TEMA 4: LOS CONTRATOS DE ADHESION Flashcards

1
Q
  1. CONCEPTOS PREVIOS: sujetos
A
  • Disponente ⇒ parte quien redacta el contrato
  • Adherente ⇒ parte que acepta, sin posibilidad de negociar, el contenido del contrato.
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2
Q
  1. CONCEPTOS PREVIOS: Regulación de los contratos de adhesión:
A
  • Ley 7/1998 sobre Condiciones Generales de la Contratación: esta ley tiene alcance más amplio que la otra
  • Texto Refundido de la Ley General de Defensa Consumidores y Empresarios: de los artículos 82 - 90
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3
Q

La Ley 7/1998 sobre CGC

A

Se aplica esta ley a las condiciones generales.

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4
Q

Son condiciones generales ⇒ las cláusulas contractuales que son, según el artículo 1.1 de la Ley 7/1998:

A
  • 1) predispuestas
  • 2) impuestas por una de las partes:
  • 3) previstas para una pluralidad de contratos
  • En general, es muy importante determinar si son condiciones generales porque pueden anularse más fácilmente.
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5
Q
  • 1) predispuestas
A

que han sido redactadas previamente por empresario

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6
Q
  • 2) impuestas por una de las partes:
A
  • Que no admite negociación, hay ausencia de negociación
  • Si es cláusula negocial, no entra en condiciones generales.
  • El TS establece que hay negociación cuando el adherente haya tenido influencia en la redacción del contenido de la cláusula.
  • Cuando estamos ante contratos con consumidores…
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7
Q
  • 2) impuestas por una de las partes: - Cuando estamos ante contratos con consumidores…
A

el artículo 82.2.II del Texto Refundido Ley General Defensa Consumidores y Usuarios, hay una presunción iuris tantum de que la cláusula ha sido impuesta. El que debe probar el contrario será el disponente. Es muy raro acreditar que se haya negociado (solo unos casos)

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8
Q

REQUISITOS / GARANTIAS PARA CONTRATO CON CLAUSULAS IMPUESTAS> LCGC:

A
  • el artículo 2 dice que se aplica a todos:
  • requisitos de incorporación ART 5 LCGC
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9
Q

requisitos de incorporación CONCEPTO

A

⇒ requisitos puramente formales que tienen que cumplir las condiciones generales para producir obligaciones entre las partes, no implican una valoración del contenido de la cláusula:

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10
Q

GARANTIAS CLAUSULAS IMPUESTAS- requisitos de incorporación ART 5 LCGC

A
  • Entrega de las condiciones generales →
  • Firma: se requiere la aceptación de las mismas
  • Redacción con términos claros y comprensibles
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11
Q

requisitos de incorporación ART 5 LCGC: - Entrega de las condiciones generales →

A

deberían haberse puesto a disposición del adherente antes de la celebración del contrato sin que pueda haber reenvíos a otros documentos, es decir que si el contrato se hace por escrito no puede haber reenvíos hacia el sitio internet. Obviamente, cuando se trata de contratos en línea, puede haber un enlace que hay que pinchar.

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12
Q

2.3. LAS REGLAS DE INTERPRETACIÓN (LCGC)

A

-Prevalencia de las condiciones particulares sobre las generales
- Interpretación más favorable al adherente

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13
Q

-Prevalencia de las condiciones particulares sobre las generales
art 6.1 LCGC

A
  • cuando hay una contradicción entre una condición particular (es decir una cláusula negociada) y una condición general, PREVALECE la condición PARTICULAR.
  • Sin embargo, no es frecuente encontrar cláusulas negociadas por lo cual esta interpretación no se hace frecuentemente.
  • Sin embargo, esta prevalencia no tendrá lugar si las condiciones generales resultan más beneficiosas para el adherente.
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14
Q
  • Interpretación más favorable al adherente
    art 6.2 LCGC
A
  • si existe una ambigüedad en la cláusula, hay que resolverlo al interpretar la cláusula en el sentido más favorable al adherente,
  • lo relacionamos con el artículo 1288 CC (“La interpretación de las cláusulas oscuras de un contrato no deberá favorecer a la parte que hubiese ocasionado la oscuridad”).
  • El adherente puede ser un empresario si es una relación entre empresarios.
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15
Q
  1. EL CONTROL DE CONTENIDO EN LA CONTRATACIÓN CON CONSUMIDORES: LAS CLÁUSULAS ABUSIVAS
    concepto
A
  • ⇒ es una cláusula no negociada en contratos entre un empresario y un consumidor que causen en perjuicio del consumidor un desequilibrio importante como lo dice el artículo 82 del TR-LGDCU.
  • en contra de las exigencias de la buena fe
  • un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato.”
  • solo se va a aplicar a los consumidores
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16
Q

Concepto de cláusula abusiva:
Será determinante entonces como la ley entiende el concepto legal de consumidor

ART 3 TR-LGDCU

A

las personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión

17
Q

Por lo cual, se deduce de la definición de consumidor que:

A
  • una misma persona física para un contrato puede ser consumidor y para otro contrato puede ser empresario porque depende del propósito con el cual realiza el contrato
  • El TS indica que el ánimo de lucro NO excluye la condición de consumidor salvo si se realiza de manera habitual
  • Para los supuestos de préstamo en el que el prestatario es una sociedad mercantil que tiene un avalista, se plantea si este avalista puede ser considerado como consumidor
18
Q

La definición de la buena fe (por parte de quien redacto la clausula)

A

implica que el que redactó la cláusula busca el único y propio beneficio sin velar por el interés de la otra parte y sin que haya justificación razonable de la cláusula.

19
Q

El artículo 82.3 nos dice que para valorar la buena fe, hay que tener en cuenta:

A
  • A) la naturaleza de los bienes o servicios objetos del contrato:
  • B) el resto de las cláusulas del contrato:
  • C) las demás circunstancias concurrentes al tiempo de la contratación:
20
Q

La lista de las cláusulas contrarias a la buena fe: entre los artículo 85 a 90:

A
  • Artículo 85.6: Las cláusulas que supongan la imposición de una indemnización desproporcionadamente alta al consumidor y usuario que no cumpla sus obligaciones
  • Artículo 87.6: La imposición al consumidor de plazos de duración excesiva en contratos de tracto sucesivo
  • Artículo 89.3: La imposición al consumidor de los gastos de documentación y tramitación que por ley corresponda al empresario
  • Artículo 90.2: La previsión de pactos de sumisión expresa a Juez o Tribunal distinto del que corresponda al domicilio del consumidor y usuario,
21
Q
  • Artículo 85.6: Las cláusulas que supongan la imposición de una indemnización desproporcionadamente alta al consumidor y usuario que no cumpla sus obligaciones
A

hay que atender al daño que el incumplimiento por consumidor no está justificado y es desproporcionado para el vendedor. La penalización debe estar ajustada al daño que causa. Ej: en los contratos de préstamo, la indemnización por impago del prestatario (es decir el interés moratorio) no puede ser superior a más de dos puntos de interés nominal pactado.

22
Q
  • Artículo 87.6: La imposición al consumidor de plazos de duración excesiva en contratos de tracto sucesivo
A

A veces el vendedor necesita una duración larga para poder amortizar la inversión que hicieron con el contrato. Ej.: La cláusula que estipula un periodo de duración de tres años en contratos de mantenimiento de ascensores, a priori sería abusiva pero hay que atender a la naturaleza de los bienes y servicios

23
Q
  • Artículo 89.3: La imposición al consumidor de los gastos de documentación y tramitación que por ley corresponda al empresario
A

En el CC, los gastos de la escritura pública normalmente lo paga el vendedor pero es norma dispositiva entonces se puede pactar el contrario. Ejm: en contratos de compraventa la imposición al comprador de los gastos de otorgamiento de la Escritura Pública (en contra art. 1.455 CC).

24
Q
  • Artículo 90.2: La previsión de pactos de sumisión expresa a Juez o Tribunal distinto del que corresponda al domicilio del consumidor y usuario…
A

… al lugar del cumplimiento de la obligación o aquél en que se encuentre el bien si éste fuera inmueble. Es decir, en un contrato hay una cláusula en el contrato entre consumidor y vendedor que establece la sumisión expresa a tribunales que son diferentes de los establecidos en la ley, se considera abusiva. Ejm.: Cláusula que en un contrato de compraventa de un coche celebrado en España obligase en caso de litigio a acudir a los tribunales de Múnich

25
Q

Contrato de adhesión ⇒

A

Contrato en los que una parte (predisponente) predetermina el contenido del contrato de manera que la otra parte (adherente) no tiene más libertad que la de aceptarlo o rechazarlo sin poder incluir en el mismo las cláusulas que garanticen sus derechos aunque se establezcan fórmulas en el contrato como “las partes pactan…”.

26
Q
  1. EL CONTROL DE CONTENIDO EN LA CONTRATACIÓN CON CONSUMIDORES: LAS CLÁUSULAS ABUSIVAS
A
  1. Concepto de cláusula abusiva, concepto legal de consumidor y ámbito de aplicación
  2. La definición de la buena fe en las cláusulas
  3. La lista de las cláusulas contrarias a la buena fe
  4. El control de transparencia (en el ámbito de las cláusulas abusivas)
    - Concepto general de control de transparencia
    - El control de transparencia en el ámbito de las cláusulas suelos
  5. Las consecuencias del carácter abusivo de las cláusulas
27
Q

Concepto general de control de transparencia

A
  • se aplica a las cláusulas que se refieren al objeto de un contrato, es decir al precio y a la prestación.
  • partir de la premisa que en principio, el precio en relación con la prestación no puede ser abusivo, se determina por el mercado y no por el Derecho.
  • Sin embargo, en el derecho comunitario de la UE, admitimos un control de precio para determinados supuestos excepcionales.
  • La Directiva Comunitaria de Cláusula Abusiva 3/1993
28
Q

control de transparencia: - La Directiva Comunitaria de Cláusula Abusiva 3/1993

A
  • en su artículo 4.2: el carácter abusivo de una cláusula no podrá valorarse refiriéndose a su precio o a la prestación.
  • Se puede controlar la abusividad de los aspectos legales de las cláusulas
  • Hay una excepción a esta regla: SALVO que las cláusulas que se refieren al precio o a la prestación NO sean transparentes (claras y comprensibles) en a informacion precontractual = mala fe.=> Se pueden declarar nulas
29
Q

Cláusula suelo ⇒

A

Cláusula que establece un límite a la bajada de los tipos de interés en un contrato de préstamo con interés variable

30
Q

El TS ha afinado en una sentencia de 2013, las condiciones para que sean válidas estas cláusulas suelos

A
  • no basta con superar los requisitos de incorporación
  • la información precontractual tiene que ser mayor
  • antes del contrato tiene que:
    haberse entregado al cliente una simulación de las cuotas que tenía que pagar en determinadas circunstancias
  • antes del contrato tiene que:
    informar al cliente las variaciones históricas del Euribor para darse cuenta de lo que pasa en general
31
Q

Las consecuencias del carácter abusivo de las cláusulas

A
  • artículo 83 del TR-…, se establece la nulidad parcial de la cláusula > Si se hubiese pagado algo, se pide la restitución de lo indebido cobrado + los intereses legales (fundado en el artículo 1303 CC.) Pero un contrato con una cláusula abusiva sigue válido (porque perjudicaria al perjudicado dos veces)
  • De una manera muy excepcional que nunca se ha dado, la nulidad puede ser absoluta si el contrato no puede existir sin la cláusula abusiva.
  • Declarada nula una cláusula, no cabe su integración por el derecho dispositivo.
32
Q
A
  • El derecho dispositivo son normas supletorias que el legislador prevé para llenar lagunas en un contrato o complementar acuerdos incompletos.
  • Sin embargo, en el caso de cláusulas abusivas, no se permite usar estas normas para corregir o reemplazar la cláusula abusiva con otra más razonable.
  • Esto tiene un efecto disuasorio: evita que los redactores de contratos introduzcan cláusulas abusivas con la esperanza de que, en caso de ser declaradas nulas, simplemente se ajusten o sustituyan por una regla legal más favorable.