TEMA 7: EL DELITO DE HOMICIDIO Y SUS FORMAS Flashcards
El derecho a la vida: ¿Cuándo empieza la vida?
- El derecho a la vida requiere la adopción de una posición desde el principio: diferenciar entre la protección de la vida antes del nacimiento y después del nacimiento.
- para la determinación de las penas.
- req generalmente de la doctrina
- expulsión del claustro materno
- visibilidad del sujeto
- vida independiente con el corte del cordón umbilical
- respiración pulmonar autónoma
- “la personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida”, expulsada del seno materno. (reforma de 2011)
El derecho a la vida: ¿Cuándo acaba la vida?
Además, en este ámbito, es importante entender cuándo ocurre la muerte; sobre todo para trasplante de órganos y para la eutanasia. Para considerar un sujeto como muerto, normalmente se exige la ausencia de actividad cerebral: es lo más importante para entender que ha muerto.
Homicidio: caracteristicas (muy) generales
- Hay un complejo sistema de protección y regulación del derecho a la vida con un sistema que va agravando cada vez que haya más circunstancias.
- El CP contempla tipos (agravado, básico, atenuados) para que cada uno responda por lo que ha causado y que conocía, por su conducta.
- El BJ protegido es la vida
- El objeto material es el titular de la vida
- Es un delito común, lo puede realizar cualquiera
- El delito puede ser doloso o imprudente
El artículo 138 se compone de dos partes:
- en la primera, se establece el tipo básico de homicidio: pena de prisión entre 10 y 15 años
- El artículo 138 crea un tipo cualificado que permite aplicar tipos agravados con pena superior en grado (15 años y 1 dia»_space; 22 años y 6 meses)
- en el párrafo, se añade por la reforma un tipo agravado de homicidio requiriendo dos criterios (se remite a los artículos 140 y 550 para establecerlos):
ART 138.2: - en el párrafo, se añade por la reforma un tipo agravado de homicidio requiriendo dos criterios (se remite a los artículos 140 y 550 para establecerlos):
- cuando concurra en su comisión alguna de las circunstancias del artículo 140.1
- cuando los hechos sean además constitutivos de un delito de atentado del artículo 550.
138.2: - cuando concurra en su comisión alguna de las circunstancias del artículo 140.1
- Sujetos vulnerables> menores, pcd y enfermos:
- Hecho subsiguiente a un delito contra la libertad sexual
- Hecho realizado por quien pertenece a un grupo terrorista o criminal
138.2: - cuando los hechos sean además constitutivos de un delito de atentado del artículo 550.
- Atentado a la autoridad en el ejercicio de su función:
- el concepto de autoridad o funcionario público está regulado en el artículo 24 del CP: no es solo el concepto de funcionario del ámbito administrativo, sino que es más abierto, aquel que participe en el ejercicio de la función pública (congreso, MF, docentes, sanitarios, etc)
Delito del ART 139
- recoge el delito de asesinato;
- este delito constiene los elementos del tipo básico del homicidio y algunos mas.
- ## Provoca el salto de pena hasta 25 años:
4 elementos del art 139
1.ª Con alevosía:
2.ª Por precio, recompensa o promesa. Se plantean dos problemas:
3.ª Con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido:
4.ª Para facilitar la comisión de otro delito o para evitar que se descubra:
1.ª Con alevosía:
- es el número 1 del art 22:
- medios, modos o formas que no permite la defensa de la víctima o es por sorpresa (muerte con veneno, en la espalda, etc, sujetos desmayados, dormidos.)
- La muerte de un menor es un tipo agravado por lo cual ya no es alevosía como antes lo consideraba la jurisprudencia
- si aplicamos el asesinato, la alevosía no se tiene en cuenta posteriormente como agravante (bis in idem).
2.ª Por precio, recompensa o promesa. Se plantean dos problemas:
- ¿Cuál es el contenido? Los tribunales lo aceptan en el sentido amplio, no necesariamente solo económico
- ¿Como responden los dos sujetos? el tipo de asesinato lo realiza quien cobra el precio (autor), mientras que el que paga responde como inductor al homicidio + transmision de las circunstancias
3.ª Con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido:
- se vincula con el concepto de tortura en su sentido amplio.
- Hay que valorar al caso completo que el sujeto ha incluido al dolo la intención de provocar un sufrimiento, por lo cual hay que haber dolo antes.
- Todos los actos que se realizan post mortem son actos atípicos
4.ª Para facilitar la comisión de otro delito o para evitar que se descubra:
- se incorporan a la reforma del año 2015.
- El informe del CGPJ indica la dificultad que puede plantear la aplicación de esta circunstancia.
2.ª Por precio, recompensa o promesa. Se plantean dos problemas: transmision de las circunstancias
- NO hay transmisión de circunstancias personales: Las circunstancias personales solo se pueden aplicar al sujeto al que impactan directamente,
- Puede haber transmisión de circunstancias de carácter material
- (medios empleados para realizar los hechos):
- Cada uno responde por lo que hace y conoce.
- El desconocimiento de la tipicidad o antijuridicidad da lugar a error de tipo, error de prohibición.
4.ª Para facilitar la comisión de otro delito o para evitar que se descubra:
- El informe del CGPJ indica la dificultad que puede plantear la aplicación de esta circunstancia.
Para contemplar el caso de evitar que se descubra, nos encontramos también el encubrimiento (realización de actos posteriores a la ejecución del hecho) del artículo 451 y ss.
» puede ser castigado con el delito de encubrimiento o como cómplice de homicidio (las penas son diferentes).
ART 139: que pena si concurren varias circunstancias
En el párrafo Segundo del art 139 responde a cuando hay varias de las 3 primeras circunstancias: se aplica pena en su mitad superior, si concurren varios agravantes del art 22 se aplica la pena en la mitad superior.
ART 140: info generales
- El artículo 140 recoge el super asesinato, el tipo agravado de asesinato.
- añadido por la reforma,
- hay concurrencia de otros elementos además de los elementos del delito de asesinato.
- se añade también la pena de prisión permanentemente revisable y también permite al juez aplicar la mds de vigilancia, un control del sujeto en libertad.
REQ del art 140
- es necesario que haya los requisitos del artículo 139 porque es un tipo agravado
- 1.ª Que la víctima sea menor de 16 años de edad, o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o pcd.
- 2.ª Que el hecho fuera subsiguiente a un delito contra la libertad sexual que el autor hubiera cometido sobre la víctima.
- 3.ª Que el delito se hubiera cometido por quien perteneciere a un grupo u organización criminal.
que pasaba antes de la entrada en vigor del art 140?
Antes no existía este delito y se respondía mediante concursos de delitos (como por ej. homicidio y agresión sexual) pero el lesgilador quiere saltar a penas mas graves como pena permanente revisable.
que problemas plantean “libertad sexual” en el art 140?
- se trata de delitos contra la libertad sexual pero que son de diversa gravedad: acoso sexual donde no hay contacto, agresion sexual.
- Nos lleva a plantearnos si es proporcionado que para cualquier delito de libertad sexual con asesinato se pueda aplicar la prisión permanente revisable;
- la respuesta es no; por lo cual los tribunales reinterpretan la ley solo para agresion sexual y para otros delitos contra la libertad sexual aplican reglas concursales.
El artículo 140 bis: info generales
- este precepto se incorporó con la reforma de 2015.
- Se establece que junto con la aplicación de las mds de libertad vigilada (ap 1),
- además establece la obligación de aplicar la pena accesoria de privación de la patria potestad (ap 2) para los delitos de los artículos anteriores con supuestos de femicidio y violencia vicaria:
Que cambia el art 140 bis con la implementacion de la obligatoriedad de quitar la pp?
- bEsta medida que ya se contemplaba en la Ley contra violencia de género 1/2004, que exige que el juez se pronuncie sobre los menores que conviven con la mujer,
- antes pero se les incluia como víctimas indirectas.
- En 2015, se hace una reforma que modifica el artículo 1 de esta última ley y consideran a los menores en el hogar como víctimas directas: las víctimas de la violencia de género son mujeres y menores.
El artículo 141
- contempla la punición de actos preparatorios (es una excepción al sistema general de solo castigar actos de ejecución)
- los AP se castigaran con la pena inferior en uno o dos grados (prp de proporcionalidad),
- para algunos supuestos de AP recogidos a través de un sistema de numerus clausus:
- “La provocación, la conspiración y la proposición para cometer” los delitos de asesinato y homicidio. - los AP sólo son punibles si no se absorben por el delito ejecutado (prp de proporcionalidad)
Protección mayor de la vida de algunos sujeto > Hay sujetos pasivos con valor de vida diferente en el CP
- El legislador otorga más valor al BJ de la vida del rey (español o extranjero) que a los otros sujetos> prisión permanente revisable.
- parentesco> en la actualidad el sujeto por tener relación no tiene un delito propio de parricidio como había antes sino la circunstancia agravado mixto de parentesco.
- femicidio? discusión que hay en la actualidad es si se crea un delito específico de feminicidio (TS: en los casos de femicidio es posible concurrir dos circunstancias agravantes: parentesco y género)
- EL HOMICIDIO IMPRUDENTE: artículo 142
- contempla la punicion del homicidio por imprudencia;
- es otra excepción al sistema general porque todos los delitos imprudentes que van a ser castigados tienen que ponerlo claro el CP (sistema de numerus clausus),
- Al DP sólo se interesa castigar los resultados provocados por imprudencia y comportamientos negligentes e imprudentes que van seguidos de resultado (principio de intervención mínima).
Como se castigan los delitos imprudentes en el DP?
- Pero normalmente todo lo que castiga en el CP es con dolo (implícitamente) excepto cuando el legislador precisa que es con imprudencia
- Para saber si hubo imprudencia y en qué intensidad hubo, hay que examinar la conducta y buscar si hubo negligencia.
- tenemos que plantearnos qué tipo de imprudencia y luego si el CP castiga los hechos con imprudencia menos grave, en el caso en que no lo hace la conducta será atípica.
Además, si la imprudencia se realiza por un profesional:
“Si el homicidio se hubiera cometido por imprudencia profesional, se impondrá además la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo por un periodo de tres a seis años.”