Jurisdicción y competencia Flashcards

1
Q

¿Qué es un tribunal?

A

Es el órgano público establecido en la ley, para los efectos de ejercer la función jurisdiccional, a través del debido proceso

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2
Q

¿Cómo se clasifican los tribunales?

A
  • En atención a la competencia: en ordinarios, especiales y arbitrales.
  • En atención a su composición: En unipersonales y colegiados.
  • En atención a la instancia: de única instancia, de primera y segunda instancia.
  • Según la forma en que resuelven el conflicto: Tribunales de derecho y tribunales de equidad.
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3
Q

¿Cuál es la estructura que presentan los tribunales ordinarios?

A

En la cúspide de la pirámide se encuentra la Corte suprema, luego la corte de apelaciones y en la base, los juzgados de letras, los juzgados de jueces y los tribunales de juicio oral en lo penal. 5 COT.

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4
Q

¿Qué es la corte suprema?

A

Es el máximo tribunal de la República y posee la super intendencia directiva, correccional y económica sobre todos los demás tribunales (salvo el tribunal constitucional y los tribunales electorales regionales) 82 CPR y 94 COT

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5
Q

Jurisdicción

A

Es la función pública realizada por órganos competentes del Estado con las formas requeridas por la ley en virtud de la cual por acto de juicio se determina el derecho de las partes, con el objeto de dirimir sus conflictos, controversias de relevancia jurídica mediante decisiones con autoridad de cosa juzgada eventualmente factibles de ejecución (Couture)

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6
Q

Características de la jurisdicción

A
  • Origen constitucional: art. 76 CPR
  • Tiene unidad conceptual:
  • Es inderogable
  • In indelegable
  • Irrenunciable
  • Improrrogable
  • Territorial
  • Produce efecto de cosa juzgada. Las sentencias que emiten los tribunales producen el efecto de verdad indiscutible e inamovible, una vez que se encuentra firme o ejecutoriada. Susceptible de obtener su cumplimiento de lo resuelto por parte del vencedor a través de la acción de cosa juzgada. Impidiendo que se vuelva a discutir lo resuelto.
  • Está amparada por el imperio: se llama imperio la facultad de los tribunales para ejecutar ellos mismos lo juzgado y para lograr este cumplimiento puede requerirse directamente el auxilio de la fuerza pública 76, 3 de la CPR.
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7
Q

¿Qué son los momentos jurisdiccionales?

A

Dicen relación con las diversas fases o etapas que se contemplan para el desarrollo de la función jurisdiccional. Corresponden a la etapa de conocimiento, juzgamiento y la ejecución de lo juzgado, los cuales se encuentran contemplados en los 76 CPR 1 COT.

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8
Q

¿Qué son los momentos jurisdiccionales?

A

Dicen relación con las diversas fases o etapas que se contemplan para el desarrollo de la función jurisdiccional. Corresponden a la etapa de conocimiento, juzgamiento y la ejecución de lo juzgado, los cuales se encuentran contemplados en los 76 CPR 1 COT.

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9
Q

Efecto de cosa juzgada, como característica de la jurisdicción

A

Las sentencias que emiten los tribunales producen el efecto de verdad indiscutible e inamovible, una vez que se encuentra firme o ejecutoriada. Susceptible de obtener su cumplimiento de lo resuelto por parte del vencedor a través de la acción de cosa juzgada. Impidiendo que se vuelva a discutir lo resuelto.

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10
Q

Concepto de equivalentes jurisdiccionales

A

Medios a través de los cuales se logra la solución de un conflicto sin necesidad de recurrir a una sentencia

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11
Q

Los equivalentes jurisdiccionales, lista y concepto de cada uno

A
  • La conciliación: el acuerdo obtenido en un proceso con la participación activa del juez.
  • El avenimiento: se diferencia de la anterior en que se obtiene extrajudicialmente sin intervención alguna del juez, el que toma conocimiento del mismo a través de una presentación de las partes.
  • La transacción: es un contrato por el cual las partes ponen termino extrajudicialmente a un litigio pendiente o precaven un litigio eventual, según el artículo 2446 CC. La doctrina añade que se deben hacer concesiones reciprocas. Para que valga como título debe constar en escritura pública.
  • El sobreseimiento definitivo: en los procesos criminales.
  • La sentencia extranjera: cuando nuestra ley le da valor.
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12
Q

¿En que consiste la transacción? Carlos López Diaz

A

Es un método autocompositivo de carácter bilateral y no asistido, destinado a precaver un litigio eventual o poner termino a un litigio pendiente, haciéndose las partes concesiones reciprocas. Es un equivalente jurisdiccional por cuanto de acuerdo al 2460 CC produce efecto de cosa juzgada de última instancia y por ello puede oponerse por vía de excepción para impedir que se dicta un fallo contrario a lo establecido en ella. En relación a la cosa juzgada, solo producirá efecto si es celebrada por escritura pública, puesto que no aparece mencionada como uno de los títulos ejecutivos del 434 CPC.

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13
Q

¿En que consiste la mediación?

A

Es un procedimiento no adversarial, en el cuál un tercero imparcial ayuda a las partes a negociar para llegar a un acuerdo mutuamente aceptable y cuando es obligatorio para las partes se llama arbitraje.

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14
Q

Actos judiciales no contenciosos

A

817 CPC aquellos que según la ley requieren la intervención del juez y en que no se promueve contienda alguna entre las partes, aunque no se habla de partes sino de interesados

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15
Q

La competencia concepto

A

La competencia es la facultad que tiene cada juez o tribunal para conocer de los negocios que la ley ha colocado dentro de la esfera de sus atribuciones 108 COT.

La doctrina define competencia como la esfera, grado o medida establecida por el legislador para que cada tribunal ejerza jurisdicción.

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16
Q

Paralelo entre jurisdicción y competencia

A
  • La jurisdicción es un poder deber del Estado para la resolución de los litigios; por su parte, la competencia es el grado, esfera o medida para el ejercicio de la jurisdicción.
  • La jurisdicción es una sola; la competencia admite múltiples clasificaciones
  • La jurisdicción no es prorrogable; la competencia sí (respecto del elemento territorio, en los asuntos contenciosos civiles en primera instancia y ante tribunales ordinarios)
  • La jurisdicción no es delegable, la competencia si (mediante los exhortos)
  • Todo juez tiene jurisdicción, pero no necesariamente competencia para conocer de un asunto. Un juez sin jurisdicción no es juez en verdad.
  • La falta de jurisdicción genera inexistencia procesal; la falta de competencia genera nulidad procesal.
  • La jurisdicción puede ser alegada como excepción perentoria; la falta de competencia se alega por vía de declinatoria como excepción dilatoria.
17
Q

Clasificación de la competencia atendiendo a la fuente

A
  • Competencia natural o propia: es la determinada por la ley
  • Competencia prorrogada: es aquella en que las partes expresa o tácitamente le confieren a un tribunal que no es naturalmente competente para conocer de un negocio
  • Competencia delegada: es aquella que un tribunal posee por -habérsela- delegado otro tribunal. Mas bien aquella que ordena la ley para el cumplimiento de una resolución en un territorio diverso al tribunal que lo dicto. 7 y 71 del COT.
18
Q

Mención de los elementos de la competencia

A

Fuero, materia, cuantía y territorio

19
Q

Que es la materia como elemento de la competencia

A

La naturaleza del negocio sometido a la decisión de un tribunal

20
Q

El fuero como elemento de la competencia

A

El fuero es la calidad o dignidad que tienen ciertas personas y en cuya virtud los asuntos en que ellos -tengan- interés no son conocidos por los tribunales que ordinaria o naturalmente les correspondería conocer, sino que ese conocimiento pasa a otro tribunal de superior jerarquía o a través de un procedimiento distinto.

21
Q

La cuantía, como elemento de la competencia

A

Aquel que se determina por el valor de la cosa disputada y en los asuntos criminales se determina por la pena que el delito lleva consigo

22
Q

Orden de aplicación de los elementos de la competencia

A

Metería, fuero, cuantía

23
Q

Clasificación de la competencia mas importante

A

La mas importante, no mas

  • Absoluta: aquella que determina la jerarquía del tribunal que es llamado- por ley
  • Competencia relativa: aquella que precisa que tribunal de una jerarquía es el llamado por ley a conocer de un determinado asunto. Que juez de letras.
24
Q

Reglas generales de competencia

A
  • De radicación o fijeza
  • Del grado o superioridad
  • De extensión
  • De prevención o de inexcusabilidad
  • Regla de la ejecución
25
Q

Reglas de radicación o fijeza:

A

Consiste en el efecto de hacerse irrevocable la competencia de un órgano jurisdiccional para conocer de un asunto que se encuentra en la esfera de sus atribuciones, cualesquiera que sean los hechos posteriores que importen modificar los elementos que se tuvieron en cuenta para determinar la competencia absoluta o -relativa- de ese órgano jurisdiccional. En civil se produce con la notificación legal de la demanda al demandado y este conteste sin reclamar la incompetencia del tribunal 109.

26
Q

Regla del grado o superioridad:

A

Fijada la competencia en el tribunal inferior para conocer en primera instancia de un asunto queda igualmente fijada la del tribunal superior que debe conocer del mismo asunto en segunda instancia 110.

27
Q

Regla de extensión

A

El tribunal que es competente para conocer de un asunto lo es igualmente para conocer de todas las incidencias que en el se promuevan 111.

28
Q

Regla de la prevención o de inexcusabilidad

A

Si fueren competente dos o más tribunales para conocer de un asunto, ninguno de ellos podrá excusarse del conocimiento bajo el pretexto de haber otros tribunales competentes, pero el que comience a conocer excluye a los demás, los cuales entonces cesan de ser competentes

29
Q

Regla de la ejecución:

A

Consiste en que la ejecución de las resoluciones corresponde a los tribunales que las han pronunciado en primera o en única instancia 113 y 114. Este es el poder de imperio. Igual tiene excepciones bien rebuscadas, chao.

30
Q

Reglas que determinan la competencia absoluta

A

Se refieren a las reglas que determinan la jerarquía del tribunal llamado a conocer un negocio, según la Fuero, materia y cuantía.

31
Q

Prorroga de la competencia

A

Es el acto por el cual las partes expresa o tácitamente convienen en someter el conocimiento de un negocio a un tribunal relativamente incompetente. Pero como se ve, solo respecto de su territorio.

La competencia absoluta no se puede prorrogar porque es de orden público.

32
Q

Concepto de reglas de distribución de causas

A

Son aquellas normas procesales que, luego de aplicadas las reglas de competencia absoluta y relativa, permiten determinar el tribunal que conocerá de un asunto, en aquellos lugares en que existen dos o más órganos jurisdiccionales con igual competencia.

33
Q

Reglas de distribución de causas

A

Se refieren a aquellas comunas o agrupación de comunas en cuyo territorio existan dos o mas jueces con igual competencia 175-178 COT. Donde no exista corte de apelaciones, deberá presentarse ante la secretaría del primer juzgado de letras toda demanda o gestión judicial que se iniciare y que deba conocer alguno de dichos jueces, a fin de que se designe a aquel de ellos que lo hará. Si existiere una corte de apelaciones deberá presentarse a la corte toda demanda o gestión judicial.

34
Q

Los receptores judiciales

A

“Los Receptores son funcionarios auxiliares de la administración de justicia, que revisten el carácter de ministros de fe pública y se encuentran encargados de hacer saber a las partes, fuera de las oficinas de los secretarios, los decretos y resoluciones de los tribunales de justicia y de evacuar todas aquellas diligencias que los mismos tribunales le cometieren (art.390 del C.O.T.). Deben recibir, además, las informaciones sumarias de testigos en actos de jurisdicción voluntaria o en juicios civiles y actuar en estos últimos como ministros de fe en la recepción de la prueba testimonial y en la diligencia de absolución de -posiciones-.”

35
Q

Los receptores judiciales

A

“Los Receptores son funcionarios auxiliares de la administración de justicia, que revisten el carácter de ministros de fe pública y se encuentran encargados de hacer saber a las partes, fuera de las oficinas de los secretarios, los decretos y resoluciones de los tribunales de justicia y de evacuar todas aquellas diligencias que los mismos tribunales le cometieren (art.390 del C.O.T.). Deben recibir, además, las informaciones sumarias de testigos en actos de jurisdicción voluntaria o en juicios civiles y actuar en estos últimos como ministros de fe en la recepción de la prueba testimonial y en la diligencia de absolución de -posiciones-.”

36
Q

El debido proceso

A

Se trata de una serie de condiciones o requisitos impuestos al proceso por la aplicación de diversos principios de carácter constitucional para respetar, cautelar y resguardar en mejor forma los derechos y garantías de los litigantes durante la investigación, tramitación y decisión del juicio, sea este de carácter civil, penal o relativo a otra materia. Un debido proceso permite a las partes ejercer en mejor forma sus alegaciones y derechos, y producir sus pruebas, respetando el principio de igualdad entre ellas ante un tribunal pre establecido, imparcial e independiente. Se consagra en el 19 n3 CPR.