TEMA 1.1: Concepto del derecho mercantil Flashcards
La finalidad del DM es
- correctora, supletoria y complementaria.
- Se tratan de normas aplicables en defecto de normas civiles aplicables y posee principios generales de orientación que se exteriorizan en todas las instituciones y actividades.
- El Derecho Mercantil como categoría histórica
concepto
- Se acomoda a las exigencias sociales y a la ordenación político-social, por lo cual se configura como categoría histórica, en un momento y en un lugar determinado.
- No obstante, ha existido una serie de constantes del Derecho mercantil porque es un derecho contractual, estatutario (profesional) e institucional
- El Derecho Mercantil como categoría histórica
→ Dualismo en el derecho patrimonial privado español:
El derecho en sentido objetivo es conjunto de reglas que regulan la conducta del Hombre en sociedad. Es objeto de una clasificación que se distingue entre público y privado, es la suma divisio. Los límites de esta clasificación no están tan claros, hay algunos que dicen que no debería existir. Sin embargo, pese a ello, hay mucha reflexión sobre esta clasificación.
FEDERICO DE CASTRO dice que:
una norma es de derecho PÚBLICO cuando
- está inspirada por el principio de comunidad
- atiende al interés general.
- si una de las partes está investida de poder / autoridad al momento de aplicarlo.
- Las normas de derecho público regulan relaciones verticales.
FEDERICO DE CASTRO dice que:
una norma es de derecho PRIVADO cuando
- está inspirada por el principio de personalidad.
- Pretenden que los individuos consigan sus fines.
- Regulan relaciones horizontales entre individuos en condiciones de igualdad (aunque haya el Estado como parte, no tiene más autoridad en este caso).
Que ha pasado con el derecho privado a lo largo del tiemo?
Dentro del derecho privado, a lo largo del tiempo, se han ido produciendo una serie de segregaciones que han dado lugar a distintas ramas o sectores del OJ (derecho hipotecario, notarial,etc). Esta autonomía de las ramas puede o no tener alcance legislativo, científico. La extinción más fuerte que se produce es la del derecho mercantil. El derecho civil se concibe como derecho privado común y general, dentro se incluye lo que no se incluyen en las otras ramas.
Como se comporta el DM frente al derecho civil?
El derecho mercantil tiene autonomía legislativa y científica en nuestro país, es una rama especial que ostenta autonomía frente al derecho civil. Sin embargo, esta autonomía frente al derecho civil no es un fenómeno universal sino que es contingente e histórico. Significa que el DM puede ser rama especial, separada y diferenciada del derecho civil según el momento de la historia y el país.
→ El DM como categoría histórica (Roma):
- Nos planteamos cuando se produjo esta separación Dm-DC
- Para entender esto, nos centramos en lo que pasó en Roma: nunca existió este DM como rama especial del derecho privado.
- Se explicaba por las especiales características de flexibilidad que tenía el derecho romano mediante los edictos del pretor
- El Derecho Mercantil como categoría histórica
→ Dualismo en el derecho patrimonial privado español:
→ El DM como categoría histórica (Roma):
→ Origen y evolución histórica del DM:
→ Francia en 1789, concepción objetiva:
- Evolución histórica del concepto de DM
→ Dualidad Derecho Civil - Derecho Mercantil en España y otros países:
→ Posiciones doctrinales sobre el concepto de DM
- Evolución del DM como derecho especial
Derecho económico ⇒
→ Descodificación
→ Recodificación (AP-L CM de 30 de mayo de 2014):
→ Mercantilización del Derecho Privado:
→ Nuevas concepciones en la tutela de intereses
→ Tendencia unificadora del DM (Unificación del D privado + Armonización a nivel internacional)
De la epoca de Roma donde no habia DM, que deducimos sobre el DM?
Deducimos de esto que para que el DM exista como rama autónoma es que el derecho vigente común no puede atender por sí solo a las necesidades, problemas y circunstancias que se plantean, no solo que haya actividad económica importante.
→ Origen histórica del DM:
- En la Italia bajomedieval, se produjeron las circunstancias que determinaron el nacimiento del DM como rama autónoma del derecho civil.
- En ese momento, había mercados medievales como espacios físicos de contratación.
- Esto determinó un cambio en el paradigma económico.
- Antes era un modelo feudal y señorial donde la base era la tierra, es lo que tenía valor económico.
- El derecho Justiniano vigente hasta este momento, regulaba los problemas que podían ocurrir con el territorio y los matrimonios.
Caracter del DM a su origen: ius mercatorum
- insuficiencia del derecho común que era el derecho justiniano lo que determinó el nacimiento del DM.
- Nació como derecho profesional
- significa el ‘derecho de los mercaderes’ (profesionales)
- por razón de su actividad profesional (=ratione mercaturae).
- El DM lo crean directamente los mercaderes y lo aplican a través de una jurisdicción consular (cónsul que resolvía los problemas)
cambio de paradigma, una revolución comercial pasando de una economía feudal a una economía:
- mobiliaria
- dineraria
- crediticia
Caracter del DM a su origen: consuetudinario
Es consuetudinario porque resuelve los problemas como se hacía en la costumbre; y el cónsul aplicaba la costumbre.
pasando de una economía feudal a una economía: 1. mobiliaria
valor económico de bienes muebles y no solo inmuebles con el trabajo de los artesanos, hablamos de la mercancías como objeto que tiene valor económica
pasando de una economía feudal a una economía: 2. dineraria
las ciudades tenían muchas competencias políticas y jurídicas. Cada una de ella acuñaba su propia moneda. El dinero empezó a cumplir dos funciones: medio de cambio / pago y unidad de medida. Antes era sistema de trueque
pasando de una economía feudal a una economía: 3. crediticia
el crédito por sí solo genera riqueza. El crédito es la posibilidad de aplazar el cumplimiento de una prestación. Con esto, estábamos ante una nueva economía que regulaba el derecho vigente de este momento.
DM = ius mercatorum + derecho consuetudinario»_space; derecho…
derecho estatutario y mercantilismo estatal
(Las ciudades que tenían mucha autonomía empezaron a crear normas mercantiles legislativas y por tanto el DM no era consuetudinario.)
derecho estatutario y mercantilismo estatal
- derecho estatutario (normas contenidas en los Estatutos u ordenanzas)
- mercantilismo estatal (intervención del Estado en el comercio de las colonias).
Evolucion DM Estado Liberal
- El Estado llegó a adquirir un protagonismo importante en el momento de las colonias de ultramar.
- Aparece una figura del DM que son las sociedades anónimas, nacen de la voluntad política y estatal de adquirir protagonismo para explotar.
-Se trata de un derecho racional y técnico. - Muchos de los viejos usos y costumbres de los mercaderes se van convirtiendo en normas jurídicas.
→ Francia en 1789, concepción objetiva:
- Con la Revolución Francesa, se concretan los principios de libertad de empresa y de contratación.
- El DM se desprende de su carácter profesional o subjetivo.
- En 1791, se promulgó la Ley Le Chapelier que acabó con los privilegios que provenían de los gremios.
- Después de la Revolución Francesa, se produjo un cambio jurídico en un plan jurídico, una codificación.
Concepto general codificacion
Un código es un texto jurídico que recopila y organiza las normas hasta este momento. Existía recopilaciones que se ordenan cronológicamente. La codificación pretende dictar textos legislativos, incorporan leyes antiguas y acabar con el caos legislativo.