control de las concentraciones empresariales Flashcards
que es
● Íntimamente relacionado con M&A, ya que las grandes operaciones deben ser autorizadas/no objetas por la SIC
● Las empresas que se dediquen a la misma actividad económica o participen en la misma cadena de valor,
están obligadas a informar a la SIC respecto a las operaciones que proyecten llevar a cabo para efectos de:
- fusionarse
- consolidarse
- adquirir el control
- integrarse
condiciones
■ Ingresos operacionales superiores al monto que, en salarios mínimos
legales mensuales vigentes, haya establecido la Superintendencia de
Industria y Comercio
■ Activos totales superiores al monto que, en salarios mínimos legales
mensuales vigentes, haya establecido la Superintendencia de Industria
y Comercio.
elementos subjetivos
○ Cubre operaciones entre empresas:
■ El control es sobre empresas, NO sobre sociedades
■ Abarca cualquier actividad organizada que emprenda una persona, sea jurídica o natural, que desarrolle una actividad económica.
■ Empresa entendida en los términos del Art. 25 C.Co.
● Se entenderá por empresa toda actividad económica organizada
para la producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes, o para la prestación de servicios. Dicha actividad se realizará a través de uno o más establecimientos de comercio.
○ Mismo eslabón de la cadena productiva o la cadena de valor
○ NO hay control de concentraciones conglomeradas: cuando se integran dos
empresas que no tienen nada que ver en su actividad económica (ej.: fondo de
pensiones adquiere una compañía de galletas)
○ La SIC controla toda operación en la que las empresas pertenezcan al mismo
mercado.
elementos objetivos
○ Activos/ingresos que, individual o conjuntamente, superen el umbral
económico (2023: 60.000 SMLMV)
○ Modalidades de integración:
■ Fusión
■ Consolidación ■ Adquisición
■ Integración
● NO es taxativo, la operación puede tomar cualquier forma para lograr el objetivo de permanecer de manera permanente bajo un único control
● Ejemplo de otras operaciones → compra de la marca o compra de todos los bienes de la empresa objetivo.
Elementos cronológicos
Dos modalidades:
■ (1) La notificación, que no requiere autorización cuando las empresas tienen menos del 30% de participación en el mercado.
■ (2) La información o preevaluación, que requiere previa autorización previa, cuando las empresas tienen 20% o más de participación en el mercado.
ejemplo
Ej. Empresa harinera y empresa de galletas se van a integrar. Harina
tiene participación del 10% en su mercado, Galletas tiene el 15% en su mercado. Esta integración es SIMPLE INFORMACIÓN, ya que la suma de sus participaciones NO afecta el mismo mercado relevante.
Ej 2. Empresa harinera y empresa de galletas se van a integrar. Harina tiene participación del 10% en mercado de galletas, Galletas tiene el 15% en su mercado. Esta integración es PRE-EVALUACIÓN, ya que la suma de sus participaciones SÍ afecta el mismo mercado relevante
(25%)
Por naturaleza del control
■ Control Interno o Jurídico → Es el que se ejerce sobre una persona
jurídica a través de sus órganos políticos de decisión.
■ Control Externo o Económico → Es el que se ejerce sobre una empresa o sobre una persona jurídica a través de mecanismos externos que
permiten direccionar la política y la toma de decisiones del negocio.
■ Control Positivo → Un agente de mercado puede tomar todas las
decisiones competitivas de otro agente de mercado.
■ Control Negativo → Un agente de mercado puede vetar las decisiones
competitivas de otro agente de mercado. No deben ser las de las minorías o protección a inversionistas, sino aquellas que afecten el comportamiento competitivo.
Por el tipo de organización: control societario
Una sociedad será subordinada o controlada cuando su poder de decisión se encuentre sometido a la voluntad de otra u otras personas que serán su matriz o controlante”. Se presume el control en los siguientes casos:
○ Cuando más del cincuenta por ciento (50%) del capital pertenezca directa o indirectamente a la matriz.
○ Cuando la matriz tenga la mayoría de votos en la junta o asamblea de socios; o pueda elegir la mayoría de miembros de la junta directiva..
○ Cuando la matriz, en razón de un acto o negocio con la sociedad controlada o con sus socios, ejerza influencia dominante en las decisiones de los órganos de administración de la sociedad.
Por el tipo de organización: control empresarial o competitivo
La posibilidad de influenciar directa o indirectamente la
política empresarial, la iniciación de los bienes o derechos esenciales para el desarrollo de la actividad de la empresa.
○ Se puede decir que siempre que hay control societario hay control empresarial o competitivo, pero no al contrario.
○ El Control empresarial o competitivo puede hacer referencia tanto al control interno o jurídico, como al control externo o económico.
Por el numero de entidades contratantes: control exclusivo
Un individuo o empresa puede tener influencia
material en el comportamiento competitivo de otro agente de mercado.
● Exclusivo positivo: Un agente del mercado puede tomar todas las decisiones competitivas de otro agente del mercado
● Exclusivo negativo: Un agente del mercado puede vetar algunas decisiones
de otro agente del mercado. NO deben ser las minorías o protección a inversionistas, sino aquellas que afecten el comportamiento competitivo.
Por el numero de entidades contratantes: control conjunto
Dos o más agentes de mercado adquieren el control competitivo directo o indirecto sobre otro agente de mercado.
● Cuando un accionista mayoritario en conjunto con un minoritario pueden vetar decisiones.
● Cuando un grupo de minoritarios se consoliden para formar poder de veto.
Operaciones en el exterior
La mayoría de operaciones en territorio colombiano vienen del exterior → La operación puede adelantarse en el exterior, pero sí tiene efectos en Colombia la autoridad colombiana debe conocer.
supuestos
○ Cuando dos empresas extranjeras tienen subordinadas en Colombia y sus productos se transan en el territorio colombiano - Sí requiere autorización en Colombia.
○ Una operación entre dos empresas extranjeras, no tienen presencia directa en
Colombia pero sus productos sí se comercializan en Colombia a través de distribuidores independientes - Sí requiere autorización en Colombia.
○ Cuando los productos de las empresas se venden en Colombia por medio de un sistema de distribución dirigido por las matrices en el extranjero - Sí
requiere autorización en Colombia.
○ Una de las empresas no tiene presencia en Colombia y sus productos no se venden en el país - No requiere autorización en Colombia, ya que no se producirá concentración en el mercado.
Excepciones al Control de integraciones
● Superintendencia Financiera: Cuando la operación participen exclusivamente,
entidades vigiladas por la SFC. La SFC deberá requerir a la SIC para que ésta realice un análisis sobre los efectos sobre la competencia que pueda tener la operación y, de
condicionarse, la SIC es la que sugerirá de los condicionamientos.
● Aeronáutica Civil: La U.A.E.A.C. conserva su competencia para la autorización de todas las operaciones comerciales entre los explotadores de aeronaves consistentes en contratos de código compartido, explotación conjunta, utilización de aeronaves en
fletamento, intercambio y bloqueo de espacio en aeronaves.