Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales y Marco normativo básico Flashcards
Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales. Concepto general de trabajo. Concepto de salud y condiciones de trabajo. El trabajo y la salud. Concepto general de riesgos Laborales. Principios generales de la actividad preventiva. Conceptos de prevención y protección. Consecuencia de los riesgos. Daños a la salud
Principios de la actividad preventiva
a) Evitar…
b) Evaluar…
c) Combatir…
d) Adaptar el…
e) Tener en cuenta la…
f) Sustituir lo…
g) Planificar la…
h) Adoptar medidas que antepongan la…
i) Dar las debidas…
a) Evitar los riesgos.
b) Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
c) Combatir los riesgos en su origen.
d) Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud.
e) Tener en cuenta la evolución de la técnica.
f) Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
g) Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo.
h) Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
i) Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.
Definición
Aquellos que, en ausencia de medidas preventivas específicas, originen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores que los desarrollan o utilizan
Procesos, actividades, operaciones, equipos o productos potencialmente peligrosos
Definición
La contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta ley, y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen
Enfermedad profesional
Exige:
1. Que sea contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena (cuenta propia “Autónomos” tiene distinta regulación).
2. Que sea ocasionada por las actividades que se especifiquen en el cuadro Real Decreto 1995/1978.
3. Que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en el cuadro anterior se indiquen para cada enfermedad profesional.
Los tipos de técnicas de prevención en el trabajo se pueden clasificar en:
- Seguridad en el trabajo
- Psicosociología
- Higiene industrial
- Ergonomía
- Medicina en el trabajo
Definición
Conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo
Prevención
Diferencia entre Incidente y Accidente en blanco
Incidente : hay daños materiales pero no personales.
Accidente en blanco: no hay daños ni materiales ni personales.
Definición
Equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin
Equipo de protección individual (EPI)
Definición
Cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo
Equipo de trabajo
Composición de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
Funciona en Pleno, en Comisión Permanente o en Grupos de Trabajo.
Integrada por un representante de cada CCAA e igual número de la AGE + paritariamente con los anteriores, representantes de las org. empresariales y sindicales más representativas.
- Presidente: Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social.
- 4 Vicepresidentes.
- Vocales.
- Secretaría: Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Órgano colegiado asesor de las AP en la formulación de las políticas de prevención y órgano de participación institucional en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
RD 2/2006
Se procederá a la revisión y actualización de la evaluación inicial o sucesivas de riesgos laborales
Cada 4 años y, en todo caso, cuando se produzcan situaciones de daños para la salud, con ocasión de la introducción de equipos de trabajo que puedan generar riesgos nuevos no contemplados con anterioridad y cuando se evidencie una inadecuación de los fines de protección requeridos
Definición
Combinación de frecuencia y probabilidad, así como de las consecuencias de materialización de un delito
Riesgo (Risk)
Definición
Cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador
Condición de trabajo
Organismo estatal con servicios centrales y periféricos/territoriales cuya misión es la vigilancia y control de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.
Inspección de Trabajo y Seguridad Social
RD 2/2006
Los delegados de prevención deberán ser [-]. Los designan [-].
Los delegados de prevención deberán ser funcionarios de la PN en activo o segunda actividad. Los designan las Organizaciones Sindicales con representación en el Consejo.
Auditorías, primera y siguientes
Primera: dentro de los 12 meses siguientes al momento en que se disponga de la planificación de la actividad preventiva.
Siguientes: cada 4 años, excepto cuando se realicen actividades potencialmente peligrosas, en que el plazo será de 2 años
Definición de Salud según la OMS
La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades
RD 1299/2006
Cuadro de enfermedades profesionales
Grupo 1: Enfermedades profesionales causadas por agentes químicos.
Grupo 2: Enfermedades profesionales causadas por agentes físicos.
Grupo 3: Enfermedades profesionales causadas por agentes biológicos.
Grupo 4: Enfermedades profesionales causadas por inhalación de sustancias y agentes no comprendidas en otros apartados.
Grupo 5: Enfermedades profesionales de la piel causadas por sustancias y agentes no comprendidos en alguno de los otros apartados.
Grupo 6: Enfermedades profesionales causadas por agentes carcinogénicos.