Definiciones OBLIGACIONES 1 Flashcards
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Art. 2465 CC
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Art. 2465. Toda obligación personal da al acreedor el derecho de perseguir su ejecución sobre todos los bienes raíces o muebles del deudor, sean presentes o futuros, exceptuándose solamente los no embargables, designados en el artículo 1618.
Derecho de prenda general / garantía general del acreedor.
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