CONVENIO COLECTIVO Flashcards
NATURALEZA JURIDICA DE LOS CONVENION COLECTIVOS
CONTRATO por su forma de celebracion, luego con la homologacion tiene caracter de LEY. NACE COMO CONTRATO, ACTUA COMO LEY. (no es necesaria su prueba en juicio y es obligatorio)
CARACTERISTICAS DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS
- NACIONALES
- DE ACTIVIDAD (comprenden varias empresas de misma actividad)
- OBLIGATORIOS
- NORMATIVOS (normas generales)
- FORMALES (de redaccion y celebracion)
CARACTERISTICA DE FORMALIDAD DE LOS CONVENIOS
por escrito, homologados, registrados y pubblicados
contenido de los convenios. CLAUSULAS.
- NORMATIVAS (condiciones de trabajo)
- OBLIGACIONALES: (solo para firmantes)
- ESQUELETICAS ( hacen a la estructura)
- las que establecen CONTRIBUCIONES EXTRAORDINARIAS a cargo de trabajadores y/o empleadores a favor del sindicato
CLASIFICACION DE CONVENIOS SEGUN LAS PERSONAS DE APLICACION
- DE EMPRESA (entre sindicato y empresa)
- HORIZONTAL (una especialidad determinada)
- DE ACTIVIDAD
- INTERSECTORIAL/ MARCO: para fijar condiciones aplicables a determinadas actividades)
CLASIFICACION SEGUN AMBITO TERRITORIAL
- MUNICIPALES
- PROVINCIALES
- NACIONALES
- REGIONALES
CLASIFICACION SEGUN FINALIDAD
- CONSTITUTIVO: (crea condiciones de trabajo y remuneraciones para toda una categoria)
- INTERPRETATIVOS (determina alcance)
- DECLARATORIOS (enuncian propositos de las partes)
SUJETOS
TRABAJADORES
ESTADO
EMPLEADORES
REPRESENTACION DEL SECTOR TRABAJADOR EN EL CCT
ASOCIACION SINDICAL CON PERSONERIA GREMIAL
REPRESENTACION DEL SECTOR EMPLEADOR
en un cct original: CAMARA EMPRESARIAL
en un nuevo cct:QUIENES SUSCRIBIERON EL CONVENIO COLECTIVO ANTERIOR
MODOS DE CELEBRACION
EN FORMA DIRECTA O BAJO COORDINACION DE UN FUNCIONARIO
VALIDEZ TERRITORIAL. QUE PASA SI SE SUPERPONE UNO LOCAL CON UNO NACIONAL
TIENE PREVALENCIA EL LOCAL
A PARITR DE CUANDO RIGEN
fecha dictada en el acto de homologacion
EXTINCION DEL CCT. RAZONES
- VENCIMIENTO DEL PLAZO
- DENUNCIA POR UNA DE LAS PARTES
.3 SUSTITUCION POR UNO NUEVO
VIGENCIA DE LAS CLAUSULAS DE UN CONVENIO VENCIDO
SE MANTIENE VIGENCIA HASTA QUE OTRO CCT LO SUSTITUYA SALVO QUE SE HAYA ESTABLECIDO LO CONTRARIO