18) mayor estancia/dificultad de retorno familiar
- Pisos de adolescentes (12-18) Autonomía
- Residencias especializadas/terapéuticas
La LEY 26/2015 de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia
Establece la normativa básica del acogimiento residencial y la obligación de la Admón. para preparar a los jóvenes tutelados para la vida independiente.
La LEY 26/2015 de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia
RECURSOS DE PROTECCIÓN A LA INFANCIA
- CAM: CAEF.- CENTROS DE APOYO Y ENCUENTRO FAMILIAR
Son de 2º nivel, SS especializados
Pertenecen a la Consejeria de Familia, igualdad y natalidad - AYUNTAMIENTO: CAF.- CENTROS DE APOYO A LAS FAMILIAS
En su propio medio, primer nivel
CAI.- CENTROS DE ATENCION A LA INFANCIA
Son de 2º nivel, SS especializados
La L.O. 8/2021 de PROTECCION INTEGRAL A LA INF Y ADOLESC FRENTE A LA VIOLENCIA
Establece la obligatoriedad de los centros de protección de aplicar Protocolos de actuación, la supervisión por parte del Ministerio Fiscal de los centros de protección de menores y la obligación de acreditar el requisito de no haber cometido delitos contra la libertad sexual a todos los trabajadores del sector público, privado y voluntarios.
LEY 4/2023, 22 marzo, DE DERECHOS, GARANTIAS Y PROTECCION INTEGRAL DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA DE LA CAM
Entrada en vigor: a los 20 días de su publicación en el BOCM
PREAMBULO y (109 artículos)
LEY 4/2023, 22 marzo, DE DERECHOS, GARANTIAS Y PROTECCION INTEGRAL DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA DE LA CAM
ESTRUCTURA
T. PRELIMINAR
T. I. DERECHOS Y DEBERES DE LOS NIÑOS, PROTECCION INTEGRAL FRENTE A LA VIOLENCIA Y PROMOCION DEL BUEN TRATO
CAP.I. DERECHOS DE LOS NIÑOS
CAP. II. PROTECCION INTEGRAL DE LA INF Y ADOLESC FRENTE A LA VIOLENCIA
CAP. III. PROTECCION DE LA INF Y ADOLES RESPECTOA DETERM ACTIVIDADES, PRODUCTOS Y SERVICIOS
CAP. IV. DEBERES DE LOS NIÑOS
T.II. SISTEMA COMPETENCIAL, ORGANIZACION INSTITUCIONAL, PLANIFICACION Y PROMOCION DE LA INICIATIVA SOCIAL.
CAP.I. De las distribuc de competencias y atribuciones de la CAM
CAP.II. Organiz institucional para la protecc de la inf y adolesc
CAP.III. De la gestion del conocim e invetigacion
CAP.IV. De la planificacion
PLAN DE INFANCIA DE LA CAM
CAP.V. De la promocion de la iniciativa social para la protecc de la inf y adolesc
CAP.VI. De los registros
Registros de medidas de proteccion de la CAM
Registros de Familias Acogedoras y Adoptantes de la CAM
LEY 4/2023, 22 marzo, DE DERECHOS, GARANTIAS Y PROTECCION INTEGRAL DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA DE LA CAM
ESTRUCTURA 2
T.II. SISTEMA COMPETENCIAL, ORGANIZACION INSTITUCIONAL, PLANIFICACION Y PROMOCION DE LA INICIATIVA SOCIAL.
CAP.I. De las distribuc de competencias y atribuciones de la CAM
CAP.II. Organiz institucional para la protecc de la inf y adolesc
CAP.III. De la gestion del conocim e invetigacion
CAP.IV. De la planificacion
PLAN DE INFANCIA DE LA CAM
CAP.V. De la promocion de la iniciativa social para la protecc de la inf y adolesc
CAP.VI. De los registros
Registros de medidas de protección de la CAM
Registros de Familias Acogedoras y Adoptantes de la CAM
LEY 4/2023, 22 marzo, DE DERECHOS, GARANTIAS Y PROTECCION INTEGRAL DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA DE LA CAM
ESTRUCTURA 3
T. III. DEL SISTEMA DE PROTECC A LA INF Y ADOLESCENCIA
CAP.I. Del concepto y de los ppios del sist de protecc de la inf y adolesc.
CAP.II. De las actuaciones de prevencion
CAP.III. Del riesgo
CAP.IV. La GUARDA ADMINISTRATIVA
CAP.V. Del desamparo
CAP. VI. El Acogimiento
CAP. VII. La Adopcion
CAP. VIII. Apoyo a la salida del Sist de proteccion
CAP. IX. Niños protegidos con problemas de conducta
CAP.X. Niños menores de 14 años en conflicto con la Ley
CAP. XI. Niños victimas de delitos
TIT. IV. DEL REGIMEN SANCIONADOR (5 CAPITULOS)
4 DISPOSICIONES ADICIONALES
2 DISPOSICIONES TRANSITORIAS
1 DISPOSICION DEROGATORIA UNICA
Quedan derogadas la LEY 6/1996 de Garantias de los Derechos de la Inf y Adoles, y La LEY 18/1999 reguladora de los Consejos de At a la Inf y Adolesc de la CAM.
LEY 4/2023, 22 marzo, DE DERECHOS, GARANTIAS Y PROTECCION INTEGRAL DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA DE LA CAM
4 DISPOSICIONES ADICIONALES
- SE suprime la Comision de Tutela del Menor por la Comision de Proteccion a la Inf y Adolescencia. (seguirá en vigor aun hasta desarrollo reglamentario)
- Se suprimen los Consejos De Atencion a la Inf y Adoles por los Consejos de Derechos de la Infancia y la Adolescancia. (seguirá en vigor aun hasta desarrollo reglamentario)
- Dotación presupuestaria plurianual en la Consejería competente.
10 DISPOSICIONES FINALES
LEY 4/2023, 22 marzo, DE DERECHOS, GARANTIAS Y PROTECCION INTEGRAL DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA DE LA CAM
PPIOS RECTORES
-Interés superior del menor
-Garantía del derecho de los niños a ser oídos y escuchados
-Reconocimiento del derecho de los niños a participar activa y directamente en las decisiones publicas que influyan en sus vidas
-Derecho del niño a vivir en familia, priorizar permanencia en familia de origen, prestando apoyos y acompañamiento necesario, y menores No ACOMPAÑADOS facilitar su regreso a familia de origen. Priorizar medidas familiares frente a residenciales, permanentes frente a temporales y consensuadas frente a impuestas.
-Eficacia y agilidad en toma de decisiones que afecten a los niños, cuenta el efecto del paso del tiempo para ellos, Principios de Economía procedimental y Transparencia.
-Sensibilización, prevención, detección, comunicación, asistencia y protección frente a cualquier tipo de violencia, actuaciones de carácter preventivo, promoción del buen trato y entornos seguros.
-Igualdad de trato, No discriminación y Equidad, todos los niños igualdad de oportunidades con independencia de sexo, raza, religión…
-Planificación de la intervención por parte de las Admones Publicas
-Aplicación de los ppios: necesidad
Idoneidad
Proporcionalidad
Mínima intervención
-Prioridad presupuestaria en relación a promoción y protección de derechos de los niños.
LEY 12/2022, 21diciembre, DE SERVICIOS SOCIALES DE LA CAM
OBJETIVO
configurar el marco juridico de los S.S.
LEY 12/2022, 21diciembre, DE SERVICIOS SOCIALES DE LA CAM
ESTRUCTURA 1
La presente ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el BOCM.
PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR.
OBJETIVO: configurar el marco juridico de los S.S.
1. promover y garantizar el ejercicio de los derechos subjetivos (acceso a las prestaciones en condiciones de igualdad, de carácter universal, para la promocion de la autonomia personal, convivencia familiar, inclusion social, desarrollo comunitario y calidad de vida de las personas en todas sus etapas).
2. regular y ordenar el conjunto de prestaciones del sistema publico de S.S.
3. desarrollar instrumentos y medidas, calidad y eficiencia en el uso de los recursos, prevención, atención, protección y reparación del daño.
APLICACION: SS de las Administraciones publicas, SS prestados por entidades privadas colaboradoras
LEY 12/2022, 21diciembre, DE SERVICIOS SOCIALES DE LA CAM
ESTRUCTURA 2
La presente ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el BOCM.
TÍTULO I. El Sistema Público de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.
CAPÍTULO I. Concepto, contenido y principios rectores.
CAPÍTULO II. Competencias de las Administraciones públicas.
CAPÍTULO III. Organización funcional.
CAPÍTULO IV. Organización territorial.
TÍTULO II. Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales.
CAPÍTULO I. Naturaleza, clases y garantía jurídica de las prestaciones.
CAPÍTULO II. Catálogo de Prestaciones de Servicios Sociales.
LEY 12/2022, 21diciembre, DE SERVICIOS SOCIALES DE LA CAM
ESTRUCTURA 3
TÍTULO III. Profesionales, sistemas de información, registros e instrumentos técnicos en el ámbito de los servicios sociales.
CAPÍTULO I. Profesionales de los servicios sociales.
CAPÍTULO II. Sistema de información y registros.
CAPÍTULO III. Instrumentos técnicos de los servicios sociales.
TÍTULO IV. Planificación de los servicios sociales, ordenación y participación.
CAPÍTULO I. Planificación de los servicios sociales.
CAPÍTULO II. Centros y servicios de atención social.
CAPÍTULO III. Ordenación de la actividad de los centros y servicios de atención social.
CAPÍTULO IV. Participación.
TÍTULO V. Provisión de los servicios sociales.
CAPÍTULO I. Formas de provisión.
CAPÍTULO II. Concierto social.
LEY 12/2022, 21diciembre, DE SERVICIOS SOCIALES DE LA CAM
ESTRUCTURA 4
TÍTULO VI. Calidad, transparencia, inspección y formación.
CAPÍTULO I. Calidad, evaluación y transparencia de los servicios sociales.
CAPÍTULO II. Función inspectora.
CAPÍTULO III. Innovación y formación en servicios sociales.
TÍTULO VII. Financiación del Sistema Público de Servicios Sociales.
TÍTULO VIII. Régimen sancionador.
CAPÍTULO I. Infracciones.
CAPÍTULO II. Sanciones.
CAPÍTULO III. Procedimiento Sancionador.
LEY 12/2022, 21diciembre, DE SERVICIOS SOCIALES DE LA CAM
ESTRUCTURA 5
Disposiciones adicionales.
Disposiciones transitorias.
Disposición derogatoria.
Quedan derogadas la Ley 11/2002, de 18 de diciembre, de Ordenación de la Actividad de los Centros y Servicios de Acción Social y de Mejora de la Calidad en la Prestación de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, y la Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.
Disposiciones finales.
La presente ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el BOCM.
LEY 12/2022, 21diciembre, DE SERVICIOS SOCIALES DE LA CAM
CONCEPTOS DE LA LEY
SISTEMA PUBLICO DE SERVICIOS SOCIALES:
SISTEMA PUBLICO DE SERVICIOS SOCIALES:
Servicio público de carácter universal consistente en una RED de recursos, programas, prestaciones y equipamientos de atención social ejercidos por la Admon autonómica y local, cuya función principal es asegurar a las personas el derecho a vivir dignamente.
Ppios: - universalidad - no discriminación
- igualdad - equidad
- singularidad - solidaridad
LEY 12/2022, 21diciembre, DE SERVICIOS SOCIALES DE LA CAM
CONCEPTOS DE LA LEY
TITULARES DEL DERECHO DE ACCESO A LAS PRESTACIONES:
TITULARES DEL DERECHO DE ACCESO A LAS PRESTACIONES:
- Personas con vecindad administrativa en la CAM
- Españoles en el extranjero y sus familiares cuya última vecindad fuese Madrid
- Personas refugiadas en Madrid
- Menores de edad
- Personas en situación de urgencia social o emergencia social.
LEY 12/2022, 21diciembre, DE SERVICIOS SOCIALES DE LA CAM
CONCEPTOS DE LA LEY
COMPETENCIAS DE LA ADMINISTRACION DE LA CAM Y ENTIDADES LOCALES:
COMPETENCIAS DE LA ADMINISTRACION DE LA CAM Y ENTIDADES LOCALES:
- Diseño de criterios y modelos de intervención para:
Servicos de atención social PRIMARIA
Sercicios de atención social ESPECIALIZADA
- Financiación de la RED básica de S.S.
- Elaboración y aprobación del PLAN DIRECTOR DE S.S.
- Elaboración y aplicación del CATALOGO DE PRESTACIONES Y CARTERA DE SERVICIOS
- Elaboración y aprobación del MAPA DE SERVICIOS SOCIALES
- Elaboración de los instrumentos comunes, la HISTORIA SOCIAL UNICA Y la TARJETA SOCIAL.
- Planificación y atención de situaciones de EMERGENCIA SOCIAL (accidentes, estratos, catástrofes o pandemias graves daños para la población) y de URGENCIA SOCIAL (situación excepcional o extraordinaria, de agravamiento, con incidencia en condiciones de vulnerabilidad).
- Asegurar la suficiencia financiera, técnica y de recursos humanos.
- Apoyo a las entidades del Tercer Sector.
LEY 12/2022, 21diciembre, DE SERVICIOS SOCIALES DE LA CAM
CONCEPTOS DE LA LEY
CATALOGO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS SOCIALES:
CATALOGO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS SOCIALES: Instrumento mediante el que se determina el conjunto de prestaciones del Sistema público de S.S. Estándares comunes de realización y garantía de homogeneidad para todos los usuarios. Carácter universal y accesibles. Se pueden combinar.
Por su naturaleza: - GARANTIZADAS: RMI, MEDIACION FAMILIAR, ATENCION TEMPRANA,
ACOMPAÑAMIENTO PERSONAS DISCAPACIDAD, PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR, SITUACIONES DE EMERGENCIA O URGENCIA SOCIAL, COMPENSACION ECONOMICA A FAMILIAS ACOGEDORAS DE MENOR, PAGO UNICO A MUJERES VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO.
- CONDICIONADAS: sujetas para su concesión a la disponibilidad de recursos y a los criterios de prioridad en la asignación (presupuestos grales de la CAM). ALOJAMIENTO ALTERNATIVO, ATENCION AMBULATORIA, ATENCION RESIDENCIAL.
Por su contenido: - DE SERVICIO: actuaciones profesionales de carácter temporal o permanente orientadas a la prevención, rehabilitación social, habilitación funcional, diagnóstico y at y apoyo a necesidad social. GRATUITAS ó CON APORTACION DEL USUARIO.
- ECONOMICAS: dinerarias de pago único o carácter periódico.
Evaluación de resultados cada 4 años, actualización anual de datos y publicación en el Portal de Transparencia de la CAM.
LEY 12/2022, 21diciembre, DE SERVICIOS SOCIALES DE LA CAM
CONCEPTOS DE LA LEY
CARTERA DE SERVICIOS DE LA CAM:
CARTERA DE SERVICIOS DE LA CAM: Vinculado al Catálogo de Prestaciones regula el contenido y alcance de las prestaciones. Características, modalidades y objetivos de los servicios. Definición, objetivos e importe de las prestaciones. La consejería de SS la aprueba.