BIENESTAR ANIMAL EN EL SACRIFICIO Flashcards
REGLAMENTO (CE) 1099/2009:
relativo a la protección de los animales en el momento de la matanza
Ámbito de aplicación:
Matanza de animales criados o mantenidos con vistas a la producción de alimentos, lana, cuero, piel u otros productos, así como matanza de animales a efectos de vacío sanitario, y sobre las operaciones conexas a ella.
En el caso de los PECES se ciñe únicamente a no causarles ningún dolor, angustia o sufrimiento evitable durante la matanza o las operaciones conexas a ella.
MATANZA:
todo proceso inducido deliberadamente que cause la muerte de un animal
ANIMAL:
todo animal vertebrado, salvo los reptiles y los anfibios
VACIADO SANITARIO:
proceso de matanza de animales por motivos de salud pública, salud animal, bienestar animal o medio ambiente bajo la supervisión de la autoridad competente
OPERACIONES CONEXAS:
operaciones como el manejo, la estabulación, la sujeción, el aturdimiento y el sangrado de animales realizadas en el contexto y en el lugar de su matanza
- REGLAMENTO (CE) 1099/2009
Excluidos:
− Si los animales son matados durante:
a) Experimentos científicos realizados bajo supervisión de autoridad competente
b) Actividades de caza o de pesca recreativa
c) Acontecimientos culturales o deportivos
− Aves de corral, conejos y liebres sacrificados por su dueño fuera de matadero para consumo doméstico privado.
Requisitos generales de la matanza y las operaciones conexas a ella:
- No se causará a los animales ningún dolor, angustia o sufrimiento evitable.
- Establecer medidas para asegurarse de que los animales:
− Gozan de comodidad física y protección, en particular, manteniéndolos limpios y en condiciones adecuadas de Tª y evitando que sufran caídas o resbalones
− Están protegidos de lesiones
− Son tratados y alojados teniendo en cuenta su comportamiento normal
− No muestran signos de dolor, miedo u otro comportamiento anormal evitable
− No sufren una falta prolongada de comida o agua
− No sufren interacciones evitables con otros animales que pudieran perjudicar su bienestar - La matanza y las operaciones conexas a ella deberán realizarlas únicamente personas con un certificado de competencia
Apartados del reglamento:
- Encargado del bienestar animal
- Recepción de los animales
- Estabulación y manejo de los animales
- Aturdimiento
- Sacrificio-sangrado
- Rito religioso
- Consumo doméstico privado
En cada matadero habrá un encargado del bienestar animal cuando se sacrifiquen:
− ≥ 1.000 UGM/año (unidades de ganado mamífero al año)
− ≥ 150.000 aves o conejos/año
Será quien establezca las medidas correctoras necesarias para garantizar el cumplimiento de las normas de bienestar animal.
Deberá llevar un registro de:
− Actuaciones realizadas para mejorar el bienestar animal
− Se conservará 1 año
1.2. RECEPCIÓN DE ANIMALES:
- Encargado del bienestar animal:
- Los animales se descargarán lo antes posible después de su llegada y, posteriormente, se sacrificarán sin demoras indebidas.
- Animales que no puedan caminar:
1.2. RECEPCIÓN DE ANIMALES:
1. Encargado del bienestar animal:
evaluará sistemáticamente en el momento de la llegada las condiciones de bienestar de cada envío de animales:
− Identificar las prioridades
− Aplicar medidas que deben adoptarse al respecto
1.2. RECEPCIÓN DE ANIMALES:
3. Animales que no puedan caminar:
− No serán arrastrados hasta el lugar de sacrificio
− Se matarán allí donde yazcan
- Instalaciones de estabulación:
− Diseñadas y construidas de manera que:
a) Se reduzca riesgo heridas
b) Se eviten ruidos repentinos
c) Faciliten la inspección de los animales
− Sistemas de ventilación adecuados. Si necesario: ventilación mecánica→ sistema de alarma + sistema auxiliar de emergencia en caso de avería
− Iluminación fija o móvil adecuada para poder inspeccionar animales
− Rampas y puentes: protecciones laterales (impedir caída animales)
− Suelos: no resbaladizos, no lesiones pezuñas
− Si estabulación al aire libre carente de refugio→ protección adecuada frente a las condiciones meteorológicas adversas