Generalidades - IGG Flashcards
¿Cómo analiza la Teoría de la Fuente si una ganancia está gravada o no? ¿Cuáles son las ganancias incluidas en la teoría de la fuente?
Tiene en cuenta 4 factores:
- Frecuencia: con respecto a si es frecuentemente de lo que vivís.
- Importancia relativa del giro del negocio.
- Propósito de lucro: si hay, es gravada.
- Potencialidad: si hay potencialidad de que la ganancia vuelva a ocurrir, está gravada.
Las ganancias son:
- Renta o ingreso habitual.
- Enajenación de bienes muebles amortizables: tributariamente, un bien es amortizable si está afectado a la obtención de la ganancia gravada (es decir, si se ve involucrado en la generación de la ganancia que se está gravando). Esta distinción se hace para las personas físicas y sucesiones indivisas, xq sobre las jurídicas se grava toda ganancia.
- Enajenación de títulos, bonos, acciones, cuotas, participaciones sociales, monedas digitales, etc.
- Enajenación de inmuebles, excepto que sea la vivienda y solo los adquiridos a partir del 1 de enero del 2018.
¿Prescriben las deudas?
No pero sí el derecho del fisco a reclamarlas.
Diferencia entre gravado, no gravado y exento. ¿Cómo me fijo si algo está gravado? Recordar artículo 2.
Algo gravado es cuando el objeto perfecciona el hecho imponible, contrario a lo no gravado. Por otro lado, algo exento es algo que está gravado pero la ley lo exime de pagar por algún motivo particular.
Para fijarme, lo primero que hay que analizar es si la ganancia pertenece a alguna de las categorías y, si no es así, si está dentro del artículo 2.
Este artículo dice que estarán gravadas las ganancias que provengan de:
- Una actividad que periódicamente dé renta y que no se extinga luego de la obtención de esa ganancia.
- Cualquiera que realice un sujeto que no sea persona humana o sucesión indivisa.
- Enajenación de bienes muebles amortizables.
- Enajenación de títulos financieros.
- Enajenación de inmuebles, excepto que sea la de vivienda.
¿Qué sujetos distingue el IGG?
Distingue entre personas físicas y sucesiones indivisas contra sujetos empresa o personas jurídicas. A las primeras les aplica la teoría de la fuente y a las segundas las teoría del balance.
¿Cuáles son los 6 hechos que perfeccionan el hecho imponible?
1) Objeto: es lo que grava el impuesto.
2) Sujeto: sobre quién se aplica el impuesto.
3) Aspecto Territorial: en dónde.
4) Aspecto Temporal: cuándo.
5) Cantidad de Objeto: la base imponible sobre la que se aplica el IGG.
6) Alícuota: lo que se debe pagar.
Una vez que se definen las 6, nace el impuesto automáticamente.
¿Cuál es la reacción natural a un impuesto y cómo se puede realizar?
La reacción natural es la traslación, es decir, el sujeto hace que otro/s paguen el impuesto, por ejemplo, aumentando el precio.
Se puede trasladar hacia adelante (aumentando precio), hacia atrás (pagando menos a proveedores) o de manera oblicua (manipulando otra actividad del mismo sujeto xq quizás no puede manipular la del impuesto mismo).
¿Cuáles son los principios tributarios del IGG?
Debe cumplir con 6 principios o sería inconstitucional:
- Legalidad: solo puede crearlo el poder legislativo.
- Igualdad: el impuesto trata como iguales a quienes tienen la misma capacidad contributiva.
- Equidad: reconocer un tratamiento diferencial para quienes ganan lo mismo (en la realidad eso choca con la igualdad).
- Proporcionalidad: el impuesto debe ser una proporción de tu capacidad contributiva (en línea con el ppio. de igualdad).
- No confiscatoriedad: el impuesto no puede impedirte disponer del bien.
- No retroactivo: los impuestos solo pueden modificarse hacia adelante.
¿Puede una empresa deducir gastos para pagar menos IGG?
Sí pero solo aquellos gastos que están relacionados con la obtención de la ganancia. La empresa debe demostrarle al fisco que ese gasto está relacionado con la obtención de la ganancia porque sino el fisco no lo tomará en cuenta y por lo tanto no la dejará deducirlos.
Explicar precios de transferencia y deslocalización de ganancias. ¿Qué dice la ley con respecto a esto?
Una empresa puede deslocalizar ganancias utilizando los precios de transferencia. El concepto es que utilizando estos precios, la empresa puede trasladar las ganancias al país que más le convenga (por tener un menor impuesto a las ganancias). Ex.: imaginemos un grupo económico que tiene su fábrica en Canadá (IGG = 20%), un galpón en Sudáfrica (IGG = 10%) y vende en Argentina (IGG = 35%); esta empresa querrá exportar de Canadá a Sudáfrica al costo (es decir, tener ganancia 0 en Canadá para no pagar el IGG), luego exportaría desde Sudáfrica a Argentina al valor de mercado en Argentina para declarar en Argentina que la ganancia también es 0 y no pagar IGG; de esta manera, todas las ganancias se trasladan a Sudáfrica, donde el IGG es el más bajo. Esto lo puede hacer porque son parte del mismo grupo económico, sino nadie querría facturarte por más plata o menos plata de lo que en realidad sale.
→ El fisco lo que hace es evaluar los verdaderos precios de mercado de ese producto: los de exportación y los de venta. De esta manera, utiliza esos precios para determinar la ganancia que tiene esa empresa, sin importarle el precio de transferencia que pueda estar utilizando.
¿Qué es el concepto de jurisdicción no cooperante o de nula/baja tributación?
Es un concepto que se utiliza para los paraísos fiscales. El fisco considera que cualquier operación que vincule un paraíso fiscal obliga al sujeto que la hace a presentar cada 3 meses un balance de precios de transferencia para justificar los montos de las facturas, estés vinculado o no con el sujeto con el que operás. Ex.: si soy un productor de manzanas argentino y le vendo a un supermercado en Paraguay (el fisco lo considera paraíso por tener un IGG muy bajo), debería presentar un balance cada 3 meses que justifique el precio de venta para que el fisco lo tome como válido y no asuma que estás vendiendo a un precio mucho más bajo para declarar menos ganancias en Argentina.
A las Pymes esto las perjudica mucho porque el balance puede ser muy caro, lo que hace que al final ni valga la pena operar y así evitarse el balance.
¿Cuándo dos empresas están vinculadas?
Cuando una es dueña del 50% o más de la otra o cuando hay influencia significativa (tener un % alto en relación al resto).
¿Cómo evalúa el fisco los precios de transferencia?
Utiliza un conjunto de 4 criterios:
→ Precios Comparables: a partir de otras operaciones realizadas por el mismo producto en otras partes.
→ Producto Similar. : ¿qué sería similar?. El fisco tiene que verlos como iguales para atar el precio local al de transferencia.
→ Costo del Producto.
→ Determinación de Utilidad (de la empresa): el fisco determina el % de rentabilidad de tu empresa en cada país.