TEMA 23: LOS CONCURSOS Flashcards
Concepto de concurso:
Un concurso es cuando se indica concurrencia de tipos penales a la vista de un determinado supuesto de hecho y un solo autor.
Clases de concurso
→ Concurso de normas: UN tipo penal capta todo el desvalor del hecho, prevalece y desplaza a los demás.
→ Concurso de delitos: VARIOS tipos penales requieren la aplicación conjunta de todos los tipos concurrentes para captar el desvalor total del hecho (formas de comisión, bienes jurídicos afectados…).
- EL CONCURSO DE NORMAS: CONCEPTO ¿Cuál es la que prevalece?
- Principio de especialidad:
- Principio de subsidiariedad:
- Principio de consunción:
- Principio de alternatividad:
- Principio de especialidad:
El precepto especial contiene todos los elementos del general y alguno más que prevalece sobre él.
- Principio de subsidiariedad:
El precepto subsidiario se aplica sólo en defecto del principal.
- Principio de consunción:
El precepto más complejo absorbe a los más simples que están contenidos en él.
- Principio de alternatividad:
El precepto penal más grave desplaza al que tiene fijado una pena menor. En defecto de los anteriores.
EL CONCURSO DE NORMAS: REGLAS DE SOLUCIÓN
posicion sistematica
Momento de la subsunción típica para decidir cuál de los tipos concurrentes prevalece y desplaza a los demás.
El concurso de delitos: concepto, posicion sistematica
- Concepto: al autor de un supuesto de hecho se atribuyen una pluralidad de tipos penales.
- Posición sistemática: momento de subsunción típica a partir del supuesto de hecho
El concurso de delitos: criterios de valoración: 1. Hay concurso de delitos
si: son varios los BJ afectados (no valorados conjuntamente). Hay excepciones: en la violación y en lesiones, el BJ es el mismo, pero hay concurso de delitos.
El concurso de delitos: criterios de valoración: 2. NO hay concurso de delitos si
▪ existe unidad típica en ‘delitos compuestos
▪ o ‘unidad de acción’ por unidad de significado y conexión espacio temporal
▪ o por la naturaleza del delito (secuestro)
▪ Hay concurso de normas.
▪ El delito continuado:
El concurso de delitos: criterios de valoración: 2. NO hay concurso de delitos si ▪ o por la naturaleza del delito (secuestro)
- delitos permanentes;
- delitos en los que la habitualidad es un elemento esencial;
- delitos que incluyen conceptos globales
El concurso de delitos: criterios de valoración: 2. NO hay concurso de delitos si ▪ el delito continuado
la lesión reiterada del mismo precepto o de preceptos distintos a través de una pluralidad de acciones realizadas en ejecución de un plan preconcebido o aprovechando idéntica ocasión, es una única infracción.
El concurso de delitos: clases:
- El concurso de delitos: clases
- Una SOLA acción ⇒ Concurso ideal de delitos
- VARIAS acciones
- Sucesivas sin dolo unitario de enlace (sin relación medio/fin) ⇒ Concurso real de delitos
- Unidas por una relación medio/fin ⇒ Concurso medial de delitos
El concurso ideal de delitos: unidad de hecho y pluralidad de infracciones
- Un solo hecho constituye dos o más delitos: Homogéneo: son delitos de la misma naturaleza (varias muertes) + Heterogéneo: son delitos de distinta naturaleza (varias muertes y daños).
- Solución legal: pena del delito más grave en su mitad superior salvo que beneficie castigar por separado (principio de absorción agravada).
El concurso medial de delitos y su régimen legal.
- Un delito es medio necesario para cometer otro, a partir de un dolo unitario: Unidad de intención +
Relación medio/fin: imprescriptible - Solución legal: reglas penológicas especiales que no coinciden con las penas del concurso ideal y tienen que ser menos graves que las del concurso real de delitos.
El concurso real de delitos:
- Varios hechos dan lugar a varios delitos contra BJ iguales o distintos.
- Régimen legal: principio de acumulación material (suma de penas):
- Cumplimiento simultáneo o sucesivo, según su orden de gravedad
- Límites:
General: triple del tiempo de la pena más grave no superior a 20 años + Excepcional: de 25 a 40 años o pena de prisión permanente revisable.
- Límites:
Concurso real de delitos con continuidad delictiva
- Pluralidad de hechos (acciones u omisiones) que ofenden a uno o varios sujetos.
- Unidad de dolo:
- Ejecutando un plan preconcebido
- O aprovechando idéntica ocasión
- Infracción de un mismo precepto penal o de semejante naturaleza que no afectan a bienes eminentemente personales salvo honor o libertad sexual
Delito continuado
- Es un caso de concurso real homogéneo tratado como un supuesto de unidad delictiva. En los delitos sexuales la condición es que afecten al mismo sujeto pasivo.
- Penalidad: pena del delito más grave en su mitad superior o hasta la pena superior en grado en su mitad inferior.
Delito masa
- Se incluyen en el ámbito de la continuidad delictiva los supuestos de delito masa, cuya característica es la indiferenciación de los sujetos perjudicado (estafas, fraudes colectivos…).
- Penalidad: según gravedad, podrá imponerse hasta la pena superior en dos grados.