Unidad I: El Nacimiento del derecho del trabajo Flashcards

1
Q

¿Cómo nace el derecho del trabajo?

A

Dos hitos: Nace en el I) contexto de la revolución industrial donde grandes grupos de personas se ven reunidas en las fábricas y II) toman conciencia de su mala situación.

  • En el plano jurídico línea imperante era el liberalismo, por lo que el Estado entiende la relación laboral como una relación contractual privada donde rige el principio de autonomía de la voluntad.

La toma de conciencia lleva a la organización, lo que obliga al estado a actuar:

  • a) primero a través de la represión material (matanzas, etc); b) después represión jurídica (leyes que prohíben la huelga y organizare, Ley Le Chapelier)

Pero igualmente el conflicto sigue, ya que los trabajadores no tenían nada que perder, por lo que el Estado se ve obligado a tomar partido por una de las partes del conflicto Capital/Trabajo, ya que estaba amenazando el modelo económico ¿Por que parte el Estado toma partido?

  • por el empresario o empleador: ya que si bien crea derecho laboral que beneficia a los trabajadores, lo hace con el objetivo de mantener el staus quo, de mantener el modelo.
  • “Detrás de la protección al trabajador está el resguardo del modelo” (Manuel Palomeque)
  • la producción jurídica busca encauzar o institucionalizar el conflicto capital/trabajo.
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2
Q

¿Cómo la producción jurídica del derecho laboral encauza el conflicto capital/trabajo?

A

Dos vías, creación de:

a) Derecho individual del trabajo: conjunto de derechos mínimos irrenunciables en favor de los trabajadores.

b) derecho colectivo del trabajo: Estado reconoce derecho a sindicalización, negociación colectiva y huelga.

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3
Q

Dos sujetos de la relación laboral

A

La relación laboral es ante todo una relación de poder, relación caracterizada por una desigual distribución de poderes:

a) Empresario o empleador: tiene todo el poder.

b) trabajador: individualmente considerado no es detentador de poder.

  • Una parte con todo el poder y otra que solo puede poner en venta su fuerza de trabajo para poder subsistir, y una vez que entrega su fuerza de trabajo se subordina al empleador y pierde parte de su libertad.
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4
Q

Ambivalencia del DL

A

Cuando se supera el Dº civil y nace el DL, este nace con una nota característica, su ambivalencia o dos caras:

a) finalidad protectora de la clase trabajadora

b) servir al mantenimiento del modelo

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5
Q

Dos ramas del DL y enfoque en las mismas

A

1) Dº Individual del trabajo: limita el poder del empleador asegurando una serie de derechos mínimos irrenunciables a los trabajadores

  • mínimos porque es lo socialmente aceptable y porque podrían mejorar a través de negociación individual entre trabajador y empleador o a través de la negociación colectiva.
  • irrenunciables, porque sino quedarían a la disposición de las partes, y como es una relación asimetría finalmente quedarían a disposición del empleador.
  • todo este conjunto de normas constituye un orden público laboral.

2) Dº colectivo del trabajo: busca institucionalizar la organización obrera y reconoce tres derechos:

  • Dº de sindicalización.
  • Dº de Negociación colectiva.
  • Dº a huelga.

Ahora, todos los modelos tienen estos dos aspectos (1 y 2), pero se enfocan más en uno:

a) Modelo de unidad: no quieren conflicto, por lo que el derecho colectivo es limitado y el individual fuerte.

b) otros modelos ponen énfasis en la autonomía colectiva, ya que se entiende que los trabajadores son quienes mejor conocen su situación (modelo europeo)

  • Hugo Sinzheimer y Otto kahn Freud se preguntan donde poner el énfasis y concluyen que al entrar en la RL los trabajadores pierden parte de su libertad, y que por consiguiente el DIT siempre debe estar presente, pero es un Dº de mínimos, por lo que el énfasis debe ser en el DCT.
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6
Q

Institucionalidad laboral

A

En la práctica el DL se incumple, por lo que es importante una institucionalidad laboral

1) Dirección del trabajo: órgano administrativo

a) función interpretativa: emite dictámenes que fijan el sentido y alcance de la ley laboral.

b) velar por el cumplimento de la ley laboral a través de potestades fiscalizadoras (a través de inspecciones del trabajo que actúan de oficio y se puede denunciar ante ellas) (también importan SEREMIS de salud y la Superintendencia de Seguridad Social)

2) Tribunales del trabajo: órganos jurisdiccionales

  • no hay en todos lados (donde no hay son competentes los juzgados de competencia común)
  • conocen de acciones judiciales.
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7
Q

Trabajo que es objeto del derecho del trabajo

A

El DT no regula todo el Tº (ej: no regula la relación entre el Eº y sus funcionarios ni a los trabajadores autónomos)

Su objeto es el trabajo dependiente y subordinado (es clave la subordinación y empresas siempre querrán decir que no hay relación laboral, pero si hay subordinación entonces es objeto tal relación del DL).

características:

a) Tº dependiente y subordinado

b) Tº por cuenta ajena: el DL también se denomina “trabajo por cuenta ajena”, y la ajenidad se manifiesta en:

  • Frutos del trabajo pertenecen al empleador.
  • Éxito y riesgo del trabajo pertenece al empleador.

c) Tº oneroso.

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