Medidas Prejudiciales y precautorias Flashcards
Las medidas pre-judiciales Concepto
Consisten en ciertas diligencias o actuaciones que pueden practicarse antes de la iniciación del juicio con el fin de prepararlo o para asegurar que el actor no quede frustrado en sus derechos
Medidas precautorias Concepto
Las medidas precautorias son actos jurídicos procesales realizados exclusivamente por el demandante, que tienen por finalidad asegurar el resultado de la pretensión hecha valer
Titulares de las medidas pre-judiciales
Por regla general puede exigirlas o impetrarlas el que pretende -demandar-. Por excepción las puede solicitar toda persona que fundadamente teme ser demandada 288, y podría solicitar el 273 n 5, 281, 284 y 286
Requisitos de las medidas -prejudiciales- y Tramitación de una medida pre-judicial
- Respecto de las medidas prejudiciales propiamente tales: se debe expresar la acción que se pretende deducir y se deben expresar someramente sus fundamentos.
- Respecto de las medidas prejudiciales precautorias: la regla general es que ellas se decretan sin audiencia de la parte contra quien se piden, 273 final y 289. El tribunal concede o deniega de plano.
- El juez puede decretar estas medidas con o sin oír a la parte contra la que se pide, salvo que la ley exija su intervención. Como se ve no se exige la audiencia. 289
- Presentada la petición el juez estudiara los antecedentes y declara de plano si acepta o no la medida. Se debe notificar a la contraparte de ella, para que luego sea cumplida 40 y 38.
- Si el juez opta por pronunciarse con audiencia de la parte a la que afecta, deberá decretar traslado.
- Hay casos en que la ley exige que el juez oiga a la contraparte
Tribunal competente para conocer de las medidas pre-judiciales
La ley no señala, pero hay que recurrir al tribunal que seria competente para conocer del juicio. Respecto de la competencia relativa resulta interesante señalar que la prorroga solo alcanza a la medida y no se extiende al juicio futuro, según la jurisprudencia, porque la prorroga debe producirse respecto del juicio y en el mismo juicio. 178 COT.
-Campo- de aplicación de las medidas pre-judiciales
Son aplicables a cualquier tipo de procedimiento
Tramitación de una medida pre-judicial
- Presentada la petición el juez estudiara los antecedentes y declara de plano si acepta o no la medida. Se debe notificar a la contraparte de ella, para que luego sea cumplida 40 y 38.
- El juez puede decretar estas medidas con o sin oír a la parte contra la que se pide, salvo que la ley exija su intervención. Como se ve no se exige la audiencia. 289
- Si el juez opta por pronunciarse con audiencia de la parte a la que afecta, deberá decretar traslado.
- Hay casos en que la ley exige que el juez oiga a la contraparte
Clasificación de las medidas pre-judiciales:
Mención
- Medidas pre-judiciales preparatorias
- Medidas pre-judiciales probatorias
- Medidas pre-judiciales precautorias
Medidas pre-judiciales preparatorias
Son aquellas que tienden a obtener datos necesarios para entablar una demanda. Son las contempladas en los artículos 273 N 1 al 4, 282 y 285. Ejemplos: la declaración jurada acerca de algún hecho, la exhibición de la cosa, la exhibición de sentencias, testamentos, inventarios, de libros de contabilidad, el reconocimiento jurado de firma, etc.
Medidas prejudiciales probatorias
Son aquellas que tienden a obtener pruebas anticipadas para un próximo juicio, como aquellas contempladas en los artículos 273 N 5, 281, 284, 286. Ejemplos, inspección personal del tribunal, informe de peritos, testigos.
Responsabilidad Medidas pre-judiciales preparatorias y probatorias:
El solicitante que obtenga una medida prejudicial que haya alcanzado su finalidad, debe deducir su acción dentro de los 30 días siguientes a su realización (se entiende desde la ejecución de la medida). Si no lo hace, será responsable de todos los daños y perjuicios que hubiese causado con su solicitud, los que se determinarán en juicio sumario. Igual responsabilidad se aplica si el solicitante de la medida fue quien temía ser demandado y apareciere haber obrado de mala fe o en forma infundada.
Medidas prejudiciales precautorias:
Son aquellas destinadas a asegurar el resultado de la acción que se va a entablar, 279. Ejemplos, El secuestro de la cosa que es objeto de la demanda, el nombramiento de uno o más interventores, la prohibición de celebrar actos o contratos sobre bienes determinados.
Requisitos de las medidas prejudiciales precautorias
Los generales y los especiales. Estas ultimas son: que existan motivos graves y calificados, que se determine el monto de los bienes, que se rinda fianza u otra garantía suficiente (para responder de los posibles perjuicios o multas). Una vez decretada la medida el solicitante debe presentar su demanda dentro de los 10 días siguientes, plazo que puede ser ampliado hasta por 30 días habiendo motivo fundado.
-Medidas- precautorias
Las medidas precautorias son actos jurídicos procesales realizados exclusivamente por el demandante, que tienen por finalidad asegurar el resultado de la pretensión hecha valer (Valdivieso, 2014).
Son aquellas que puede solicitar -el- demandante en cualquier estado del juicio, aun cuando no este contestada la demanda, para asegurar el resultado de la acción (Selame) están tratadas entre el 290 al 302.
Oportunidad para solicitar las medidas precautorias
En cualquier estado del juicio, aunque no este contestada la demanda e incluso citadas las partes a oír sentencia.