Parte 122: DIPr autónomo VII Flashcards
Que dimensiones son esas?
Una es que no se haya producido la vulneración de competencias exclusivas españolas, en segundo lugar que el criterio de competencia del tribunal que ha conocido no sea un criterio de competencia exorbitante y la tercera es que el foro no hubiera sido buscado para perjudicar los derechos de defensa del demandado. Esto ahora estaría en la letra b cuando habla que no se reconocerán las sentencias extranjeras cuando se vulneren los derechos de defensa de las partes.
Cual es el orden publico procesal?
El orden publico procesal es el que desde una perspectiva practica tiene mas interés pero el orden publico sustancial implica que no se puede reconocer en España una sentencia que en su contenido vulnera principios esenciales de nuestro ordenamiento que en principio son los valores constitucionales. Cualquier decisión que tenga que ver con la discriminación por razón de sexo, religión, raza… estaría completamente excluida del reconocimiento.
A que debe adecuarse el orden publico sustancial?
Este orden publico sustancial debe adecuarse a lo que se esta pidiendo. Lo que debe ser contrario al orden publico no es la sentencia en abstracto sino el reconocimiento en España de la sentencia en extranjera.
Que pasa con una sentencia de repudio?
Una sentencia de repudio puede ser reconocida si el que pide el reconocimiento es el repudiado porque no discrimina en este caso.
Cual es la clave?
La clave es que el reconocimiento sea contrario al orden publico y por eso no solo hay que ver la decisión sino las circunstancias en las que se pide el reconocimiento. Si se pide el reconocimiento de una pensión compensatoria de una persona que esta casada aunque no se ha disuelto el matrimonio anterior. El origen puede serlo porque tiene origen en un segundo matrimonio sin que se haya disuelto el anterior, pero como solo se esta hablando de la pensión compensatoria, eso solo no es discriminatorio.
Para que hay margen?
Las cosas no son sencillas y hay un margen muy amplio para la argumentación.