CJM L. 2/o /T. 1/o De los Delitos y de los Responsables. CAP. 1, CAP. 2, CAP. 3, CAP. 4, CAP. 5, CAP. 6 Y CAP 7 Flashcards
L 2/o-T 1/o-Cap 1
Los delitos del orden militar pueden ser:
- Intencionales
- No intencionales o de imprudencia
L 2/o-T 1/o-Cap 1
El delito que se comete con el ánimo de causar daño o de violar la ley, es de tipo:
Intencional
L 2/o-T 1/o-Cap 1
El delito que se comete por imprevisión, negligencia, impericia, falta de reflexión o de cuidado y que causa igual daño que un delito intencional, es de tipo:
Imprudencia
L 2/o-T 1/o-Cap 1
De todo imputado, ésta se presumirá mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia firme, emitida por el juez de la causa:
Inocencia
L 2/o-T 1/o-Cap 1
Para que ésta sea punible, se necesita que se consume y que no sea tan leve:
Imprudencia
L 2/o-T 1/o-Cap 2
Las infracciones que solo constituyan faltas, serán castigadas de acuerdo con lo que prevenga la:
Ordenanza o leyes que la substituyan
L 2/o-T 1/o-Cap 3
Los delitos serán punibles solo en algunos grados de ejecución:
- FALSO
- VERDADERO
FALSO
(<em><strong>serán punibles</strong></em> <u><em>en todos su grados de ejecución</em></u>)
L 2/o-T 1/o-Cap 3
Los grados del delito intencional se clasifican en 3, menciónelos:
- Conato
- Delito frustrado
- Delito consumado
L 2/o-T 1/o-Cap 3
Consiste en ejecutar uno o mas hechos encaminados directa e inmediatamente a la consumación, pero sin llegar al acto que la constituye, si esos hechos dan a conocer por sí solos o acompañados de algunos indicios cuál es el delito que el agente tenía intención de perpetuar:
Conato
L 2/o-T 1/o-Cap 3
Es aquel delito en que el agente llega hasta el último acto en que debía realizarse la consumación:
Frustrado
L 2/o-T 1/o-Cap 3
En el delito frustrado, la consumación puede no verificarse por tratarse de un delito irrealizable por imposible, porque los medios que se empleen son inadecuados o por otra causa extraña a la:
Voluntad del agente
L 2/o-T 1/o-Cap 4
Hay reincidencia siempre que el condenado por sentencia ejecutoria cometa un nuevo delito, si no ha transcurrido, desde el cumplimiento de la condena, desde que la quebrantare o desde su indulto, por gracia, un término igual al de la:
Prescripción de la pena
L 2/o-T 1/o-Cap 4
Hay acumulación, siempre que alguno es juzgado a la vez por varios delitos ejecutados en actos distintos, y aunque sean conexos entre sí, cuando no se ha pronunciado antes sentencia irrevocable y la acción para perseguirlos…
No está prescrita
L 2/o-T 1/o-Cap 5
Los que conciben un delito, resuelven cometerlo, lo preparan y ejecutan, ya sea por sí mismos o por medio de otros a quienes compelen o inducen a delinquir, abusando aquellos de su autoridad o poder son cómplices:
- FALSO
- VERDADERO
FALSO
(<em>son <strong>autores del delito</strong></em>)
L 2/o-T 1/o-Cap 5
Los que cometen un delito, por medio de otros, valiéndose de amagos o amenazas graves, de la fuerza física, de dádivas, de promesas o de culpables maquinaciones o artificios son encubridores:
- FALSO
- VERDADERO
FALSO
(<em>son <strong>autores de delito</strong></em>)
L 2/o-T 1/o-Cap 5
Los que son la causa determinante del delito, aunque no lo ejecuten por sí ni hayan preparado la ejecución y se valgan de otros medios diversos para hacer que otros los cometan, son cómplices:
- FALSO
- VERDADERO
FALSO
(<em>son <strong>autores de delito</strong></em>)