BIENES ANEJOS Flashcards
1
Q
Unidad Inmobiliaria VS Bienes Anejos
A
- Unidad Inmobiliaria:
- Es una propiedad independiente, como un apartamento o una casa.
- No necesita estar conectada físicamente a otra propiedad para ser considerada una unidad inmobiliaria.
Ejemplo: Un departamento o una casa
- Bienes Anejos:
- Son áreas o espacios que dependen de una unidad inmobiliaria para existir.
- No tienen que estar pegados o unidos físicamente a la unidad inmobiliaria, pero son parte de ella.
ejemplo: Un estacionamiento, una bodega o un patio que sirve a una casa o departamento
2
Q
Venta de Bienes Anejos
1. ¿ Quién se le puede vender un bien anejo en una propiedad horizontal?
- ¿ Cómo debe realizarse la venta de un bien anejo en una propiedad horizontal?
A
- Solo se puede vender a otro propietario de la Isma propiedad horizontal.
- La venta debe ser realizada a través de:
- Escritura pública
- Registrada en el Registro Público
3
Q
Condiciones de la Venta de Bienes Anejos
A
- Solo se pueden vender bienes anejos que no sean necesarios para el funcionamiento, uso o disfrute de la unidad inmobiliaria.
- No se podrá cambiar el uso de los bienes anejos para que el que fueron destinados originalmente.
4
Q
La venta o traspaso de bienes anejos no requiere la aprobación de:
A
Los demás propietarios.
5
Q
Traspaso de Espacios de Estacionamiento:
A
- Condición para traspasar:
Si un espacio de estacionamiento es asignado como bien anejo, solo puede ser traspasado si la unidad no queda con menos de los estacionamientos que exige la ley. - Certificación:
El interesado debe presentar una certificación de Ministerio de Vivienda que confirme que cumple con las normas.
6
Q
Requisitos para modificar una unidad inmobiliaria:
A
- No afectar la propiedad: La modificación no puede poner en riesgo la estabilidad o funcionamiento del edificio.
- Cumplir con las normas urbanísticas: Debe seguir las reglas que establece el desarrollo urbano de la zona.
- Aprobación de la mayoría de propietarios: Al menos el 66 % de los propietarios deben estar de acuerdo en la asamblea para permitir la modificación.
- Permisos: Hay que obtener la autorización de las autoridades competentes (como el gobierno local o municipal).
- Protocolizar la reforma: la modificación debe ser registrada en un documento oficial que especifique qué cambios se harán.
- Registro público: la modificación se inscribe en el Registro Público.