TEMA 9: DOMICILIO Y RESIDENCIA Flashcards
domicilio
- El domicilio se considera una sede jurídica de la persona,
- según el artículo 40 del CC, “para el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones la sede jurídica de las personas físicas será la de su residencia habitual, y en su caso el que determine la LEC.”
- lugar de residencia habitual
LAS FUNCIONES DEL DOMICILIO SON:
- Determina el cumplimiento de las obligaciones, el ejercicio de derechos
- Adquirir la nacionalidad y recuperación
- La vecindad civil
- Situación de ausencia
- Determina el juez competente
- CLASES DE DOMICILIO:
- Voluntario
- Legal
- Efectivo o convencional
- CLASES DE DOMICILIO:
A) VOLUNTARIO
- La residencia habitual, escogida por cada persona libremente.
- La elección viene determinada por:
la permanencia (hecho físico) + la voluntad de mantenerse en el lugar - Está recogido en la Constitución en el:
art. 19> derecho fundamental elegir libremente la residencia
art 18.2> inviolable
- CLASES DE DOMICILIO:
B) LEGAL
La ley de enjuiciamiento civil determina cuál es, a efectos legales, el lugar de localización jurídica de las determinadas Personas.
Para los menores de edad, es un domicilio legal porque la ley determina que su domicilio sera él que eligen los padres (en general).
- CLASES DE DOMICILIO:
C) EFECTIVO O CONVENCIONAL
Es el que se fija, a los efectos de que un determinado negocio jurídico sea desarrollado o para la determinación dela competencia judicial de los tribunales.
Esta elección viene dada por la voluntad de las personas implicadas en el concreto acto.
normativa sede electronica
- 40/2015 Ley de Regimen Juridico del Sector Publico
- Real Decreto 203/2021 por lo cual se apruebe el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
¿Qué es la sede electrónica según la Ley 40 2015?
Artículo 38. “La sede electrónica es aquella dirección electrónica, disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones, cuya titularidad corresponde a una Administración Pública, o bien a una o varios organismos públicos o entidades de Derecho Público en el ejercicio de sus competencias”
Que se puede hacer con la sede electronica?
- A través de la sede electrónica el ciudadano pueden acceder a información y a los servicios de trámites electrónicos
- Pagina de la autoridad en la que se recoge todos los portales de la administracion en que la persona puede acceder a sus informaciones.
- Este sitio tiene que ser actualizado es una obligacion de la autoridad.
- La sede electrónica es accesible a través de internet y establece comunicaciones seguras.
Diferencia: Sede electronica VS portal de internet
- el titular de la Sede Electronica asume la responsabilidad de respecto de la integridad, veracidad y actualización de la información y los servicios
a los que puede accederse a través de esta herramienta - Eso supone que si una persona sufre una lesión o perjuicio como consecuencia podrá exigir a la Administración Pública responsabilidad patrimonial mediante procedimiento legalmente establecido.
La ausencia concepto
- es aquella figura jurídica en la que se atiende a la situación de la persona que no está presente y respecto de la cual se carece de cualquier tipo de noticia, con la consecuente incertidumbre sobre su propia subsistencia
- Por medio de la ausencia, el OJ toma medidas para resolver los problemas que puedan derivarse de esta situación, en las relaciones jurídicas de las que la persona ausente forma parte.
El Código Civil distingue hasta tres fases legales diferentes de ausencia
- DESAPARICIÓN: (art. 181 CC): defensor judicial
- DECLARACIÓN DE AUSENCIA: (Art. 183 a 192 CC): representante legal
- DECLARACIÓN DE FALLECIMIENTO: (Art. 193 a 197 CC)
Fases de la ausencia procedimiento general
Se harán constar en el Registro Civil art. 198 CC
Fases de la ausencia: DESAPARICIÓN: (art. 181 CC)
Una persona se considera desaparecida cuando se ha ausentado de su domicilio o del lugar de su última residencia sin haberse tenido más noticias de ella
Fases de la ausencia: desaparicion: procedimiento
- Nombramiento de un defensor judicial del desaparecido
- mediante un procedimiento de jurisdicción voluntaria y por decisión del Secretario judicial