Parte 79: Foros de protección II Flashcards
Que puede hacer el consumidor?
El consumidor puede demandar a la otra parte del contrato en el domicilio del demandado y también en el propio, en cambio la otra parte del contrato solo puede demandar en el domicilio del consumidor. Como hay una desigualdad inicial se ve compensada por una desigualdad procesal.
Por que va compensada la primera manifestación de la protección?
Esta primera manifestación de la protección va compensada por una segunda manifestación de la protección que es que seria muy fácil que en los contratos de consumo se incluyera una clausula por la que las partes previeran someterse a los tribunales que fueran pero en materia de foros de protección en contratos de consumo, las clausulas de elección de tribunal no tienen una eficacia plena sino que solamente son posibles determinadas clausulas que son las que prevé el articulo 19 del reglamento 1215/2012.
Cuando serán eficaces las clausulas de elección de tribunal?
Las clausulas de elección de tribunal solamente serán eficaces si entran en los supuestos del artículo 19 que son 3.
Cuales son estos tres supuestos?
. 1) posteriores al nacimiento del litigio;
. 2) que permitan al consumidor formular demandas ante órganos jurisdiccionales distintos de los indicados en la presente sección, o
. 3) que, habiéndose celebrado entre un consumidor y su cocontratante, ambos domiciliados o con residencia habitual en el mismo Estado miembro en el momento de la celebración del contrato, atribuyan competencia a los órganos jurisdiccionales de dicho Estado miembro, a no ser que la ley de este prohíba tales acuerdos.
Que permite el tercer supuesto?
El tercer supuesto permite excepcionalmente que cuando el consumidor y su cocontratante residen en un mismo domicilio se pueda acordar demandar en el mismo domicilio.
Que acuerdos de elección no están permitidos?
Los acuerdos de elección de tribunal que puedan perjudicar al consumidor no están permitidos en principio.