Tema 28. Del absolutismo de Hobbes a la pluralidad de poderes de Locke Flashcards

1
Q

¿Qué estudia Hobbes en las relaciones sociales?

A

Las estudia a partir de elementos psicológicos de la naturaleza humana, especialmente mediante la etiología (estudio sobre las causas de las cosas) de las pasiones.

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2
Q

¿Qué son las pasiones según Hobbes?

A

Son sensaciones que llevan a actuar y son similares en todos los seres humanos: deseo, temor y esperanza.

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3
Q

¿Cómo se clasifican las pasiones?

A

Voluntarias (resultado del proceso de imaginación, pueden ser de atracción o aversión) e involuntarias o compulsiones (mociones que prescinden de la imaginación).

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4
Q

¿Qué es el “Artificium político” según Hobbes?

A

Es la estructura política que no es natural al ser humano y emerge del contrato social para garantizar estabilidad mediante el poder coercitivo.

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5
Q

¿Qué significa la frase “Homo homini lupus est”?

A

“El hombre es un lobo para el hombre”; Hobbes la usa para describir el estado de naturaleza, donde el miedo a la muerte violenta impulsa la creación del Estado.

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6
Q

¿Cuál es la principal prioridad del gobierno según Hobbes?

A

Priorización de la seguridad social.
El contrato pone límites éticos a las pasiones individuales, cediendo poder absoluto al artificium político a favor de la seguridad

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7
Q

¿Por qué Hobbes defiende un gobierno absoluto?

A

Porque el Estado de naturaleza es caótico y sin un poder absoluto no se pueden respetar las leyes ni garantizar la seguridad.

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8
Q

¿Qué es el Leviatán?

A

Es la metáfora de Hobbes para describir un gobierno absoluto fuerte y autoritario que garantiza la paz social.

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9
Q

¿Cuál es la base del pensamiento de Locke?

A

Es considerado el padre del liberalismo
Igualdad sin subordinación. Todas las partes son iguales, esto implica que nadie debe perjudicar a otro en su vida, libertad, salud o posesiones.

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10
Q

¿Cómo difiere Locke de Hobbes en cuanto al estado de naturaleza?

A

Locke cree que, aunque existen conflictos, la razón puede permitir la convivencia pacífica sin necesidad de un poder absoluto.

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11
Q

¿Qué son los derechos naturales innatos según Locke?

A

Son derechos inherentes al ser humano como la vida, la libertad, la salud y la propiedad.

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12
Q

¿Cómo se diferencia el contrato social de Locke del de Hobbes?

A

Para Locke, el contrato es limitado y busca evitar el estado de guerra, mientras que para Hobbes es absoluto.

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13
Q

¿Cuál es la principal prioridad del gobierno según Locke?

A

Priorización de la libertad del individuo (liberalismo).
La libertad individual, subordinando la sociedad al individuo y el gobierno a la sociedad.

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14
Q

¿Cómo define Locke su propuesta de gobierno?

A

Como un árbitro que protege a la comunidad sin interferir en sus intereses.

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15
Q

¿Por qué Locke rechaza el absolutismo?

A

Absolutismo ilegitimo
Porque considera que sin un árbitro imparcial, el poder político debe dividirse para evitar abusos sobre los derechos naturales.

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16
Q

¿Cuáles son los tres poderes según Locke?

A

Legislativo (principal), Ejecutivo y Federativo (relaciones internacionales y guerra).

17
Q

¿Qué es la división de poderes?

A

La separación funcional del poder en distintas instituciones para evitar abusos y garantizar el equilibrio.

18
Q

¿Cuáles son algunos precedentes históricos de la división de poderes?

A

Aristóteles (monarquía, aristocracia, Politeia)
Carta Magna (limitación de poderes)
Locke (división jerarquizada de poderes).

19
Q

¿Cómo diferencia Aristóteles el tipo de “gobierno” según la distribución del poder?

A

Primeras ideas sobre distribución de funciones en el gobierno en base a la cantidad de personas que ostentan el poder;
* Monarquía cuando una sola persona detenta el poder político
* Aristocracia cuando un pequeño grupo tiene el poder político
* Politeia cuando muchos (la mayoría) ejercen el poder político.

20
Q

¿En qué consistió la Carta Magna?

A

Primeras limitaciones al poder absoluto.
La Carta Magna, es una propuesta del Rey inglés Juan I a unos barones sublevados para hacer las paces a cambio de limitar sus poderes

21
Q

¿En qué se diferencia la división de poderes de Locke y Montesquieu?

A

Locke considera que el legislativo es el poder preponderante, mientras que Montesquieu aboga por la independencia de cada poder.

22
Q

¿Qué son los controles y contrapesos?

A

Propuesta de Montesquieu para mantener la independencia e igualdad entre los poderes
Controles: supervisión entre poderes.
Contrapesos: mecanismos que limitan la autoridad de cada poder.

23
Q

¿Cuáles son los tres poderes fundamentales según Montesquieu?

A

Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

24
Q

¿Cómo aplicó EE.UU. la separación de poderes?

A

En su Constitución de 1787, con un sistema de frenos y contrapesos.

25
Q

¿Cómo influyó la Revolución Francesa en la división de poderes?

A

En la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789), estableciendo la división de poderes como principio fundamental.

26
Q

¿En qué difiere la separación clásica del poder y su aplicación actual?

A
  • Separación estricta del poder: Si bien la teoría clásica buscaba una división clara, en la práctica contemporánea existen interacciones constantes entre los poderes. Por ejemplo, en los regímenes parlamentarios, el Ejecutivo surge del Legislativo, generando una relación de dependencia que puede alterar el equilibrio de poderes.
  • Aparición del Estado Administrativo: La burocracia y la administración pública han adquirido un papel central en la gestión del poder, actuando como una cuarta rama del gobierno con capacidad de regulación y toma de decisiones que, en ocasiones, escapan al control legislativo.
  • Papel creciente de organismos supranacionales: Instituciones como la Unión Europea, la ONU o el FMI han asumido funciones que limitan la soberanía nacional y modifican la dinámica tradicional de los poderes estatales. Esto implica que las decisiones políticas ya no dependen únicamente de las instituciones nacionales, sino que están influenciadas por tratados y acuerdos internacionales.
27
Q

Desafíos de la realidad política actual

A
  • Expansión del poder ejecutivo: En muchos países, el Ejecutivo ha acumulado mayores competencias en detrimento del Legislativo. El uso recurrente de decretos, estados de emergencia y legislación por vía rápida han debilitado la capacidad de los parlamentos para ejercer su función de control y deliberación.
  • Independencia del poder judicial: A pesar de ser un principio fundamental de la democracia, la independencia del poder judicial se ve amenazada por presiones políticas y ataques a la legitimidad de los jueces. La politización de la justicia pone en riesgo el Estado de derecho y la protección de los derechos fundamentales.
  • Influencia de redes sociales y desinformación en la política: La irrupción de las tecnologías digitales ha transformado la comunicación política. Las redes sociales facilitan la difusión de información, pero también potencian la desinformación, la manipulación de la opinión pública y la polarización social. Además, el control de estos medios por grandes corporaciones plantea interrogantes sobre la regulación del espacio digital y su impacto en la democracia.
28
Q

Esquema del Tema 28. Del absolutismo de Hobbes a la pluralidad de poderes de Locke.

A
  1. Del absolutismo de Hobbes a la pluralidad de poderes de Locke
    1.1. Hobbes. Estudia lo social a partir de elementos psicológicos, etiología de las pasiones.
    Etiología de las pasiones. Son sensaciones que llevan a actuar.
    Voluntarias. Resultado del proceso de imaginación
    Involuntarias o compulsiones. Mociones que prescinden de la imaginación.
    El “Artificium político”, no es natural al ser humano, y emerge del contrato social
    Homo homini lupus est. Miedo a la muerte violenta
    Priorización de la seguridad social.
    Necesidad del Estado no natural. En la naturaleza no se respetan las leyes.
    El Leviatán. Un Gobierno absoluto que permite a los individuos coexistir sin miedo
    1.2. Locke. El Segundo Tratado. Ley Natural y Estado de naturaleza. Locke niega la existencia de ideas innatas, pero defiende los derechos naturales innatos.
    Igualdad sin subordinación. Todas las partes son iguales
    Contrato limitado. Contrato que busca evitar el estado de guerra
    Miedo como origen también, pero con confianza.
    Priorización de la libertad del individuo (liberalismo).
    Derechos naturales limitan el poder político.
    Gobierno supervisor o árbitro. El gobierno necesita limitarse a la protección
    El absolutismo es ilegítimo. No existe un árbitro imparcial entre individuo y Estado, por lo que deben dividirse poderes: legislativo, ejecutivo y federativo
    Poder Legislativo. Crea las leyes (el principal para Locke)
    Poder Ejecutivo. Vela por la ejecución y aplicación de las leyes
    Poder Federativo. Conduce las relaciones internacionales
  2. La teoría de la división de poderes.
    2.1. ¿Qué es? Separación funcional del poder en distintas instituciones para garantizar el equilibrio y evitar la concentración de poder.
    2.2. Precedentes históricos
    Distribución del poder. Aristóteles: Primeras ideas sobre distribución de funciones
    División de poderes. John Locke: División jerarquizada de los poderes
    Limitación del poder. Magna Carta: Primeras limitaciones al poder absoluto.
    2.3. La primera propuesta de separación de poderes. Montesquieu
    Diferencia entre división y separación de poderes. División jerarquiza poderes
    Controles y contrapesos
    Tres poderes fundamentales: Legislativo, ejecutivo y judicial
    2.4. Aplicación en los sistemas políticos modernos
    Revolución Americana (1787): Sistema de frenos y contrapesos.
    Revolución Francesa (1789): División de poderes como principio fundamental.
  3. Formulación clásica y realidad política actual.
    3.1. Diferencias entre la formulación clásica y la realidad política actual.
    Separación estricta del poder:
    Aparición del Estado Administrativo:
    Papel creciente de organismos supranacionales:
    3.2. Desafíos de la realidad política actual
    Expansión del poder ejecutivo:
    Independencia del poder judicial: