Ley del ISSFAM T. 2/o De las Prestaciones. CAP. 3 y CAP. 6 Flashcards
T 2/o-CAP 3 Fondo de trabajo, fondo de ahorro, seguro de vida militar y seguro colectivo de retiro
Estará constituido con las aportaciones que el gobierno federal realice a favor de cada elemento de tropa y personal de tripulación, equivalente al 11% de sus haberes:
Fondo de trabajo
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El fondo de trabajo para los elementos de tropa y personal de tripulación se constituirá a partir de la fecha en que cause alta o sea reenganchado hasta que obtenga licencia ilimitada o bien…
Quede separado del activo o ascienda a oficial
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Conforme a sus ley orgánica, el fondo de trabajo será administrado por el:
Banco Nacional de Ejército, F.A. y Armada, SNC
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Para constituir el fondo de ahorro los generales, jefes y oficiales y sus equivalentes en la Armada en servicio activo, deberán aportar una cuota quincenal equivalente al:
6% de sus haberes
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Además del 6% de sus haberes, para constituir el fondo de ahorro para generales, jefes y oficiales, ¿a quién le corresponde efectuar otra aportación de igual monto?
Gobierno Federal
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¿Quien administrara el fondo de ahorro de los Generales, Jefes y Oficiales?
Banco Nacional del Ejército, F.A. y Armada, SNC
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Es la prestación que tiene por objeto proporcionar un beneficio económico a los beneficiarios o familiares de los militares por el fallecimiento de éstos, cualquiera que sea la causa de la muerte:
Seguro de vida militar
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El seguro de vida militar también beneficia a los militares que hayan causado baja del activo y alta en situación de retiro por:
Incapacidad clasificada en 1/a o 2/a categorías
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La incapacidad en primera o segunda categorías según tablas del art. 226 de ésta Ley, por la que los militares pasen a situación de retiro y puedan beneficiarse del seguro de vida militar debieron ocurrir en actos del servicio o como consecuencia de ellos, o en actos fuera del servicio:
- FALSO
- VERDADERO
FALSO
(<em><strong>ÚNICAMENTE si ocurrieron en actos del servicio</strong> o como consecuencia de ellos</em>)
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¿Quién administrará el fondo del seguro de vida militar?
El Instituto
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Personal militar en activo y el que se encuentre en situación de retiro con derecho a percibir haberes de retiro, tienen derecho al seguro de vida militar:
- FALSO
- VERDADERO
VERDADERO
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Los cadetes y alumnos de los planteles militares que no perciban haberes, no tienen derecho al seguro de vida militar:
- FALSO
- VERDADERO
FALSO
(<em>si tienen derecho</em>)
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Tienen derecho al seguro de vida militar los soldados del servicio militar nacional obligatorio que se encuentren bajo bandera encuadrados en las:
Unidades del SMN del Ej., F.A. y Armada de México
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El personal de los Cuerpos de Defensas Rurales tienen derecho al seguro de vida militar, siempre y cuando causen alta en situación de retiro por incapacidad en primera o segunda categorías en actos del servicio o como consecuencia de ellos:
- FALSO
- VERDADERO
FALSO
(<em><strong>solo si fallecen en actos del servicio</strong> o a consecuencia de ellos</em>)
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Tienen derecho al seguro de vida militar, los militares procesados o sentenciados aunque hayan perdido su personalidad militar:
- FALSO
- VERDADERO
FALSO
(<em><strong>NO debieron perder su personalidad militar</strong> para mantener ese derecho</em>)
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Conforme a los tabuladores correspondientes que los militares se encuentren disfrutando, es obligación del Instituto pagar por concepto de suma asegurada el equivalente a 40 meses de haberes y sobrehaberes para las fuerzas armadas o del:
Sueldo base de servidor público
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En caso de que exista diferencia entre el sueldo base de servidor público y los haberes y sobrehaberes, se efectuará el computo de la suma asegurada que el Instituto está obligado a pagar, conforme a:
La percepción mayor
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Por fallecimiento del militar en servicio activo, se pagará la percepción mayor de la suma asegurada cuando exista diferencia entre el sueldo base de servidor público y el haber y sobrehaber:
- FALSO
- VERDADERO
VERDADERO
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Se pagará la percepción mayor de la suma asegurada cuando exista diferencia entre el sueldo base de servidor público y el haber y sobrehaber, por causar baja del activo y alta en situación de retiro por…
Incapacidad en 1/a y 2/a categorías
(<em><strong>en actos del servicio</strong> o como consecuencia de ellos</em>)
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El militar que por causar baja del activo y alta en situación de retiro por incapacidad y tenga derecho a la suma asegurada del seguro de vida militar, el importe le será entregado a él o su…
Representante legal
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Mencione las 2 situaciones donde el Instituto pagará la percepción mayor de la suma asegurada cuando exista diferencia entre el sueldo base de servidor público y el haber y sobrehaber:
- ______________ en servicio activo
- _____________________ en actos dentro del servicio
- Fallecimiento en servicio activo
- Incapacidad en 1/a o 2/a categoría en actos dentro del servicio
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En caso de fallecimiento del militar en situación de retiro que estuviere percibiendo haber de retiro el Instituto pagará por concepto de suma asegurada el equivalente a…
40 meses de su haber de retiro
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Al personal militar que estudie en planteles militares y que no perciba haberes, en caso de fallecimiento o incapacidad en primera o segunda categoría contraída en actos del servicio o como consecuencia de ellos, el Instituto pagará por concepto de suma asegurada el equivalente a…
40 meses de haber y sobrehaber mínimo vigente
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Al personal militar que estudie en planteles militares y que no perciba haberes, el computo de la suma asegurada será con base en el haber y sobrehaber mínimo vigente para las fuerzas armadas en la República que corresponda a un…
Sgto. 1/o en servicio activo o equivalente en la Armada
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Don Julio Alemán, falleció recientemente en su domicilio tras sufrir caída en el baño de su casa, el pertenecía al Cuerpo de Defensas Rurales de Tecomán Colima, su familia cobrará la suma asegurada equivalente a 40 meses de haberes y sobrehaberes mínimo vigente para las fuerzas armadas:
- FALSO
- VERDADERO
FALSO
(<em>defensas rurales tendrán ese derecho solo sí <strong>fallecen en actos del servicio o a consecuencia de ellos</strong></em>)
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Don Lamberto Quintos, falleció en un tiroteo contra el crimen organizado mientras él y sus compañeros de defensas rurales realizaban un reconocimiento en una ranchería en el municipio de Apatzingan Michoacan. Su familia cobrará la suma asegurada equivalente a 40 meses de haberes y sobrehaberes mínimo vigente que correspondan a un Sgto. 1/o:
- FALSO
- VERDADERO
FALSO
(<em>los 40 meses de haberes y sobrehaberes serán los que correspondan a un <strong>soldado o equivalente en la Armada</strong></em>)
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Los soldados o marineros del SMN obligatorio que se encuentren bajo bandera encuadrados en las unidades del SMN de las fuerzas armadas, tendrán derecho a una suma asegurada solo en caso de:
Fallecimiento o incapacidad en 1/a o 2/a categoría
(<em><strong>en actos del servicio</strong> o a consecuencia de ellos</em>)
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Cuando los soldados o marineros del SMN obligatorio que se encuentren bajo bandera encuadrados en las unidades del SMN de las fuerzas armadas, tengan derecho al seguro de vida militar, éste será la percepción mayor de la suma asegurada cuando exista diferencia entre el sueldo base de servidor público y el haber y sobrehaber:
- FALSO
- VERDADERO
FALSO
(<em>será equivalente a <strong>40 meses de haber y sobrehaber vigente que corresponda a un soldado o equivalente en la Armada</strong></em>)
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El siguiente personal cuando así corresponda, tendrá derecho a una suma asegurada equivalente a 40 meses de haberes y sobrehaberes mínimo vigente correspondientes a un soldado:
- Personal de Defensas Rurales
- Soldados o marineros del SMN
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No tendrán derecho al seguro de vida militar los militares que causen baja definitiva de las Fuerzas Armadas mexicanas por:
- Solicitar la baja
- Mala conducta
- Permanecer prófugo de la justicia
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Tampoco tendrán derecho al seguro de vida militar los militares que por efectos de sentencia ejecutoria causen baja definitiva o:
Destitución del empleo militar
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En caso de que el militar fallezca, el pago de la suma asegurada, en cualquiera de los casos se hará directamente a los beneficiarios de la siguiente manera:
En una sola exhibición
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Cuando el militar quede incapacitado la entrega de la suma asegurada, se hará al mismo militar asegurado o a la persona…
Legalmente acreditada por él
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El pago de la suma asegurada por incapacidad excluye el pago de la…
Suma asegurada por fallecimiento
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¿A cargo de quien estará el importe de la prima correspondiente al seguro de vida de los militares en servicio?
Gobierno Federal
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La prima correspondiente al seguro de vida de los militares en servicio será del 2.0% del haber y sobrehaber que disfrute el militar en la República mexicana o del…
Sueldo base del servidor público
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El importe de la prima que corresponda a cargo del gobierno federal se cubrirá por trimestres adelantados y será aportado al ISSFAM por conducto de la SHCP con cargo a los presupuestos de las:
Secretarías de Defensa Nacional y de Marina
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En ningún caso se podrá disponer, para fines distintos de los que expresamente determina ésta Ley del dinero o bienes afectos al:
Fondo del seguro de vida militar
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¿Qué tipo de régimen comprende el seguro de vida militar?
Potestativo
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Podrán acogerse a los beneficios del régimen potestativo bajo ciertas bases, los militares que causen baja del activo y alta en situación de retiro con compensación o los que obtengan…
Licencia especial
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¿Hasta cuanto tiempo después de que los militares causen alta en situación de retiro o de la fecha a partir de la que inicie su licencia, tendrán para acogerse al régimen potestativo?
Dentro de los 30 días siguientes
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El Instituto pagará por concepto de suma asegurada con motivo de su fallecimiento, 40 meses de haber y sobrehaber mínimo vigente de su grado para las fuerzas armadas, por lo que podrán acogerse al régimen potestativo siempre y cuando el militar haya estado al…
Corriente en el pago de la prima
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El importe de la prima de los militares que se acojan al regimen potestativo, será equivalente al…
1.8% del haber y sobrehaber mínimo vigente de su grado
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Los militares que se acojan a los beneficios del régimen potestativo deberán pagar directamente al Instituto sus aportaciones dentro de los:
Primeros 5 días de cada semestre
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En caso de aumento en los haberes y sobrehaberes, para los militares que se acojan al régimen potestativo, la diferencia de la prima deberá ser cubierta por estos militares en el…
Siguiente semestre
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Notificándolo por escrito al Instituto, los militares podrán en cualquier tiempo, cuando así lo deseen, dejar de…
Participar en el seguro
(<em><strong>el seguro se extingue</strong> al concluir el periodo por el cual fue pagada la prima</em>)
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Los militares que dejen de participar en el seguro potestativo no podrán acogerse a él nuevamente:
- FALSO
- VERDADERO
VERDADERO
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El seguro de vida militar también se extingue cuando por causas imputables al interesado adeudare…
1 semestre
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La extinción o suspensión del seguro le da derecho al militar a la devolución de las cuotas pagadas conforme a la ley:
- FALSO
- VERDADERO
FALSO
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Si al fallecer el militar que gozaba del seguro de vida potestativo adeudare un semestre, dicha cuota se descontará de:
Importe de la suma asegurada
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No podrán adherirse a los beneficios derivados del esquema vigente del seguro de vida militar potestativo, los militares que se encuentren gozando de licencia ilimitada o especial sin:
Goce de haberes
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No podrán adherirse a los beneficios derivados del esquema vigente del seguro de vida militar potestativo, los militares que no se acogieron al régimen potestativo del seguro de vida militar conforme al esquema anterior y que hayan causado alta en situación de:
Retiro con compensación
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El fondo del seguro de vida militar a cargo del Instituto, se integra inicialmente con los…
Recursos que a la fecha mantiene el Instituto
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Mencione los 2 tipos de aportaciones con las cuales se integra el fondo del seguro de vida militar a cargo del Instituto:
Gobierno federal y del personal militar
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El fondo del seguro de vida militar a cargo del Instituto también se integra con los rendimientos y demás productos financieros que se obtengan con motivo de las:
Inversiones de los recursos
T 2/o-CAP 3 Fondo de trabajo, fondo de ahorro, seguro de vida militar y seguro colectivo de retiro
Los militares podrán designar beneficiarios libremente en el seguro de vida militar obligatorio, como en el…
Potestativo
T 2/o-CAP 3 Fondo de trabajo, fondo de ahorro, seguro de vida militar y seguro colectivo de retiro
Dirigido al Instituto, con las firmas de 2 testigos y la del asegurado y su huella digital; la designación de beneficiarios se formularán en el documento de:
Afiliación o escrito por triplicado
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Las designaciones de beneficiarios pueden ser revocadas libremente:
- FALSO
- VERDADRO
VERDADERO
(<em>una designación posterior <strong>revoca la anterior</strong></em>)
T 2/o-CAP 3 Fondo de trabajo, fondo de ahorro, seguro de vida militar y seguro colectivo de retiro
El pago del seguro de vida militar se realizará al último beneficiario de que se tenga conocimiento, sin responsabilidades para el instituto, en el supuesto de que una nueva designación de beneficiarios no se reciba en el Instituto dentro del plazo de…
15 días posteriores al cambio de beneficiarios
(<em><strong>art. 177</strong> de esta Ley</em>)
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Es personal e intransmisible por herencia:
La calidad de beneficiario
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Una vez ocurrido el siniestro, sí son transmisibles por herencia:
Los derechos del beneficiario sobre la suma asegurada
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Cuando los beneficiarios sean varios, la suma asegurada se entregará en partes iguales:
- FALSO
- VERDADERO
FALSO
(<em><strong>de acuerdo con los porcentajes</strong> que hubiere señalado el militar asegurado</em>)
T 2/o-CAP 3 Fondo de trabajo, fondo de ahorro, seguro de vida militar y seguro colectivo de retiro
Cuando los beneficiarios sea varios, la suma asegurada se entregará por partes iguales, en caso de que el militar asegurado no hubiere hecho…
Señalamiento de los porcentajes
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Cuando los beneficiarios sean varios, la suma asegurada se entregará si algún beneficiario muere o pierde sus derechos antes de que fallezca el militar, su parte, al fallecer el asegurado…
Acrecentará la del o la de los demás beneficiarios
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Si al morir el militar no existiere designación de beneficiarios conforme a esta Ley, el seguro de vida militar se pierde irrevocablemente:
- FALSO
- VERDADERO
FALSO
(<em><strong>se pagará a los militares</strong> bajo cierta prelación</em>)
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Si al morir el militar no existiere designación de beneficiarios conforme a esta ley, el seguro se pagará a los familiares en el siguiente orden:
- Cónyuge o concubina/o en concurrencia con los hijos (partes iguales)
- Madre
- Padre
- Hermanos
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Para el pago del seguro de vida militar si al morir el militar no designó beneficiarios y conforme a esta ley, la existencia del cónyuge o concubina o concubinario, no excluye a la madre o al padre de recibir proporcionalmente éste beneficio:
- FALSO
- VERDADERO
FALSO
(<em><u>la existencia de alguno o algunos de los beneficiarios </u><strong>excluye a los demás</strong>, según orden preestablecido</em>)
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Al tener conocimiento del fallecimiento del militar, deberá notificar de inmediato y fehacientemente al o a los beneficiarios designados, o en su caso, a los familiares de la designación hecha a su favor:
El Instituto
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Cuando proceda el pago del seguro al cónyuge, o en su caso a la concubina o al concubino, los hijos y los padres del militar fallecido, el Instituto cubrirá su importe sin más requisitos que la presentación de la:
Credencial de afiliación correspondiente
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Cuando proceda el pago del seguro a los hermanos del militar fallecido, el Instituto cubrirá su importe, debiendo aquellos comprobar su personalidad con una…
Identificación oficial
T 2/o-CAP 3 Fondo de trabajo, fondo de ahorro, seguro de vida militar y seguro colectivo de retiro
El Instituto pagará a los beneficiarios designados el monto de la suma asegurada que corresponda dentro de un plazo que no será menor de 15 días siguientes a la muerte del militar ni mayor de:
20 días hábiles
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En el caso de los militares fallecidos en el activo, uno de los documentos que el beneficiario deberá entregar al Instituto es la copia certificada del acta de defunción, o de ser el caso:
Orden de baja por desaparición
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Además de comprobar la muerte o desaparición del militar, mencione los 3 documentos que deberán entregar al Instituto los beneficiarios del seguro de vida en caso de militares fallecidos en el activo:
- ______________ del o de los beneficiarios
- ______________ del o de los beneficiarios
- ___________________ por la UEP correspondiente
- Solicitud de pago del o de los beneficiarios
- Identificación del o de los beneficiarios
- Certificado de último pago por la Unidad Ejecutora de Pago correspondiente