Ley del ISSFAM T. 2/o De las Prestaciones. CAP. 1 y CAP. 2 Flashcards
T 2/o-CAP 1 Generalidades
Mencione los 4 tipos de becas que se incluyen dentro de las prestaciones del ISSFAM:
- Becas y créditos de _________________________
- Beca de ___________
- Beca _________
- Beca _________
- Becas y créditos de capacitación científica y tecnológica
- Beca de manutención
- Beca escolar
- Beca especial
T 2/o-CAP 1 Generalidades
Mencione los 2 tipos de fondo que se incluyen en las prestaciones del ISSFAM:
Trabajo y de Ahorro
T 2/o-CAP 1 Generalidades
Mencione los 3 tipos de servicio que se incluyen en las prestaciones del ISSFAM:
- Turísticos
- Funerarios
- Médico integral
T 2/o-CAP 1 Generalidades
Mencione los 2 tipos de seguro que se incluyen en las prestaciones del ISSFAM:
- De vida
- Colectivo de retiro
T 2/o-CAP 1 Generalidades
La compensación es un tipo de prestación del ISSFAM:
- FALSO
- VERDADERO
VERDADERO
T 2/o-CAP 1 Generalidades
Los centros deportivos y de recreo son consideradas prestaciones del ISSFAM:
- FALSO
- VERDADERO
VERDADERO
T 2/o-CAP 1 Generalidades
Para ayudar en el desarrollo y superación a los derechohabientes, una de las prestaciones del ISSFAM incluye:
Centros de capacitación
T 2/o-CAP 1 Generalidades
En caso de muerte de un familiar del militar, éste podrá hacer uso de la siguiente prestación del ISSFAM:
Ayudas para gastos de sepelio
T 2/o-CAP 1 Generalidades
En caso de muerte del militar, los familiares del mismo podrán hacer uso de la siguiente prestación del ISSFAM:
Pagas de defunción
T 2/o-CAP 1 Generalidades
La orientación social es una prestación del ISSFAM:
- FALSO
- VERDADERO
VERDADERO
T 2/o-CAP 1 Generalidades
Las siguientes tramitarán ante el Instituto, la afiliación de su respectivo personal en situación de activo y de retiro:
Secretarias de la Defensa Nacional y de Marina
T 2/o-CAP 1 Generalidades
Afiliar a sus derechohabientes y designar a sus beneficiarios es una:
Facultad del militar
T 2/o-CAP 1 Generalidades
Mantener actualizada la afiliación de sus derechohabientes y designación de beneficiarios es una:
Obligación del militar
T 2/o-CAP 1 Generalidades
El instituto afiliará a los hijos menores del militar, con la sola presentación de copia certificada de:
Acta de nacimiento del hijo de que se trate
T 2/o-CAP 1 Generalidades
Es el mandamiento judicial una forma en que el militar afilie a su hijos menores:
- FALSO
- VERDADERO
VERDADERO
T 2/o-CAP 1 Generalidades
A fin de que puedan ejercitar los derechos que legalmente les correspondan, el Instituto expedirá a los demás beneficiarios de esta Ley una:
Cédula de identificación
T 2/o-CAP 1 Generalidades
En caso de que el beneficiario carezca de cédula de identificación, se proporcionará el servicio médico quirúrgico mediante la exhibición de una:
Constancia provisional
T 2/o-CAP 1 Generalidades
La constancia provisional que se otorga a los derechohabientes cuando carecen de la cédula de identificación será expedida por:
Instituto o Secretarias de la Defensa Nacional y de Marina
T 2/o-CAP 1 Generalidades
Para la expedición de la constancia provisional a los derechohabientes que carecen de cédula de identificación, para el Instituto y las Secretarias de defensa nacional y de marina, solo será necesario la comprobación de la:
Relación familiar
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Es la facultad que tiene el Estado y que ejerce por conducto de las Secretarías de defensa nacional y de marina para separar del activo a los militares al ocurrir alguna de las causales previstas en esta Ley:
Retiro
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Es aquella en que son colocados, mediante ordenes expresas, los militares con la suma de derechos y obligaciones que fija ésta Ley, al ejercer el Estado dicha facultad:
Situación de retiro
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Para que éstos puedan ser retirados, deberán presentar su solicitud ante las Secretarías de defensa nacional y de marina:
Militares con licencia ilimitada
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Es la prestación económica vitalicia a que tienen derecho los militares retirados en los casos y condiciones que fija ésta Ley:
Haber de retiro
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Será considerado como un solo concepto para todos los efectos legales, una vez integrado en los términos del art. 31 de ésta Ley:
Haber de retiro
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Es la prestación económica vitalicia a que tienen derecho los familiares de los militares en los casos y condiciones que fije ésta Ley:
Pensión
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Es la prestación económica a que tienen derecho los militares y sus familiares, en una sola exhibición, en los términos y condiciones que fije ésta Ley:
Compensación
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
A la siguiente prestación económica, tienen derecho los militares y sus familiares:
- Haber de retiro
- Pensión
- Compensación
- Haber de retiro
- Pensión
- Compensación
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
La siguiente prestación económica, no tiene carácter de vitalicia:
- Haber de retiro
- Pensión
- Compensación
- Haber de retiro
- Pensión
- Compensación
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Los militares que encontrándose en situación de activo, pasen a la de retiro por órdenes expresas de las Secretarias de defensa nacional y de marina, ¿a qué prestaciones económicas tienen derecho?
Haber de retiro o compensación
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Los familiares de los militares que fallezcan en activo o estando en situación de retiro, siempre que en éste último caso se les haya concedido haber de retiro o no hayan cobrado la compensación acordada, ¿a qué prestación económica tienen derecho?
Pensión
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Los familiares de los militares que fallecieron en situación de retiro y que solo se les pago la compensación, tienen derecho a recibir pensión:
- FALSO
- VERDADERO
FALSO
(<em>al fallecer en situación de retiro, éstos o sus familiares <strong>no debieron cobrar la compensación</strong></em>)
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Solo tendrán derecho a las prestaciones de haber de retiro, pensión o compensación, en caso de haber sido incapacitados en actos del servicio o a consecuencia de ellos y los familiares de los que mueran en las mismas circunstancias, los miembros de los:
Cuerpos de defensas rurales
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Fuera de los casos de incapacidad o muerte en actos del servicio, los miembros de los Cuerpos de defensas rurales solo tendrán derecho a las prestaciones o estímulos que se establezcan en los términos del artículo 121 de la:
Ley Orgánica del Ejército y F.A.M.
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Tienen derecho a las prestaciones de haber de retiro, pensión y/o compensación según corresponda, los soldados, marineros y cabos, siempre y cuando:
No sean reenganchados y pasen a la reserva
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Por no ser necesarios sus servicios o al término de su contrato y hayan sido separados del activo por órdenes expresas de la Secretaria de origen, tienen derecho a las prestaciones de haber de retiro, pensión y/o compensación según corresponda el personal de la:
Milicia auxiliar
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
El haber de retiro, la compensación así como la pensión, se cubrirán con cargo al:
Erario federal
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
La cuantía del haber de retiro y de la pensión, tal como la estén percibiendo los beneficiarios, se incrementará al mismo tiempo y en igual proporción en que aumenten los:
Haberes de los militares en activo
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Mencione las 4 causas de retiro:
- Edad límite
- Incapacidad (en cualquiera de sus modalidades)
- Imposibilidad
- Solicitud
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Quedar incapacitado en acción de armas o como consecuencia de las lesiones recibidas en ellas, se considera causa de retiro:
- FALSO
- VERDADERO
VERDADERO
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
La incapacidad que se produzca al trasladarse el militar directamente de su domicilio al lugar donde preste sus servicios, así como el retorno directo de éste a su domicilio particular, es una causa de retiro en actos fuera del servicio:
- FALSO
- VERDADERO
FALSO
(<em>se considera en <strong>actos del servicio</strong></em>)
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Quedar incapacitado en actos fuera del servicio es una causa de retiro:
- FALSO
- VERDADERO
VERDADERO
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Es una causa de retiro, estar imposibilitado para el desempeño de las obligaciones militares, por enfermedad que dure:
Más de 6 meses
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Antes de ser retirados por enfermedad que imposibilite al militar más de 6 meses, los Secretarios de defensa nacional y de marina, podrán prorrogar este plazo hasta por:
3 meses más
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
La prorroga de 3 meses más que pueden hacer los Secretarios de defensa nacional y de marina en los casos de imposibilidad por enfermedad de más de 6 meses, será con base en el dictamen expedido por:
2 Médicos militares o navales en el activo
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Solicitar su retiro es una causa de éste, después de haber prestado por lo menos:
20 años de servicio
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Los individuos de tropa podrán permanecer en el activo hasta la edad límite de:
50 años
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Los oficiales podrán permanecer en el activo hasta la edad límite de:
51 a 54 años
(<em>a partir de <strong>Subtte. a Cap. 1/o</strong></em>)
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Los jefes podrán permanecer en el activo hasta la edad límite de:
56 a 60 años
(<em>a partir de Myr. a Coronel, con <strong>aumento de 2 años por grado</strong></em>)
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Los generales podrán permanecer en el activo hasta la edad límite de:
61 a 65 años
(<em>a partir de Gral. Brig. a División, con <strong>aumentos de 2 años por grado</strong></em>)
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Mencione los 6 tipos de militares que no obstante haber llegado a la edad límite, podrán continuar en el activo hasta por 5 años más, cuando las Secretarias de defensa nacional y de marina así lo estimen necesario:
(👹<strong>D</strong>emonios <strong>M</strong>i<strong>L</strong>i<strong>T</strong>ar<strong>ES</strong>💂🏻)
- _________
- _________
- Militares con _________________
- Técnicos
- Especialistas
- Servidores domésticos de instalaciones militares
(<span>👹<strong>D</strong></span>emonios <span><strong>M</strong></span>i<span><strong>L</strong></span>iTarES<span>💂🏻</span>)
- D.E.M.
- Mecánicos
- Militares con Licenciatura o superior
- Técnicos
- Especialistas
- Servidores domésticos de instalaciones militares
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Mencione los 6 tipos de militares que no obstante haber llegado a la edad límite, podrán continuar en el activo hasta por 5 años más, cuando las Secretarias de defensa nacional y de marina así lo estimen necesario:
(👹<strong>D</strong>emonios <strong>M</strong>i<strong>L</strong>i<strong>T</strong>ar<strong>ES</strong>💂🏻)
- D.E.M.
- Mecánicos
- Militares con Licenciatura o superior
- _________
- _________
- ___________________ de instalaciones militares
(<span>👹</span>Demonios MiLi<span><strong>T</strong></span>ar<span><strong>ES</strong>💂🏻</span>)
- D.E.M.
- Mecánicos
- Militares con Licenciatura o superior
- Técnicos
- Especialistas
- Servidores domésticos de instalaciones militares
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
No obstante de existir una causa de retiro, los generales procedentes de las Armas del ejército, de la Fuerza Aérea y los Almirantes de la Armada, ¿cuántas veces podrán ser retenidos en el activo?
Una sola vez
(<em>mediante <strong>acuerdo presidencial</strong></em>)
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Los militares que por resolución definitiva pasen a situación de retiro, ascenderán al grado inmediato únicamente para ese fin y para el:
Cálculo del beneficio económico correspondiente
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Para que los militares se retiren con 20 años de servicio y puedan ascender al grado inmediato superior, ¿cuantos años deberán tener en el grado?
10 años
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Para que los militares se retiren con 40 años de servicio y puedan ascender al grado inmediato superior, ¿cuantos años deberán tener en el grado?
3 años
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Para que los militares se retiren con 24 años de servicio y puedan ascender al grado inmediato superior, ¿cuantos años deberán tener en el grado?
8 años
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Para que los militares se retiren con 30 años de servicio y puedan ascender al grado inmediato superior, ¿cuantos años deberán tener en el grado?
5 años
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
El Sgto. 1/o Oficinista. Juan Pérez, se fue de retiro como Subtte. Oficinista. a los 22 años de servicio, por lo menos, ¿cuantos años debió haber estado en el grado de Sgto. 1/o para tener derecho a retirarse como Subtte. Oficinista?
9 años
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
El Cor. M.C. Narciso Aguilar, se fue de retiro como Gral. Brig. a los 35 años de servicio, por lo menos, ¿cuantos años debió haber estado en el grado de Coronel para tener derecho a retirarse como General Brigadier?
4 años
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Los militares que ostenten el grado máximo en un servicio o especialidad que sea inferior al de general de división, podrán ascender al grado inmediato en el activo:
- FALSO
- VERDADERO
FALSO
(<em>será únicamente para <strong>efectos de retiro</strong></em>)
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Los militares que ostenten el grado máximo en un servicio o especialidad y hayan ascendido al grado inmediato superior para efectos de retiro, si los haberes que presupuestalmente percibe en el activo son mayores que los que percibirá en el nuevo grado para efectos de retiro, éstos se calcularán con base en los:
Haberes del grado anterior
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Cuando fallezca el militar en situación de activo y hubiera satisfecho los requisitos de tiempo de servicios y de tiempo en el grado, sus familiares tendrán derecho a que, para el calculo de su beneficio, se tome en cuanta el haber al que hubiere tenido derecho al:
Ascender el militar para efectos de retiro
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
En los términos de las disposiciones reglamentarias, los militares retirados y los pensionistas tendrán obligación de pasar:
Revista de supervivencia
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Los siguientes grados quedan exceptuados de la obligación de pasar revista de supervivencia:
- ___________________ del Ejército y F.A.
- ___________________ de la Armada de México
- Generales y Jefes del Ejército y F.A.
- Almirantes y Capitanes de la Armada de México
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Mencione las 2 situaciones en que los militares retirados podrán volver al activo:
- Curación definitiva de enfermedad que duro >6 meses
- Necesidades de la nación
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Los militares retirados podrán volver al activo cuando hayan sido retirados por enfermedad que duró más de 6 meses, y logren su curación definitiva siempre que la enfermedad hubiere sido contraída en:
Campaña o en actos del servicio
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Al lograr la curación definitiva de la enfermedad que duro más de 6 meses, los militares retirados deberán comprobar aquella con dictámenes expedidos por:
Médicos militares o navales en servicio activo
(<em>designados por las Secretarias de <strong>defensa nacional y de marina</strong></em>)
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Los militares que hayan sido retirados por enfermedad que duró más de 6 meses y tengan derecho de volver al activo, aquellos podrán hacerlo siempre que no adquieran otra:
Nacionalidad
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Los militares que hayan vuelto al activo después de curación definitiva de una enfermedad que duro más de 6 meses, volverán a la situación de retiro sin necesidad de que sobrevenga una nueva causa de retiro:
- FALSO
- VERDADERO
FALSO
(<em>se tramitará su retiro <strong>al ocurrir una nueva causal de retiro</strong></em>)
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Los militares retirados podrán volver al activo, cuando las necesidades de la nación lo exijan, requiriéndose para ello acuerdo suscrito por el:
Presidente de la República
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Los militares que vuelven al activo por necesidades de la nación, al desaparecer ésta necesidad, los militares podrán continuar en el activo:
- FALSO
- VERDADERO
FALSO
(<em>volverán a la <strong>situación de retiro</strong></em>)
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Los militares que vuelven al activo por necesidades de la nación, al desaparecer ésta necesidad, los militares volverán a la situación de retiro al ocurrir una nueva causal de retiro:
- FALSO
- VERDADERO
FALSO
(<em>volverán al retiro <strong>sin necesidad de que sobrevenga una nueva causa de retiro</strong></em>)
T 2/o-CAP 2 Retiro, compensación y muerte del militar
Siempre que por cualquier motivo el militar retirado vuelva al activo, le corresponderá el grado que le fue conferido para efectos de retiro:
- FALSO
- VERDADERO
FALSO
(<em>le corresponderá el <strong>último grado que ostentó antes de retirarse</strong></em>)