CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Flashcards
¿CUÁLES SON LAS FORMAS EN QUE SE PUEDE DAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES?
- Pago
2º. Pago por consignación
3º. Pago por cesión de bienes
¿QUÉ ES EL PAGO?
Es una forma normal de cumplir con una obligación en la forma, modo y lugar establecidos
¿CUÁL ES EL PAGO DIRECTO?
Es el pago que se debe hacer al acreedor o a quien tenga su mandato o representación legal. (Art.1384cc)
¿ES VÁLIDO EL PAGO QUE SE HACE DIRECTAMENTE A UN MENOR DE EDAD O INCAPAZ?
No es válido el pago que se haga directamente a un menor de edad o incapaz. (Art.1385cc)
¿CUÁL ES LA EXCEPCIÓN A ELLO?
Que lo pagado se haya invertido en su beneficio personal o en la conservación de su patrimonio, se extingue la obligación en la parte invertida en esos fines. (Art.1385cc)
¿CÓMO SE DEBE HACER EL PAGO?
El pago deberá hacer del modo pactado. (Art.1387cc)
¿EL PAGO PUEDE REALIZARSE EN FORMA PARCIAL?
No podrá efectuarse en forma parcial sino por convenio expreso o por disposición de la ley. (Art.1387cc)
¿EL DEUDOR PUEDE EXIGIR EL DOCUMENTO CON QUE SE ACREDITE EL PAGO?
El deudor que paga tiene derecho de exigir el documento que acredite el pago y de retener este mientras dicho documento no le sea entregado. (Art.1390cc)
¿CUÁLES SON LAS MODALIDADES DE PAGO Y EXPLIQUE CADA UNA DE ELLAS?
1º. CHEQUE (Art.1394cc): Está sujeto a la condición de que este se haga efectivo a la condición.
2º. EFECTIVO (Art. 1395cc): El pago se hace en moneda nacional.
3º. ESPECIE Art.1397cc): El deudor hace efectivo el pago con un bien mueble o inmueble.
¿CUÁLES SON LOS PAGOS PERIÓDICOS?
Son aquellos que establecen que la constancia de pago del último período hace presumir el pago de los anteriores, salvo pacto en contrario. (Art.1402cc)
¿CUÁL ES EL PAGO POR CONSIGNACIÓN?
Es la forma anormal de cumplir con una obligación cuando el acreedor no quiere, no puede o no se encuentra en el lugar de pago.
(Art.1408cc)
¿CÓMO SE REALIZA EL PAGO POR CONSIGNACIÓN?
Se realiza depositando la suma o cosa que se debe ante un juez competente.
¿CUÁNDO PROCEDE LA CONSIGNACIÓN?
1º. Cuando el acreedor se negare a recibir la cantidad o cosa que se le debe
2º. Cuando el acreedor fuere incapaz de recibir el pago y careciera de representación legal
3º. Cuando el acreedor no se encuentra en el lugar que debe hacerse el pago.
(Art.1409cc)
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA QUE LA
CONSIGNACIÓN PRODUZCA EFECTO?
1º. Que se haga ante Juez competente.
2º. Que se haga por persona capaz, hábil para verificar el pago.
3º. Que comprenda la totalidad de la deuda líquida y exigible.
4º. Que este cumplida la condición si la deuda fuere condicional o vencido el plazo a favor del acreedor.
(Art.1410cc)
¿CUÁNDO QUEDARÁ EXTINGUIDA LA OBLIGACIÓN
DESPUÉS DE DECLARADA VÁLIDA LA CONSIGNACIÓN?
Quedará extinguida desde la fecha en que se hizo el depósito y en consecuencia, los riesgos de la cosa pasan desde ese mismo día al acreedor. (Art.1411cc)
¿QUÉ ES EL PAGO POR CESIÓN DE BIENES?
Es la forma anormal de cumplir las obligaciones porque el deudor se encuentra imposibilitado de continuar sus negocios o de pagar sus deudas y por lo tanto hace la cesión de bienes a sus acreedores.
(Art.1416cc)
¿CÓMO PUEDE SER LA CESIÓN DE BIENES Y EXPLIQUE CADA UNA DE ELLAS?
Puede ser extrajudicial: La cual es contractual; Y judicial: La cual es un beneficio que se concede al deudor de buena fe que por accidentes inevitables o por causas que no le pueden ser imputadas, suspende el pago de sus deudas o está en inminente riesgo de suspenderlas. (Art.1417cc)