Fianza Flashcards

1
Q

¿Qué es la fianza?

A

Contrato accesorio en virtud de una o más personas responden de una obligación ajena, comprometiéndose con el acreedor a cumplirla en todo o parte.

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2
Q

¿La fianza es consensual o solemne?

A

Consensual, pero puede ser solemne cuando:
1. Rendir tutores o curadores, Escritura Pública
2. Mercantil, por escrito
3. Aval, Firma del anverso de letra o pagaré
4. Libertad condicional, Escritura Púbica o acta firmada por juez.

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3
Q

¿Quién se obliga con el acreedor?

A

El fiador, el deudor, es extraño en este.

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4
Q

¿Qué es gratuito u oneroso?

A

Es esencialmente gratuito, pero no impide que se pacte una remuneración con el deudor, ya que el deudor en la fianza es un tercero extraño.

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5
Q

¿Qué tipo de responsabilidad responde el fiador?

A

Culpa leve

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6
Q

¿Cuándo se extingue la fianza?

A

Cuando termina la obligación principal, a menos que hay nulidad por incapacidad del deudor principal, en este caso es una obligación natural

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7
Q

¿El fiador que puede hacer contra las acciones del acreedor?

A

Oponer todas las excepciones que se derivan de la acción principal

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8
Q

¿La obligación del fiador es más gravosa que la del deudor?

A

No, nunca se debe obligar en forma más gravosa que el deudor, en cuantía, tiempo, condición, modo, pena. Si se excede debe reducirse a la obligación principal. El fiador puede obligarse en términos más eficaces.

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9
Q

¿Se puede tener un subfiador?

A

Sí, el fiador se mirará como deudor principal

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10
Q

¿Cuáles son los tipos de fianza?

A

Legal tutor curador usufructuario
Judicial Dueño de obra ruinosa, albacea, juez se guía por texto expreso.
Convencional

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11
Q

¿Cuáles son las diferencias entre la fianza judicial, legal y personal?

A

Se obligan en los mismos términos que la legal, pero:
1. Legal o judicial, se puede sustituir por hipoteca o prenda, contra la voluntad del acreedor
2. Exigida por un juez, el fiador no tiene beneficio de excusión (2358 N°4)

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12
Q

¿Cuál es la clasificación de la fianza en relación al fiador?

A
  1. Personal: Obligaciones concretas que toma sobre si o se delimita el monto
  2. Hipotecaria o prendaria, además de la fianza el fiador constituye prenda o hipoteca.
    En este caso la acción es real.
  3. El fiador no puede oponer beneficio de excusión
  4. Tampoco beneficio de división, por la indivisibilidad de la prenda o hipoteca
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13
Q

¿La fianza es limitada o ilimitada?

A

Cualquiera de las 2
Limitada, obligaciones en monto concreto
Ilimitada, no se determinan ni obligaciones ni montos, pero el límite es la principal, en cuanto a sus costos, intereses y capital

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14
Q

¿Respecto a la fianza es solidaria?

A

Sí, puede ser Simple
Solidaria, no hay beneficio de excusión, si son varios fiadores, no hay beneficio de división

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15
Q

¿Qué pasa si la fianza se rinde como fiador y codeudor solidario?

A

Reglas de la solidaridad pasiva, ante el acreedor, codeudor solidario, ante los codeudores, fiador no interesado.

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16
Q

¿Cuáles son los requisitos de la fianza?

A
  1. Consentimiento, es consensual, el fiador debe ser expreso, no se presume, el del acreedor puede ser tácito
  2. Capacidad del fiador, capaz de obligarse
  3. Objeto de la fianza, dar una suma de dinero, si es de hacer o no hacer, se garantiza el pago de la IDP por incumplimiento.
  4. Causa de la fianza, Liberar al fiador (Gratuita), en la remunerada, es la remuneración.
  5. Existencia de obligación principal
17
Q

¿Cuáles son los casos especiales de capaces?

A
  1. Pupilo: Autorización judicial, Fianza en favor del cónyuge, asc/descendientes, Causa urgente y grave
  2. Hijo sujeto a patria potestad, autorizado o ratificado por el padre o madre, son los obligados, el hijo se obliga si se beneficia y es subsidiario.
  3. Mujer casada en sociedad conyugal, Autorización del marido o juez en subsidio, si no solo obliga los bienes del 150, 166 y 167, al igual que el marido.
  4. Cónyuges en participación en los gananciales, requieren del consentimiento del otro cónyuge.
18
Q

¿Cuáles son los tipos de obligaciones principales en la fianza?

A
  1. Natural o civil, natural, no hay beneficio de excusión, ni rembolso
  2. Puede ser pura o simple o con condición plazo/ Modo, Estas se comunican en la fianza a través de la obligación principal.
    Presente o futura, si es anterior a la principal, puede el fiador, retractarse mientras no exista, y dar aviso de esta, si no lo hace, es responsable ante el acreedor y terceros de buena fe.
19
Q

¿Quiénes están obligados a rendir fianza?

A
  1. Deudor que lo estipulo
  2. Deudor cuya facultades disminuyan en términos de poner en peligro el cumplimiento de la obligación
  3. Deudor, con ánimo de establecerse fuer del estado, y no deje bienes suficientes para cumplir la obligación
  4. Deudor, cuyo fiador está insolvente
20
Q

¿Cuáles son las calidades del fiador?

A
  1. Capacidad
  2. Solvencia: Bienes suficientes.
  3. Domicilio en territorio de CA respectiva, lugar del pago.
21
Q

¿Cómo se determina la solvencia del fiador?

A

Se consideran los bienes raíces, salvo en comercial o fianza módica.

22
Q

¿Qué bienes raíces se excluyen de la fianza?

A
  1. Fuera del Estado
  2. Hipotecas Gravosas
  3. Condiciones resolutorias
  4. Embargados
  5. Litigiosos
  6. Recargados de deudas
23
Q

¿Cuáles son los efectos antes de que el acreedor reconvenga al fiador?

A
  1. Anticiparse el pago de la deuda, los mismos del deudor principal, pero si había un plazo, y paga antes, solo lo podrá rembolsar cumplido el plazo.
    Fiador debe dar aviso al deudor antes de pagar.
  2. Facultad de exigir que se proceda contra el deudor, cuando la obligación se hace exigible.
24
Q

¿Qué pasa si el fiador no comunica al deudor que pagará antes?

A
  1. El deudor puede oponer odas las excepciones que no pudo al acreedor
  2. El fiador pierde el derecho a reembolso si el deudor paga la deuda ignorando que el fiador pagó.
25
Q

¿El fiador es responsable del deudor insolvente?

A

No es responsable el fiador, por el retardo de pago del deudor insolvente.

26
Q

¿Cuáles son los efectos del acreedor reconvenga al fiador?

A
  1. Beneficio de Excusión, exige que se proceda antes con el deudor principal, y en hipotecas o prendas prestadas por este para la seguridad de la deuda.
  2. Beneficio de división, si no hay solidaridad, se dividen las cuotas en partes iguales, y el acreedor solo puede exigir la parte o cuota que le quepa. Excepción perentoria.
  3. Excepción de subrogación: Fiador se subroga los derechos del acreedor, y el acreedor, conserve sus acciones, si as perdió por culpa suya, extingue la fianza.
  4. Excepciones reales y personales.
27
Q

¿Cuáles son los requisitos del beneficio de división?

A
  1. Que no haya obligación
  2. Que los fiadores lo sean del mismo deudor y misma deuda
28
Q

¿Cuáles son las formas de división?

A

General, partes iguales
Excepciones:
1. División entre deudores solventes (2367)
2. Cuando alguno de los fiadores haya limitado su responsabilidad a una determinada suma.

29
Q

¿Cuáles son las excepciones reales y personales en la fianza?

A

Fiador puede oponer todas las excepciones reales como dolo, violencia, cosa juzgada, pero las personales del deudor, como incapacidad para obligarse 2354.
Reales el dolo y fuerza, son personales, pero opone nulidad fundada en ellas
Cosa juzgada, quien la obtuvo en juicio y a todos quienes se pueden aprovechar del fallo legalmente.

30
Q

¿Cuáles son los efectos anteriores al pago entre el fiador y el deudor?

A
  1. Derechos del fiador
    Deudor obtenga que se le releve de la fianza.
    Deudor caucioné las resueltas de la fianza (Contrafianza)
    Deudor consigné medios suficientes para el pago
  2. Que se autorizan para ejercerlos dependiendo de las circunstancias 2369.
    a. Deudor disipa sus bienes temerariamente
    b. Deudor se obligó a obtener relevo dentro de cierto plazo, que se ha cumplido.
    c. Cuando se cumplió condición o venció el plazo
    d. Cuando pasaron 5 años desde la fianza
    - Excepciones.
    * Si la fianza tiene un tiempo más largo
    * Si contrajo por obligaciones que no se extinguen en tiempo determinado
    e. Temor infundado de que el deudor se fugue, no dejando bienes para el pago
  3. Aviso de mutuo del fiador y deudores antes de pagar
    a. Si el deudor paga sin avisar, es responsable con el fiador si este paga de nuevo, pero tiene acción del pago de lo no debido contra el acreedor 2376
    b. Si el fiador paga sin dar aviso
    - No puede recurrir contra el deudor, sino contra el acreedor por el pago de lo no debido
    - El deudor puede oponer todas las excepciones que tenga por la precipitación.
31
Q

¿Cómo opera la fianza entre el fiador y el deudor respecto de la acción de rembolso?

A

Acción que tiene el fiador aun cuando el deudor ignore la fianza.
Fiador queda indemne de las consecuencias de la fianza.
1. Deudor debe reembolsar capital e intereses que haya pagado el fiador.
2. Pago de los intereses.
3. Pagos de la persecución del acreedor por el deudor, y el fiador pago, ej. Demanda.
4. Perjuicios sufridos

32
Q

¿Cuáles son los requisitos de la acción de rembolso?

A
  1. Fiador no este privado de la acción
    - Si es obligación natural
    - El fiador se obligó en contra de los deseos del deudor, pero tiene acción si se extingue la deuda.
    -Fiador paga, sin dar aviso al deudor
  2. Que haya pagado la deuda, por medio de los modos equivalentes al pago
  3. Que el pago haya extinguido la obligación
  4. En tiempo oportuno, después del pago, a excepción si la obligación no es exigible, la acción prescribe en 5 años desde el pago o se hizo exigible.
33
Q

¿Contra quién se puede entablar la acción de rembolso?

A

Deudor o deudores
1. Mancomunada, cada uno por su cuota
2. Solidaria
Contra todos, a cualquiera de ellos el total de la deuda
Contra uno, a ese el total de la deuda

34
Q

¿Qué es la Acción subrogatoria?

A
  1. Del que paga deuda ajena, a la que está obligado subsidiariamente, tiene alcance más restringido, no hay intereses, gastos, ni perjuicios.
  2. No la tienen:
    - Obligaciones naturales
    - Fiador que pago sin dar aviso de que iba a pagar.
  3. Se opone ante:
    - Deudor
    - Codeudores solidarios
    - Cofiadores
35
Q

¿Qué es la acción del fiador contra el mandante?

A

Cuando se obliga con el mandante, por un encargo de un 3ro, contra tercero por encargo, se hizo fiador.

36
Q

¿Cuáles son los efectos de la fianza entre cofiadores?

A

Deuda se divide entre ellos, de pleno derecho, en partes iguales, salvo en caso de deuda de cofiador o cuando se limitó a una suma determinada.
El que pago en exceso, se subroga los derechos del acreedor contra los cofiadores, en cuanto a su cuota puede obtener el reintegro del deudor principal
Cofiadores pueden oponer excepciones reales o personales.

37
Q

¿Cómo se extingue la fianza?

A

Consecuencial, extinción de la principal, y solo por la nulidad del incapaz relativo se extingue la fianza.
Principal: 2381