T.1 Parte 5: Liberalización del sector eléctrico I Flashcards
El servicio económico de interés general
El nuevo orden económico mundial que comenzó a desplegarse a partir de la década de 1970, y que se consolidó en los 80 y 90, dio lugar a un proceso de reorganización del Estado. Las ideas neoliberales promovían la liberalización de los servicios económicos esenciales, impactando fuertemente en la concepción del servicio público.
Como se caracteriza el estado prestador de servicios?
El Estado prestador de servicios, vigente en gran parte del siglo XX, que satisface de manera directa las necesidades básicas de las personas o de forma indirecta a través de la concesión administrativa, su principal instrumento administrativo, es caracterizado por la doctrina como un Estado de bienestar estático.
Por qué se sustituye este modelo de Estado?
Este modelo de Estado viene a ser sustituido por un «Estado dinámico de bienestar» (RODRÍGUEZ ARANA 2005 p. 376), que se caracteriza por promover el bienestar de los ciudadanos priorizando la función de Estado garante y protector de los derechos fundamentales, entre ellos, el acceso a los servicios públicos (OLIVARES 2014).
Qué concepto pierde fuerza?
En este marco de transformación del Estado, el concepto de servicio público pierde fuerza y validez y se posicionan otras categorías que representan mejor el nuevo rol esencial del Estado, como el servicio de interés general o el servicio de interés económico general. Este último utilizado para el caso de los servicios esenciales como la electricidad, agua o gas.
Qué debe señalarse sobre el servicio de interés general?
En este sentido, debe señalarse que el servicio de interés general involucra actividades que conllevan el ejercicio de poder público (defensa, justicia, etc.). Estos servicios, por su propia naturaleza, no pueden someterse al régimen de libre competencia y mercado.
Qué representa el servicio de interés económico?
En cambio, el servicio de interés económico general representa el ejercicio de actividades prestacionales esenciales que tienen un carácter económico; no representan el ejercicio de potestades públicas, pero, sin embargo, su suministro a los ciudadanos no puede faltar en determinadas condiciones de calidad y precio (MARTÍNEZ 1999).
Qué permite conciliar la idea de servicio de interés económico general?
La idea de servicio de interés económico general permite conciliar la exigencia de acceso de los ciudadanos al servicio universal, denominado obligación de servicio público, con las propuestas que promueven que la prestación de estos servicios se realice por privados en un régimen de competencia.
Qué permite esto a una parte de la doctrina?
Esto le permite a una parte importante de la doctrina expresar que la aparición del servicio de interés general —y su especialidad, el servicio de interés económico general— se ha producido en reemplazo de una institución esencial en el desarrollo del Estado del siglo XIX y gran parte del siglo XX: el servicio público.
A qué apunta otra parte de la doctrina?
En cambio, otra parte de la doctrina apunta a que se está operando una transformación del servicio público. Así, el servicio público se adapta a las nuevas corrientes neoliberales, para aceptar al mercado como alternativa viable para la gestión de algunos servicios esenciales para la sociedad, al amparo del nuevo Estado que, en el caso del servicio de electricidad, se expresa en la función de garante del funcionamiento adecuado de los servicios.
Qué debemos tener claro?
Independientemente de que se opte por una de estas dos posiciones dogmáticas, debemos tener claro que se ha producido una reestructuración de los servicios públicos de carácter económico, entre ellos, el eléctrico. Ello significa que el mercado ha sido incorporado por los diversos marcos jurídicos nacionales, dando lugar a un proceso de liberalización del sector eléctrico.