TEMA 9: CUESTIONES GENERALES SOBRE LA TIPICIDAD Flashcards
La tipicidad consiste en estos dos pasos:
- juicio de subsunción que requiere comprobar que en el suceso se dan los elementos contenidos en el tipo penal.
- los distintos elementos dependen de la estructura que presentan los diferentes tipos penales
tipo penal basicamente
El tipo penal describe los elementos objetivos y subjetivos que dan lugar a la infracción de la norma. A golpea B la cabeza y mata: esos elementos corresponden con la norma penal (desvalor de acción y de resultado).*
- CLASES DE ESTRUCTURAS TÍPICAS BÁSICAS:
A) SEGÚN LA NATURALEZA DE LA NORMA, Delitos de comisión y de omisión
B) POR LA RELACIÓN SUBJETIVA DEL AUTOR CON SU HECHO, Delitos dolosos e imprudentes
C) POR LA CSQ DEL COMPORTAMIENTO TIPICO SOBRE EL MUNDO, Delitos de resultado y de simple actividad
D) POR EL EFECTO SOBRE EL BIEN JURÍDICO: Delitos de lesión y de peligro
E) POR LA DESCRIPCION TIPICA: Delitos resultativos y determinados
F) POR LAS CONDICIONES EXIGIDAS PARA SER AUTOR: Delitos comunes y especiales
Elementos descriptivos de delitos penales
- Su significado se deduce de juicios de la experiencia (“golpear”, “encerrar”, “salud”). Hacen referencia a realidades perceptibles por los sentidos, y que se pueden constatar empíricamente.
- Delito de robo con fuerza – en la detallada descripción del robo con fuerza aparecen elementos como ‘la fractura de la puerta o ventana’
Elementos normativos de tipos penales
requieren valoraciones sociales (exhibicionismo obsceno art. 185, ‘fama y autoestima’ art. 208) o jurídicas (integridad moral art.173, actos de carácter sexual art.183). Realidades que escapan a la percepción sensorial y para su constatación hay que hacer una valoración jurídica o social.
Elementos esenciales de tipos penales
- de aquellos depende la existencia del delito (“matar a otro”). Es el hecho constitutivo de delito
- Delito de prostitución no coercitiva: la condición esencial es que el sujeto pasivo sea menor de 18. si no no seria un delito
Elementos accidentales de tipos penales
de estas circunstancias depende la mayor (alevosía, ensañamiento) o menor gravedad (liberar a un detenido antes de 3 días). Existe dos clases:
- Típicos
- No tipicos
Elementos accidentales de tipos penales; tipicos
agravan o atenúan las penas de delitos de la Parte Especial del CP (tipos cualificados o privilegiados – especial significación para su injusticia o culpabilidad)
Elementos accidentales de tipos penales; no tipicos
(‘circunstancias’): se recogen en la Parte General del CP como atenuantes o agravantes o con carácter atenuante o agravante (dentro de un catálogo de circunstancias genéricas que en principio pueden resultar aplicables a cualquier delito).
POR LA DESCRIPCION TIPICA: Delitos resultativos
- cualquier modo de realizar la acción (de causar el resultado) consuma el tipo penal. El tipo penal se compone sólo de una conducta y su correspondiente resultado, sin precisar ninguna otra circunstancia.
- Delito de lesiones – expresamente la ley se refiere al que ‘por cualquier medio o procedimiento causare a otro una lesión’.
POR LA DESCRIPCION TIPICA: Delitos determinados
- la ley define unas circunstancias relacionadas con el modo de ejecución, tiempo o lugar que circunscriben la conducta típica.
- Delito de ofensa de los sentimientos religiosos: requisito de que los actos de profanación se realicen en el templo (el acto no será típico si se ejecuta fuera de los lugares establecidos por la ley).
POR LAS CONSECUENCIAS QUE EL COMPORTAMIENTO TÍPICO PRODUCE: Delitos de resultado
- Tipos de resultado: requieren la producción de un efecto separable temporalmente de la acción (de la conducta típica se deriva un resultado material). El resultado consuma el delito.
- Ejemplos: Delito de lesiones – el tipo exige que como consecuencia de la acción de lesionar se produzca un menoscabo de la integridad corporal o de la salud de la víctima.
- instantaneo, permanente, de estado
Tipos de resultado: Instantáneo
- se consume en el momento en que se produce el resultado.
- Ejemplo: homicidio – hasta que no se produce la muerte (resultado), si la persona se ha quedado en coma por la acción, el delito es tentativa de homicidio; en el momento en el que muere ya sí es homicidio.
Tipos de resultado: Permanente
- la consumación se mantiene y se renueva durante todo el tiempo que dura la situación antijurídica.
- Ejemplo: delito de detención ilegal – desde que se secuestra al empresario, hasta que se suelta, hay una situación antijurídica que se mantiene y renueva; el delito no se consuma hasta que no cesa la situación antijurídica (hasta que se libera al secuestrado).
Tipos de resultado: De estado
- no se mantiene en el tiempo su consumación; se consuma en el momento en que se crea la situación antijurídica. Hay también situaciones antijurídicas pero el delito solo pasa al pasar en el estado:
- Para un segundo matrimonio no pasa durante los 30 años de doble vida sino al contraer el matrimonio