Tema 23 Flashcards
El sistema integral de información en materia de violencia de Género VioGén, depende de:
a) El Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer, del Ministerio de Igualdad.
b) La Secretaría de Estado de Seguridad, del Ministerio del Interior.
c) De la Subsecretaría de Interior, del Ministerio del Interior
b) La Secretaría de Estado de Seguridad, del Ministerio del Interior.
El proponer la política del Gobierno contra la violencia sobre las mujeres y coordinar e impulsar todas las medidas llevadas a cabo en esta materia, es competencia:
a) De la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género.
b) De la Secretaría General de Políticas de Igualdad.
c) De la Dirección General Contra la Discriminación.
a) De la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género.
La promoción de la defensa y garantía del principio de igualdad entre hombres y mujeres en todas las actividades y políticas a todos los niveles y evaluando sus posibles efectos, se conoce como:
a) Mainstreaming.
b) Efecto Multitransversal.
c) Principio multifoco.
a) Mainstreaming.
Las mujeres víctimas de violencia de género tienen derecho a servicios sociales de atención, de emergencia, de apoyo y acogida y de recuperación integral. La organización de estos servicios responderá a los principios de:
a) Atención permanente, actuación urgente, especialización de prestaciones y multidisciplinariedad profesional.
b) Atención permanente, apoyo urgente, especialización de prestaciones y multidisciplinariedad profesional.
c) Atención permanente, actuación profesional, especialización de prestaciones y multidisciplinariedad de disciplinas.
a) Atención permanente, actuación urgente, especialización de prestaciones y multidisciplinariedad profesional.
Cuál es el órgano colegiado responsable de la coordinación de las políticas y medidas adoptadas por los departamentos ministeriales, con la finalidad de garantizar el derecho a la igualdad entre mujeres y hombres y promover su efectividad:
a) La Comisión Interministerial de Igualdad entre Mujeres y Hombres.
b) El Instituto de la Mujer.
c) El Observatorio de Violencia sobre la Mujer.
a) La Comisión Interministerial de Igualdad entre Mujeres y Hombres.
Según el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, las “acciones positivas” son:
a) Medidas específicas en favor de las mujeres para corregir situaciones patentes de desigualdad de hecho respecto de los hombres. Tales medidas habrán de ser razonables y desiguales en relación con el objetivo perseguido en cada caso.
b) Medidas específicas en favor de las mujeres para corregir situaciones patentes de desigualdad de hecho respecto de los hombres. Tales medidas habrán de ser razonables y proporcionadas en relación con el objetivo perseguido en cada caso.
c) Medidas específicas en favor de las mujeres para corregir situaciones patentes de desigualdad de hecho respecto de los hombres. Tales medidas habrán de ser razonables y discriminatorias en relación con el objetivo perseguido en cada caso.
b) Medidas específicas en favor de las mujeres para corregir situaciones patentes de desigualdad de hecho respecto de los hombres. Tales medidas habrán de ser razonables y proporcionadas en relación con el objetivo perseguido en cada caso.
Las Administraciones sanitarias, promoverán e impulsarán actuaciones de los profesionales sanitarios para la detección precoz de la violencia de género y propondrán las medidas que estimen necesarias a fin de optimizar la contribución del sector sanitario en la lucha contra este tipo de violencia ¿En el seno de qué órgano colegiado se llevarán a cabo estas acciones?
a) Consejo Nacional del Sistema de Salud.
b) Comisión del Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer.
c) Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
c) Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
El principio de discriminación inversa o positiva supone:
a) Un trato desigual favorable para aquellas personas que sufren una situación de discriminación por razones como nacionalidad, raza o sexo.
b) Un trato favorable de igualdad de oportunidades para todas las personas con independencia de la nacionalidad, raza o sexo.
c) Un trato especial a las personas inmigrantes para favorecer su integración en la sociedad.
a) Un trato desigual favorable para aquellas personas que sufren una situación de discriminación por razones como nacionalidad, raza o sexo.
Recibida una solicitud de orden de protección por parte de la Autoridad Judicial competente, ésta convocará a una audiencia urgente a la víctima o representante legal, al solicitante, agresor y Ministerio Fiscal. Cuando excepcionalmente no fuese posible celebrar la audiencia durante el servicio de guardia, ¿en qué plazo habrá de convocarse?
a) Un plazo máximo de 72 horas desde la presentación de la solicitud.
b) En el plazo más breve posible. En cualquier caso la audiencia habrá de celebrarse en un plazo máximo de 72 horas desde la presentación de la solicitud.
c) En el plazo más breve posible, máximo de 48 horas desde de la solicitud.
b) En el plazo más breve posible. En cualquier caso la audiencia habrá de celebrarse en un plazo máximo de 72 horas desde la presentación de la solicitud.
Entre los derechos de las mujeres víctimas de la violencia de género no está:
a) La defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en todos los procesos y procedimientos administrativos que tengan causa directa o indirecta en la violencia padecida.
b) Una misma dirección letrada deberá asumir la defensa de la víctima, siempre que con ello se garantice debidamente su derecho de defensa.
c) El derecho anterior asistirá también a los causahabientes en caso de fallecimiento de la víctima, aunque fueren partícipes en los hechos.
c) El derecho anterior asistirá también a los causahabientes en caso de fallecimiento de la víctima, aunque fueren partícipes en los hechos.
Según la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, cuando una víctima de la violencia que nos ocupa, y por este motivo, suspenda o resuelva voluntariamente su contrato de trabajo, podrá generar derecho a la situación legal de:
a) Desempleo.
b) Excedencia forzosa.
c) Excedencia voluntaria.
a) Desempleo.
El Registro Central para la Protección de las Víctimas de Violencia Doméstica y de Género, depende del:
a) Ministerio del Interior.
b) Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
c) Ninguna es correcta.
c) Ninguna es correcta.
Ministerio de Justicia.
Señale de los siguientes cuál es el órgano colegiado adscrito al Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación de Gobierno contra la Violencia de Género, al que le corresponde el asesoramiento, evaluación, colaboración institucional, elaboración de informes y estudios, y propuestas de actuación en materia de violencia de género:
a) Instituto para la Igualdad de Oportunidades.
b) Comisión Interministerial de Violencia de Género.
c) Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer.
c) Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer.
Con el fin de garantizar la efectiva igualdad entre hombres y mujeres, la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género establece que las Administraciones educativas velarán para que en todos los materiales educativos se eliminen:
a) Los estereotipos machistas para que fomenten el igual valor de hombres y mujeres.
b) Las conductas discriminatorias entre hombres y mujeres.
c) Los estereotipos sexistas o discriminatorios y para que fomenten el igual valor de hombres y mujeres.
c) Los estereotipos sexistas o discriminatorios y para que fomenten el igual valor de hombres y mujeres.
Las infracciones muy graves en materia de igualdad de trato y no discriminación por razón de orientación e identidad sexual, expresión de género características sexuales serán sancionadas con multa de.
a) 2.001 a 10.000 euros.
b) 10.001 a 150.000 euros.
c) 150.000 a 300.000 euros
b) 10.001 a 150.000 euros.
Las víctimas de violencia de género, ¿de qué manera pueden hacer valer sus derechos recogidos en la LO 1/2004?
a) Exhibiendo cualquier resolución judicial en la cual se determine una medida cautelar a su favor.
b) Solo mediante orden de protección.
c) Excepcionalmente mediante informe del Ministerio Fiscal en el que haya indicios de que la demandante es víctima de violencia de género.
a) Exhibiendo cualquier resolución judicial en la cual se determine una medida cautelar a su favor.
Las situaciones de violencia de género que dan lugar al reconocimiento de los derechos regulados en este capítulo se acreditarán mediante una sentencia condenatoria por un delito de violencia de género, una orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, o bien por el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género. También podrán acreditarse las situaciones de violencia de género mediante informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida destinados a víctimas de violencia de género de la Administración Pública competente; o por cualquier otro título, siempre que ello esté previsto en las disposiciones normativas de carácter sectorial que regulen el acceso a cada uno de los derechos y recursos.
Las situaciones de violencia que dan lugar al reconocimiento de los derechos laborales y de seguridad social recogidos en el Capítulo II de la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género se acreditarán:
a) Excepcionalmente con el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género.
b) Por cualquier título, siempre que ello esté previsto en las disposiciones normativas de carácter sectorial que regulen el acceso a cada uno de los derechos y recursos.
c) Como norma general con la exhibición de la orden de protección a su favor.
b) Por cualquier título, siempre que ello esté previsto en las disposiciones normativas de carácter sectorial que regulen el acceso a cada uno de los derechos y recursos.
Por descarte, la respuesta correcta es la B, ya que la norma no habla de ninguna excepción o de ninguna norma general, sino que establece un listado de posibles formas de acreditar la situación de violencia de género existente.
En caso de suscitarse dudas acerca de la competencia territorial del juez, que deberá iniciar y resolver el procedimiento para la adopción de la orden de protección, será competente:
a) La Ley de Enjuiciamiento Criminal, establece que será siempre el Juez de Violencia sobre la mujer de donde tenga el domicilio la víctima.
b) La Ley de Enjuiciamiento Criminal, establece que será siempre el Juez de Violencia sobre la mujer de donde tenga el domicilio la víctima o en su caso el de Instrucción en funciones de guardia.
c) El juez ante el que se haya solicitado ésta, sin perjuicio de remitir con posterioridad las actuaciones a aquel que resulte competente.
c) El juez ante el que se haya solicitado ésta, sin perjuicio de remitir con posterioridad las actuaciones a aquel que resulte competente.
La orden de protección podrá solicitarse directamente ante la autoridad judicial o el Ministerio Fiscal, o bien ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, las oficinas de atención a la víctima o los servicios sociales o instituciones asistenciales dependientes de las Administraciones públicas. Dicha solicitud habrá de ser remitida de forma inmediata al juez competente. En caso de suscitarse dudas acerca de la competencia territorial del juez, deberá iniciar y resolver el procedimiento para la adopción de la orden de protección el juez ante el que se haya solicitado ésta, sin perjuicio de remitir con posterioridad las actuaciones a aquel que resulte competente.
El Protocolo para la valoración policial del nivel de riesgo de violencia contra la mujer, a efectos de la valoración del riesgo contempla: (señale la incorrecta).
a) La estimación de la evolución del nivel de riesgo.
b) La estimación final de la situación de riesgo.
c) La estimación inicial de la situación de riesgo.
b) La estimación final de la situación de riesgo.
Se hace la valoración VPR (Valoración policial de riesgo), que nos asigna la estimación inicial de riesgo, para posteriormente realizar la valoración VPER (valoración policial de evolución de riesgo), que estimara la evolución del nivel de riesgo.
Según la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, las víctimas de violencia de género tienen derecho a:
a) La defensa jurídica, gratuita y especializada de forma inmediata a todas aquellas que lo soliciten.
b) Ambas respuestas son correctas.
c) A la defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en todos los procesos y procedimientos administrativos que tengan causa directa o indirecta en la violencia padecida.
b) Ambas respuestas son correctas.
A tenor de lo que dispone el artículo 7 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, “cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo”, es considerado:
a) Acoso sexual y se considera acto discriminatorio.
b) Acoso por razón de sexo y puede ser acto discriminatorio o no según los casos.
c) Constituye acoso sexual por razón de sexo.
a) Acoso sexual y se considera acto discriminatorio.
Según dispone el art.19 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, las mujeres víctimas de violencia de género tienen derecho a servicios sociales de atención, de emergencia, de apoyo y acogida y de recuperación integral. La organización de estos servicios corresponde a:
a) Las Administraciones Públicas.
b) Las oficinas de atención a la víctima o los servicios sociales o instituciones asistenciales con implantación en todo el territorio nacional.
c) Las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales.
c) Las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales.
La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, establece que desde la responsabilidad del Gobierno del Estado y de manera inmediata a la entrada en vigor de esta Ley, con la consiguiente dotación presupuestaria, se pondrá en marcha un un Plan Estatal de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género que como mínimo recoja alguno de los siguientes elementos:
a) Que introduzca en el escenario social las nuevas escalas de valores basadas en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y de la igualdad entre hombres y mujeres, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia, todo ello desde la perspectiva de las relaciones de género.
b) El desarrollo, tanto en hombres como en mujeres, de la capacidad para consolidar su madurez personal, social y moral, que les permita actuar de forma responsable y autónoma y para analizar y valorar críticamente las desigualdades de sexo y fomentar la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.
c) El fomento de actitudes encaminadas al ejercicio de iguales derechos y obligaciones por parte de mujeres y hombres, tanto en el ámbito público como privado, y la corresponsabilidad entre los mismos en el ámbito doméstico.
a) Que introduzca en el escenario social las nuevas escalas de valores basadas en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y de la igualdad entre hombres y mujeres, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia, todo ello desde la perspectiva de las relaciones de género.
b) Dirigido tanto a hombres como a mujeres, desde un trabajo comunitario e intercultural, incluyendo el ámbito de las tecnologías de la información y el digital.
c) Que contemple un amplio programa de formación complementaria y de reciclaje de los profesionales que intervienen en estas situaciones.
d) Controlado por una Comisión de amplia participación, que se creará en un plazo máximo de un mes, en la que se ha de asegurar la presencia de las víctimas y su entorno, las instituciones, los profesionales y de personas de reconocido prestigio social relacionado con el tratamiento de estos temas.
La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, oída la Comisión a la que se refiere el párrafo anterior, elaborará el Informe anual de evaluación del Plan Estatal de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género y lo remitirá a las Cortes Generales.
- Los poderes públicos, en el marco de sus competencias, impulsarán además campañas de información y sensibilización específicas con el fin de prevenir la violencia de género.
- Las campañas de información y sensibilización contra esta forma de violencia se realizarán de manera que se garantice el acceso a las mismas de las personas con discapacidad.
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, establece que los actos y las cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de sexo se considerarán:
a) Ilegales y nulos.
b) Legales y sin efecto.
c) Nulos y sin efecto.
c) Nulos y sin efecto.
En la Declaración de las Naciones Unidas sobre la eliminación de la Violencia sobre la Mujer de 1993, se define la Violencia de Género como:
a) La Violencia de Género es la que se ejerce sobre los hombres y las mujeres por ser considerados por sus agresores, carentes de los derechos, respeto y capacidad de decisión
b) Todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada.
c) El uso intencional de la fuerza física hacia otra persona, grupos o comunidades y que tiene como consecuencias probables, lesiones físicas, daños psicológicos, alteraciones de desarrollo, abandono e incluso la muerte
b) Todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada.
Según el artículo 4 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, “La igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres es un principio informador del ordenamiento jurídico”:
a) Y, como tal, se integrará y observará en la creación y aplicación de las normas jurídicas.
b) Será tenido en cuenta a la hora de afrontar por los poderes públicos las acciones positivas que favorezcan la desigualdad efectiva entre hombres y mujeres.
c) Y, como tal, se integrará y observará en la interpretación y aplicación de las normas jurídicas.
c) Y, como tal, se integrará y observará en la interpretación y aplicación de las normas jurídicas.