GII T10 PROCEDIM ADMVO Flashcards
1a El procedimiento administrativo. CONCEPTO
LPAC Art1 CONJUNTO ORDENADO DE TRÁMITES y actuaciones formalmente realizadas, según el cauce legalmente previsto, para dictar un acto administrativo o expresar la VOLUNTAD DE LA ADMINISTRACIÓN
La forma en que han de producirse los actos administrativos
Consecuencia de los pasos y resultados obtenidos se forma un EXPEDIENTE, en el que figuran los diferentes documentos generados
COMPETENCIA EXCLUSIVA DEL ESTADO la fijación de las bases del procedimiento administrativo común
1b El procedimiento administrativo. NATURALEZA
NATURALEZA JURÍDICA FORMAL. Combinación de actos cuyos efectos están causalmente vinculados entre sí.
Elemento indispensable para la validez de los actos administrativos. Artículo 47.1 e) de la LPAC determina la nulidad de pleno derecho de los actos dictados prescindiendo del procedimiento legalmente establecido
Procedimiento administrativo cumple una triple finalidad:
1.satisfacción a las necesidades colectivas de forma rápida, ágil y flexible (principio de eficacia)
2.-garantía de los derechos de los ciudadanos frente a las prerrogativas de la Administración
3.-Hacer posible la participación de los administrados
1c El procedimiento administrativo. CARACTERIZACIÓN (PRINCIPIOS)
INCIPARGRIMPUOR
a) PRINCIPIO INQUISITIVO AP incoar de oficio el procedimiento (artículo 58), debe impulsarlo y darle celeridad
b) PRINCIPIO DE CONTRADICCIÓN toda persona interesada pueda defender sus derechos, aportando las pruebas
c) PRINCIPIO DE IGUALDAD
d) PRINCIPIO DE PARTICIPACIÓN en el ejercicio de la potestad administrativa:
pactos entre la Administración actuante y los interesados
e) PRINCIPIO DE GRATUIDAD
f) PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD
g) PRINCIPIO DE PUBLICIDAD: Garantiza la transparencia de la acción administrativa,
h) PRINCIPIOS DE ORDEN Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA: Son consecuencia del principio de eficacia
2 Interesados
LPAC TIT1, Arts 3 a 12
CAP 1. CAPACIDAD DE OBRAR Y CONCEPTO DE INTERESADOS (3-8)
Art4 Interesados: quienes promuevan; ostenten derechos; resulten afectados
Art3. Cap de obrar: pers físicas o jurídicas; menores de edad con actuación permitida; grupos de afectados, entid sin pers jurídica
Art 5. Actuar por medio de representante
Art 7 Pluralidad interesados. El designado o el que esté en primer término
CAP2 IDENTIFICACIÓN Y FIRMA DE INTERESADOS (9-12)
LPAC generaliza el uso de medios electrónicos. Registro electrónico general de apoderamientos. Derecho y la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones públicas. Supuestos obligatorios: Las personas jurídicas; Las entidades sin personalidad jurídica; Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración; Los empleados de las AAPP
ART 53. DERECHOS DEL INTERESADO EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO:
conocer el estado de la tramitación; identificar a las autoridades; no presentar documentos originales; no presentar datos y documentos no exigidos; formular alegaciones; orientación acerca de los requisitos jurídicos; A actuar asistidos de asesor; A cumplir las obligaciones de pago a través de los medios electrónicos; Cualesquiera otros que les reconozcan la Constitución y las leyes
3a La actividad de las Administraciones Públicas. NORMAS GENERALES DE ACTUACIÓN
ART 13 DERECHOS DE LOS CIUDADANOS ANTE LAS AAPP
a) A comunicarse con las Administraciones Públicas a través de un Punto de Acceso General electrónico de la Administración.
b) A ser asistidos en el uso de medios electrónicos
c) A utilizar las lenguas oficiales.
d) Al acceso a la información pública, archivos y registros.
e) A ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y empleados públicos,.
f) A exigir las responsabilidades de las AAPP
g) utilización de los medios de identificación y firma electrónica
h) A la protección de datos de carácter personal
i) Cualesquiera otros que les reconozcan la Constitución y las leyes
EL ARTÍCULO 21 DE LA LPAC REGULA LA OBLIGACIÓN DE RESOLVER
3b La actividad de las Administraciones Públicas. TÉRMINOS Y PLAZOS
ART 30 CÓMPUTO DE PLAZOS. Si los plazos se expresan en horas, se entiende que estas son hábiles. Si los plazos se expresan en días, se entiende que estos son hábiles
ART 31 CÓMPUTO DE PLAZOS EN LOS REGISTROS. funcionamiento del registro electrónico permitirá la presentación de documentos todos los días del año durante las veinticuatro horas
ART 21, el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa no podrá exceder de seis meses salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor o así venga previsto en el Derecho de la Unión Europea. Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
ART 22. supuestos en los cuales el transcurso del plazo máximo legal para resolver un procedimiento y notificar la resolución se podrá suspender
SILENCIO ADMINISTRATIVO supone el incumplimiento por parte de la Administración de la obligación de resolver mediante resolución expresa todos los procedimientos y produce los siguientes efectos: si a solicitud del interesado (art. 24 LPAC), éste podrá entender ESTIMADA SU PRETENSIÓN. Si afecta a facultades relativas al dominio público o al servicio público, impliquen actividades que puedan MA, procedimiento de responsabilidad patrimonial o de procedimientos de impugnación; el silencio tendrá EFECTO DESESTIMATORIO
4a El procedimiento administrativo común. DISPOSICIONES
INICIACIÓN (artículos 54 al 69 LPAC) de oficio o a instancia del particular. Contenido solicitud: nombre, medio electrónico, hechos, lugar, firma, órgano al que se dirige
ORDENACIÓN (artículos 70 a 74 LPAC)
Actos de impulso: desarrollándose a resolución final
Actos resolutorios: Son actos no finales pero que se pronuncian sobre determinados trámites procedimentales internos
Actos de comunicación: relacionan a los que deben aportar algo relevante para el mismo.
Actos de intimación: acciones trascendentales
Actos de documentación: Son las certificaciones expedidas a la vista del contenido del procedimiento
Actos de tramitación de responsabilidad: los interesados alegan defectos de tramitación
INSTRUCCIÓN (artículos 75 a 83 LPAC) determinar los hechos relevantes para el procedimiento: a) Alegaciones b) Pruebas c) Informes d) Audiencia e) Información pública
FINALIZACIÓN (artículos 84 a 95 LPAC) normal o anormal. La terminación normal se produce con la resolución. La terminación anormal el procedimiento acaba sin que se haya producido el acto o resolución final del mismo. Puede producirse por desistimiento, por renuncia, por caducidad, por imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas o por silencio administrativo.
EJECUCIÓN (artículos 97 a 105 LPAC) inmediatamente ejecutivos salvo que:
a) suspensión de la ejecución del acto. b) resolución de un procedimiento sancionador con recurso en vía administrativa. c) Una disposición establezca lo contrario. d) aprobación o autorización superior
La ejecución forzosa principio de proporcionalidad, y medio menos restrictivo, que son:
a) Apremio sobre el patrimonio (art. 101 LPAC) b) Ejecución subsidiaria (art. 102 LPAC) c) Multa coercitiva (art. 103 LPAC) d) Compulsión sobre las personas (art. 104 LPAC)
TRAMITACIÓN SIMPLIFICADA (96) Que se den razones de interés público que lo motiven, o bien; que exista falta de complejidad en el procedimiento. Deberán ser resueltos en treinta días.
4b Fases y plazos del procedimiento con TRAMITACIÓN SIMPLIFICADA
- Inicio del procedimiento de oficio o a solicitud del interesado y subsanación en su caso.
- Alegaciones formuladas al inicio en un plazo de cinco días.
- Trámite de audiencia, únicamente cuando la resolución vaya a ser desfavorable para el interesado.
- Informes varios siempre que sean preceptivos, como podrían ser: informe del servicio jurídico, Informe del Consejo General del Poder Judicial. Dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma.
- Resolución.