JUNTA DIRECTIVA Flashcards

1
Q

Elige a la Junta Directiva

A

Asamblea de Propietarios y Administración del Bien

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2
Q

Composición de la Junta Directiva

A

Mínimo 3 miembros:

  • Presidente
  • Secretario
  • Tesorero
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3
Q

¿Quién otorga las facultades a los miembros de la junta directiva?

A

otorgadas por la ley, el reglamento de copropiedad, el reglamento interno de la propiedad horizontal

las decisiones tomadas por la asamblea de propietarios.

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4
Q

¿Pueden los miembros de la junta directiva ocupar el cargo de administrador de la propiedad horizontal?

A

No pueden ser administradores

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5
Q

¿En qué casos un miembro de la junta directiva podría ser administrador en una propiedad horizontal?

A

(salvo en propiedades de 20 unidades o menos).

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6
Q

JUNTA DIRECTIVA
Nombramiento y Remoción:

A

Los miembros de la Junta Directiva son elegidos y removidos libremente por :

LA ASAMBLEA DE PROPIETARIOS

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7
Q

VOTOS FAVORABLES para que se pueda elegir a los miembros de la Junta Directiva?

A

voto favorable del 51% de las unidades inmobiliarias.

Condición: al día en el pago de las cuotas de gastos comunes, sin importar el total de unidades del inmueble.

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8
Q

¿En qué momento se lleva a cabo la designación inicial de los miembros de la Junta Directiva?

A

La designación de los miembros de la Junta Directiva se realiza en:
EL ACTO en que se aprueba el reglamento de copropiedad.

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9
Q

¿Qué sucede con la Junta Directiva provisional cuando se alcanza el 51% de las unidades inmobiliarias transferidas a los propietarios?

A

Renovación de la Junta Directiva

IMPORTANTE: el promotor designa una Junta Directiva Provisional hasta que el 51 % de las unidades son vendidas.

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10
Q

SOLO PODRÁN SER MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA LAS PERSONAS QUE:

A
  1. Ser propietarios de una o más unidades inmobiliarias.
  2. Preferiblemente, vivir en la propiedad (si es de uso residencial o mixto).
  3. Estar al día en el pago de las cuotas de gastos comunes al momento de la elección y durante su mandato.
  4. No estar inhabilitados administrativa o judicialmente para ser parte de la Junta.
  5. Ser elegidos por la Asamblea de Propietarios según lo establecido.

En caso de copropiedad (si son varios dueños de un apartamento9, solo se designa un representante para la Junta.

Si la elegida es una persona jurídica, debe ser representada por una persona natural.

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11
Q

LOS DIRECTORES
elegidos por la Asamblea de Propietarios pueden recibir beneficios por su trabajo en la administración de la propiedad.

Condiciones para recibir beneficios:

A

Los beneficios dependen de la asistencia y colaboración activa de los directores en sus funciones.

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12
Q

¿Quién debe aprobar los beneficios que recibirán los directores por su desempeño en la administración de la propiedad horizontal?

A

Los beneficios deben ser aprobados por la Asamblea de Propietarios.

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13
Q

¿Cómo se aprueban los beneficios para los directores y qué porcentaje de votos es necesario para su aprobación?

A

voto favorable del 51% de las unidades inmobiliarias.

que estén al día en el pago de las cuotas de gastos comunes.

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14
Q

¿Qué debe hacer un miembro de la Junta Directiva si decide renunciar antes de finalizar su periodo y qué puede suceder si no lo hace?

A

Si un miembro de la Junta Directiva decide renunciar antes de terminar su periodo, debe presentar su renuncia por escrito. Si no lo hace, puede ser sancionado.

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15
Q

¿Cómo se cubren las vacantes en la Junta Directiva y qué debe hacerse con los cambios durante el periodo vigente?

A

Cuando un miembro de la Junta Directiva deja su puesto (por renuncia u otro motivo),

los otros miembros de la Junta pueden cubrir esa vacante.

siempre y cuando haya el número suficiente de quórum (es decir, el número mínimo de miembros necesarios para tomar decisiones).

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16
Q

Los cambios en la Junta Directiva deben registrarse en:

A

REGISTRO PÚBLICO

17
Q

¿Qué sucede si hay vacantes en la Junta Directiva y no hay quórum para que un miembro de la junta cubra la bacante y se tomen las desiciones?

A

Si no hay quórum, uno de los directores debe convocar una reunión extraordinaria de la Asamblea de Propietarios para elegir un reemplazo.

18
Q

¿Cuáles son los plazos y requisitos para registrar la renuncia de un miembro de la Junta Directiva y los cambios en la Junta?

A

Tanto la renuncia como los cambios en la Junta deben ser registrados públicamente dentro de un plazo de 30 días calendario.

Además, el director que renuncia debe seguir en su puesto hasta que se registre su renuncia.

19
Q

¿Dónde deben ser registrados los nombramientos de los miembros de la Junta Directiva?

A

REGISTRO PÚBLICO

20
Q

¿Dónde deben colocarse los nombres de los miembros de la Junta Directiva?

A

deben ser colocados en un directorio visible dentro de la propiedad.

Si hay un administrador, su nombre también debe estar en un lugar visible en la propiedad.

21
Q

¿Es necesario mostrar los nombres de los miembros de la Junta Directiva si hay un administrador?

A

Si existe un administrador, no es necesario mostrar los nombres de otros miembros de la Junta Directiva.

La razón e por que su nombre es suficiente para identificar la persona responsable.

22
Q

La Junta Directiva cumple y hace cumplir las decisiones de la Asamblea sobre la gestión de los bienes comunes.

FUNCIONES Y FACULTADES:

A
  1. Cumplir y hacer cumplir las decisiones de la Asamblea sobre administración y mantenimiento.
  2. Representar a la Asamblea de Propietarios.
  3. Evaluar y recomendar presupuestos y estados financieros.
  4. Autorizar obras o reparaciones solicitadas por los propietarios.
  5. Aprobar desembolsos extraordinarios para reparaciones urgentes.
  6. Proponer acuerdos para mejorar la recaudación de las cuotas comunes.
  7. Revisar los balances financieros mensuales presentados por el administrador.
  8. Aprobar nombramientos y despidos de empleados.
  9. Contratar servicios legales, contables o técnicos necesarios.
  10. Supervisar la ejecución de obras y servicios.
  11. Resolver quejas y conflictos entre propietarios y el administrador.
  12. Elaborar e implementar el reglamento de uso de los bienes comunes.
  13. Rendir informes detallados sobre la administración.
  14. Atender solicitudes, quejas y sugerencias de los propietarios.
  15. Dirimir conflictos entre propietarios o con el administrador.
  16. Ordenar la recaudación de las cuotas mensuales de gastos comunes.
  17. Atender las solicitudes de uso del fondo para imprevistos.
  18. Autorizar al administrador para cobrar deudas de propietarios.
  19. Convocar a la Asamblea a sesiones ordinarias y extraordinarias.
  20. Crear comités de apoyo y designar a los propietarios que los conformen.
  21. Aprobar o rechazar los contratos o acuerdos propuestos por el administrador.
  22. Evaluar cotizaciones y presupuestos presentados por el administrador.
  23. Realizar la supervisión general de las obras y proyectos en la propiedad.
23
Q

LOS FONDOS DE LA ADMINISTRACIÓN

  1. ¿Dónde deben ser depositados los fondos de la administración?
  2. ¿Quién decide quién puede girar sobre las cuentas de administración?
  3. ¿Cuántas personas deben estar autorizadas para hacer movimientos en las cuentas?
A
  1. Los fondos de la administración deben ser depositados en el banco que determine la Junta Directiva.
  2. La Junta Directiva debe decidir quiénes pueden girar sobre esas cuentas.

3.Debe haber más de una persona autorizada para realizar movimientos en las cuentas.

24
Q

FONDO DE IMPREVISTOS

  1. ¿Dónde se debe depositar el fondo para imprevistos?
  2. ¿Quién decide el banco para el fondo?
  3. ¿Quién autoriza los giros del fondo?
A
  1. El porcentaje de las cuotas de gastos comunes destinado al fondo de imprevistos debe ser depositado en una cuenta aparte.
  2. La cuenta estará en el banco que determine la Junta Directiva.
  3. Solo se podrá girar sobre esta cuenta con autorización de la Asamblea de Propietarios.
25
¿Los miembros de la junta directiva serán responsables por las decisiones que tomen al ejercer su cargo?
1. Los miembros de La Junta Directiva no serán responsables personal, civil , administrativa o penalmente por las actuaciones que ejecuten en el ejercito de su cargo. 2. No podrán ser embargados ni sus bienes ni su dinero 3.. Solo se les protege si hacen lo que la Asamblea de Propietarios les ordenó. ESTO SOLO APLICA SI LAS DESICIONES QUE TOMEN SON LEGALES Y ESTÁN DENTRO DE LA LEY.
26
Sesión Ordinaria: ¿Cuándo debe reunirse la junta directiva en sesión ordinaria?
La junta directiva debe reunirse en la fecha indicada en el reglamento de copropiedad, en el lugar, hora y fecha que determine el presidente.
27
Sesión Extraordinaria: ¿En qué casos debe reunirse la junta directiva en sesión extraordinaria?
La junta también debe reunirse en sesiones extraordinarias cuando lo decida la propia junta mediante una resolución.
28
¿Quiénes pueden convocar una sesión extraordinaria si lo consideran necesario?
El presidente o el administrador pueden convocar una reunión extraordinaria si lo consideran necesario.
29
¿Quiénes pueden realizar la convocatoria para las reuniones de la junta directiva?
La convocatoria para las reuniones de la junta directiva será realizada por el PRESIDENTE. Si él no puede, por otro miembro de la junta.
30
¿Cómo se deben comunicar las convocatorias para las reuniones de la junta directiva?
La convocatoria se enviará por documento escrito o por medio tecnológico, dirigido a la dirección electrónica o datos digitales de cada miembro.
31
¿Con cuánta antelación debe enviarse la convocatoria para una reunión de la junta directiva?
La convocatoria debe enviarse: 1. con un mínimo de 5 días 2. un máximo de 15 días calendario antes de la reunión.
32
¿Qué temas se pueden tratar en una sesión extraordinaria de la junta directiva?
En las sesiones extraordinarias solo se podrán tratar los temas que estén especificados en la convocatoria.
33
¿Cuántos directores deben estar presentes para que haya quórum en una reunión de la junta directiva?
Para que haya quórum en una reunión de junta directiva, debe asistir más de la mitad de los directores. ya sea de manera presencial o por medio tecnológico validable.