TEMA 20 Y 21: LA CULPABILIDAD Flashcards
Concepto de la culpabilidad
Juicio de atribución personal para ver si se puede atribuir el hecho ilícito (típico y antijurídico) a quien lo ha realizado (autor o partícipes). En definitiva, atribución del hecho antijurídico al autor o partícipes
Fundamento de la culpabilidad
- El fundamento NO es retributivo: libertad de voluntad – que se reprocha al autor libre haber actuado en contra del Derecho (antijuridicamente).
- El fundamento es preventivo: motivilidad del autor por la norma que atribuye al autor motivable su actuación en contra del Derecho (antijurídica)
- 1) Presupuesto normativo
- 2) Es un juicio de atribución del hecho
Fundamento de la culpabilidad: 1) Presupuesto normativo
(no ontológico) va más allá de la relación psíquica entre autor y hecho, el dolo subsiste en la mayoría de causas de exclusión de la culpabilidad. La norma penal se propone prevenir delitos ‘motivando’ en contra de su realización con ayuda de la pena y SOLO respecto de personas motivables (culpables).
Fundamento de la culpabilidad: 2) Es un juicio de atribución del hecho
sólo deben tenerse en cuenta los factores vinculados al propio hecho, no a la personalidad global del autor (el reproche no puede basarse en su personalidad, actitud o antecedentes).
Fundamento preventivo de la culpabilidad
- Capacidad de acceder al mensaje normativo (comprender, conocer…).
- Capacidad de dejarse motivar por él en condiciones de normalidad psíquica o situacional.
- Implica análisis subjetivo, personalizado de las condiciones de acceso al mensaje contenido en las normas penales y de comportarse de acuerdo con él.
Elementos de la culpabilidad: REQUISITOS CAUSAS DE EXCLUSIÓN
- Imputabilidad → Causas de inimputabilidad
- Conciencia potencial de la antijuricidad → Error de prohibición
- Exigibilidad de una conducta distinta → Miedo insuperable
Interpretacion de la culpabilidad por el CP
El CP formula la culpabilidad en términos negativos: a través de la enumeración de las causas que la excluyen y que impiden atribuir el hecho declarado ilícito a su autor.
Concepto de la imputabilidad: def
La imputabilidad es la capacidad general de motivarse por la norma en el caso concreto. Incluye:
- Un elemento intelectivo ⇒ comprender la ilicitud del hecho y tener conciencia de la realidad
- Un elemento volitivo ⇒ Actuar conforme a esa comprensión y esa conciencia
Concepto de la imputabilidad legal
- La imputabilidad legal NO depende de un juicio libre del juez, sino que descansa sobre supuestos enumerados legalmente.
- Hay dos condiciones:
- Afirmar que concurre en el sujeto una de las alteraciones psíquicas definidas en el art 20 CP.
- Comprobar el efecto producido sobre su capacidad de respuesta a los mandatos normativos: impiden la comprensión de la ilicitud o la dirección del comportamiento.
Concepto de impunibilidad: expertos
- Las decisiones sobre imputabilidad son juicios complejos, por lo cual se necesita el conocimiento de expertos para fijar el grado de accesibilidad a la norma y la capacidad de autocontrol (cooperación jueces y peritos forenses).
- Estos grados son los siguientes:
– Eximente completa: NO tiene pena
– Eximente incompleta
– Atenuante por analogía
Medidas de seguridad:
- Objectivo: Instrumento para tratar los casos de inimputabilidad y semiimputabilidad.
- Función alternativa o complementaria a la pena.
- Fines: preventivo-especiales (terapéuticos, educativos o asistenciales, para rehabilitar).
- Requisitos:
– existencia de una peligrosidad
– previsibilidad de reincidencia futura criminal que se manifieste en la comisión de un delito.
Causas de la imputabilidad: concepto
Supuestos de exención de responsabilidad criminal que se consideran susceptibles de anular la capacidad de comprensión o autodeterminación personal:
Causas de la imputabilidad: Anomalías psíquicas o alteraciones mentales
- Enfermedad mental o ‘psicosis’
- Anomalias psiquicas
- Oligofrenias
Enfermedad mental o ‘psicosis’
Una enfermedad mental es un trastorno mental que suponen una desorganización profunda de la personalidad, alteraciones del juicio crítico y de la relación con la realidad, trastornos del pensamiento, ideas delirantes, perturbaciones de la sensopercepción. La enfermedad puede ser de origen endógeno y exógeno.
Enfermedad mental o ‘psicosis’: → de origen endógeno:
- son las más graves. Nacidas sin influencia externa, en el interior del sujeto.
- Psicosis esquizofrénica
- Psicosis maníaco-depresivas
- Epilepsias
- Psicosis esquizofrénica
trastorno con escisión en la estructura de la personalidad. En ocasiones, hay funciones psíquicas que no reconoce como suyas y las atribuye a fenómenos extraños a su persona que le impulsan a actuar de determinada forma. Los brotes episódicos y las demencias residuales son decisivos para apreciar la plena inimputabilidad, si la voluntad queda anulada.
- Psicosis maníaco-depresivas
enfermedades de carácter permanente y carácter hereditario y constitucional. Profundas oscilaciones del estado de ánimo y la afectividad; estados alternos y encontrados de depresión y euforia. Normalmente, sólo son relevantes en relación a la fase maníaca (muy violenta): son incapaces de inhibir sus actos.
Epilepsias
- variable el efecto, porque tiene múltiples manifestaciones.
- Las más graves son la epilepsia genuina (‘gran mal’), que conllevan las ‘crisis convulsivas’, acompañadas de pérdida del conocimiento y amnesia.
- También las fases previas (‘auras’) o posteriores (‘estados crepusculares’, vinculados a delitos crueles de sangre). ‘Ausencias’, ‘furor epiléptico’…
- Alteran las posibilidades de control de quien actúa. Otras veces, tendrá que ver con la pérdida de control en el desarrollo de alguna actividad peligrosa (como conducir).
- NO se reconocen efectos a los estados ‘inter críticos’ o ‘larvados’ salvo que se acompañen de estímulos externos que los potencien (alcohol) o cuando la repetición de ataques ocasione un deterioro cerebral residual grave.
Enfermedad mental o ‘psicosis’: → de origen exógeno:
- la causa determinante procede del exterior.
- Psicosis tóxicas: consecuencia de una drogadicción o embriaguez patológicas generadoras de un estado de demencia
- Psicosis traumáticas: por lesiones craneales a causa de golpes
- Psicosis infecciosas: sifilíticas o paralíticas
- Psicosis orgánicas: tumores cerebrales, trastornos metabólicos, Alzheimer
Causas de la imputabilidad: Anomalias psiquicas
- Escapan a la idea de enfermedad y al concepto típico de alteración mental. Son la ‘zona oscura o de inseguridad de la imputabilidad’.
- Psicopatías
- Neurosis
- Otros trastornos psíquicos graves de los impulsos o de los instintos
Anomalias psiquicas: Psicopatías
- trastornos de la personalidad / del carácter o la afectividad; las personalidades psicopáticas o sociopáticas
- Suponen la afectación permanente de funciones de intuitividad, afectividad… que pueden suponer una disminución de su capacidad de autodeterminación.
- Los tribunales reconocen efectos relevantes para la imputabilidad cuando alcanzan profunda gravedad o aparecen asociadas con anomalías orgánicas o psíquicas potenciadoras.
- No obstante, hay resistencia judicial porque el sujeto, aunque esforzadamente, es capaz de rechazar la inclinación que le asedia. Es más bien un dilema entre culpabilidad y prevención general (tienen conductas muy peligrosas). La solución es un atenuante por analogía.