Tema 4.2 - La propiedad horizontal Flashcards
Qué régimenes aplican?
En el ámbito Estatal, la Ley de Propiedad Horizontal.
Cat - Llei de Propietad Horizontal de Catalunya / CCat
Partes de la Llei de Propietat Horizontal
Se divide en 3 según el objeto:
- Propiedad horizontal simple: la común, referida a los locales y viviendas (90% de los casos)
- Propiedad horizontal compleja: bloque de pisos con parking, piscina y zonas comunes
- Propiedad horizontal por parcelas: pensada para comunidad de vecinos que tienen elementos privativos y cada uno de estos propietarios tiene participaciones en las zonas comunes, como las urbanizaciones, chalets…
Estatuto de la comunidad
Norma jurídica que regula la relación de los propietarios en la comunidad en concreto. Es el promotor quien crea los estatutos. Son regulas jurídicas.
Artículo 553-11→ Estatutos.
- Los estatutos regulan los aspectos referentes al régimen jurídico real de la comunidad y pueden contener reglas sobre las siguientes cuestiones:
a) El destino, uso y aprovechamiento de los elementos privativos y de los elementos comunes.
b) Las limitaciones de uso y demás cargas de los elementos privativos.
c) El ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones.
d) La aplicación de gastos e ingresos y la distribución de cargas y beneficios.
e) Los órganos de gobierno complementarios de los establecidos por el presente código y sus competencias.
f) La forma de gestión y administración.
Reglamentos de régimen anterior
Es aquel conjunto normativo que contiene reglas de funcionamiento de la comunidad (ej. no se puede hacer fiestas a las 12 de la noche). Normas de convivencia entre los propietarios.
Artículo 553-12. Reglamento de régimen interior.
- El reglamento de régimen interior, que no puede oponerse a los estatutos, contiene las reglas internas referentes a las relaciones de convivencia y buena vecindad entre los propietarios y a la utilización de los elementos de uso común y de las instalaciones.
- El reglamento de régimen interior obliga siempre a los propietarios y usuarios de los elementos privativos.
La expresión ‘propiedad horizontal’
Se utiliza la expresión “propiedad horizontal” para referirse a la situación en la que cada uno de los pisos y locales de un edificio pertenecen de manera individual a sus respectivos propietarios, que a su vez son copropietarios de los elementos comunes del inmueble.
Relación entre elementos privativos y elementos comunes
- La compartimentación de los edificios en pisos, locales u otras dependencias destinadas a tenencia y uso privativo de diferentes propietarios requiere el establecimiento de un régimen de propiedad en el que coexistan los derechos exclusivos sobre estos espacios, llamados elementos privativos, con una comunidad sobre loselementos compartidos del edificio, necesarios o convenientes para el buen uso y disfrute de los primeros (como el solar que sostiene el edificio, las fachadas, las escaleras, las instalaciones colectivas, etc.).Estos elementos que se poseen colectivamente se denominan elementos comunes.
- Los elementos privativos y los elementos comunes, en la propiedad horizontal, están vinculados indisociablemente.No se puede ser titular de un elemento privativo sin participar en la comunidad sobre los elementos comunes, ni se puede tener un derecho sobre elementos comunes sin ser titular de un elemento privativo.
- La vinculación entre elementos privativos y elementos comunes se articula por medio de la asignación a cada uno de los primeros de una cuota de participación en la propiedad de los segundos. Las cuotas sirven también de módulo para fijar la participación de los copropietarios en los beneficios, las cargas y el gobierno de la comunidad.
Origen de la idea de propiedad horizontal
Tiene su origen en la Ley de Propiedad Horizontal.La propiedad horizontal se desarrolla, históricamente, como régimen de comunidad de los edificios para pisos.
Diferencia entre la comunidad (ordinaria) de bienes y la propiedad horizontal
- En la PH hay una atribución privativa de la propiedad de los pisos y de los locales. Cada uno de los pisos/locales puede ser transmitido a una persona que tendrá dominio de este.
- Atribución colectiva de la propiedad de los elementos comunes (de forma in separable y duradera). Son elementos que solo pueden ser tenidos en comunidad. Solo pueden ser copropietarios de los elementos comunes aquellos son propietarios individuales.
- En la PH eliminación del derecho de tanteo y de retracto que corresponden a los comuneros en el régimen ordinario de comunidad. El propietario de un piso puede venderlo a quien quiera.
- Eliminación de la facultad de demandar la división de la cosa (elementos comunes). No se puede solicitar que se divida el régimen de PH.
El significado político/económico de la propiedad horizontal
La PH es un mecanismo de democratización de la sociedad→ construir 5 casas aisladas tienen costes mayores que los de construir un único inmueble en el que se comparten elementos comunes.
Los particulares hemos pasado a ser propietarios de viviendas gracias a la propiedad horizontal y la LPH.
Formas de constitución del régimen de la propiedad horizontal
- Normalmente, una vez construido el edificio: se otorga el título de constitución: establece que se puede hacer, las cuotas de participación, los inmuebles, los elementos comunes .. (Licencia de Primera ocupación / Declaración de Obra Nueva)
*Excepcionalmente, es posible el otorgamiento del título de constitución aunque la construcción no esté terminada: es un supuesto de pre-horizontalidad
(Requisitos:
1) licencia de obras municipal y
2) declaración de obra en construcción en escritura pública notarial)
El título de constitución suele ser una carta otorgada (del promotor) respecto de un edificio de su propiedad
- se hace constar en escritura notarial (EP)
- hay que inscribirla en el Registro de la Propiedad
Una vez inscrito el edificio en su conjunto, pueden inscribirse separadamente los pisos o locales.
Descripción de los elementos (contenido del título de la constitución)
- Elementos privativos: Son los locales, los pisos o apartamentos, anexos. Se pueden transmitir libremente por su propietario (el titulo → las cuotas de participación)
- Elementos comunes: Son los espacios de uso comunitario, los fundamentos y elementos estructurales, la fachada.
Se deduce del título de constitución, así como del CCCat o de la LPH (en el título debe aparecer una descripción del edificio en su conjunto, las instalaciones y servicios comunes también).
Son elementos comunes el solar [plot], los járdines, las piscinas, las estructuras, las fachadas, las cubiertas [rooves], los vestíbulos [hallways], las escaleras y los ascensores, las antenas y, en general, las instalaciones y los servicios situados fuera de los elementos privativos.
Los elementos comunes son de titularidad común de todos los copropietarios, de acuerdo con la cuota respectiva, pero en el título de constitución, o por acuerdo unánime de la junta de propietarios, se puede asignar el uso exclusivo de alguno de estos elementos (por ejemplo, un patio o una terraza), sin que pierda su naturaleza común, a uno o varios elementos privativos.
En este caso, los propietarios con uso exclusivo tienen el deber de conservarlos y mantenerlos en buen estado, y deben asumir los gastos ordinarios que deriven del uso.
El propietario no puede transmitir la cuota de los elementos comunes de forma separado. Solo la puede transmitir conjuntamente con el elemento privativo (son indisociables).
Como saber si un elemento es privativo o común
Nos hemos de fijar en la distinción entre elementos comunes y privatives del CC, sino mirar el titulo constitutivo de la comunidad, para saber si un elemento es privado o no.
La cuota de participación
La cuota de participación determina la participación en los elementos comunes de la comunidad. Dicha cuota se establece en el título de constitución. Puede ser que un piso, por ejemplo con vistas al mar, tenga una cuota de participación mayor. La cuota de participación determina los derechos y los deberes de los propietarios, y la proporción en que deberán contribuir en los gastos de la comunidad.
Derechos y deberes de los propietarios sobre los elementos privativos.
Derechos:
Los propietarios pueden modificar, enajenar, grabar sus elementos privativos y hacer todo tipo de actos de disposición o de administración extraordinaria. También pueden hacer obras de conservación y reforma.
Obligaciones:
Conservar el buen estado de los elementos privativos. Por ejemplo, tiene que permitir el acceso a mi inmueble de técnicos para que puedan hacer reparaciones de elementos comunes.
Derechos y deberes de los propietarios sobre los elementos comunes.
Derechos:
Uso y disfrute
Obligaciones:
Pagar el coste de las reparaciones en zonas comunes.
Órganos de gobierno de la comunidad
Si la comunidad es menor de 4 propietarios, no es necesario que se rijan por la Ley de PH.
Artículo 553-15 CCC. Organización de la comunidad.
- Los órganos de la comunidad son la presidencia, la secretaría y la junta de propietarios. Los dos primeros son unipersonales. El cargo de la presidencia debe ser ejercido por un propietario. La secretaría puede ser ejercida por un propietario o por la persona externa a la comunidad que asuma las funciones de administración.
- La comunidad puede encargar la administración a un profesional externo.
Organos de representación:
Junta de propietarios
Presidente
Organos de administracion:
Administrador
Secretario