Unidad II: Las fuentes del derecho del trabajo Flashcards

1
Q

Particularidades de las fuentes del derecho del trabajo

A

Se combinan fuentes:

a) Estatales: Constitución, ley y reglamento.

b) Internacionales: tratados internacionales.

c) profesionales.

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2
Q

Fuentes de origen estatal

A

Formales:

a) CPR: la más importante.

b) Leyes:

  • Código del Trabajo.
  • Leyes complementarias, por ejemplo, Ley 16744 sobre accidentes de trabajo o Ley de seguro de cesantía.

c) Reglamentos: sanitarios, condiciones de seguridad, etc.

Materiales:

a) Jª judicial.

  • Hay un recurso de unificación de Jª (CS debe decir cual es el criterio oficial), pero igual rige el efecto relativo de las sentencias.

b) Jª administrativa.

  • dictámenes de la DT.
  • Superintendencia de seguridad social en materia de accidentes.
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3
Q

La constitucionalización del derecho del trabajo

A

Constitucionalismo social (Nace en Cº de Wimar y Cº de Queretaros), acá hay derechos laborales.

  • en Chile recién en 1970 se incorporan derechos laborales.

· CPR de 1980:

  • libertad de trabajo y su protección.
  • justa retribución.
  • no discriminación.
  • seguridad social.
  • huelga (discusión).

· Dº comparado:

  • sindicalización.
  • negociación colectiva.
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4
Q

Fuentes profesionales

A

Potestad reglamentaria del empleador y la negociación colectiva (autonomía colectiva que da lugar a contratos colectivos).

1) Potestad reglamentaria del empleador: el reglamento interno de orden, higiene y seguridad:

· Es una manifestación de la potestad reglamentaria del empleador.

· Hay empresas obligadas: aquellas que cuenten con 10 o más trabajadores permanentes.

· Busca reglar el comportamiento que deben tener las personas en la empresa, y también es procedente poner los procedimientos de investigación de acoso laboral.

· Contenido general: obligaciones y prohibiciones a que deban sujetarse los
trabajadores, en relación con sus labores, permanencia y vida en las dependencias
de la respectiva empresa o establecimiento.

· Contenido específico (no taxativo), art. 154.

· Si bien emana del empleador unilateralmente se debe poner en conocimiento del trabajador y este puede impugnar cláusulas que atenten contra DDFF o infrinjan la ley.

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5
Q

Otros aspectos relevantes

A

· Habeas data laboral, art. 154 bis: El empleador debe mantener reserva de toda la información y datos privados del empleador a que tenga acceso con ocasión de la relación laboral.

· Publicidad del reglamento interno y sus modificaciones, art. 156.

· Impugnación: inciso final art. 153.

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