Contratos parte especial: promesa, compraventa y mandato Flashcards
Contrato de promesa
aquel en que dos o más personas se comprometen a celebrar un contrato futuro, en cierto plazo o en el evento de cierta condición, cumpliéndose los demás requisitos legales.
Contrato definitivo y contrato preparatorio
1)Contrato definitivo: el que se celebra cumpliendo con la obligación de hacer originada en el contrato de promesa.
2) Contrato preparatorio: aquel del cual nace la obligación de hacer que consiste en celebrar, dentro de un plazo o condición, el contrato definitivo.
¿Donde se ubica el contrato de promesa?
Está tratado en el Art. 1554 CC, en el Título XII del Libro IV, relativo a los efectos de las obligaciones, específicamente la ejecución forzada de la obligación de hacer
Artículo 1554CC
Art. 1554 CC. “La promesa de celebrar un contrato no produce obligación alguna; salvo que concurran las circunstancias siguientes:
1.a Que la promesa conste por escrito;
2.a Que el contrato prometido no sea de aquellos que las leyes declaran ineficaces;
3.a Que la promesa contenga un plazo o condición que fije la época de la celebración del contrato;
4.a Que en ella se especifique de tal manera el contrato prometido, que sólo falten para que sea perfecto, la tradición de la cosa, o las solemnidades que las leyes prescriban.
Concurriendo estas circunstancias habrá lugar a lo prevenido en el artículo precedente.”
Características contrato de promesa
- Unilateral o bilateral
- Gratuito u oneroso
- Contrato principal
- Contrato solemne
- contrato preparatorio
- Modalidad elemento de la esencia
- General y de derecho estricto
- Obligación de hacer
- Acción mueble
Promesa unilateral de celebrar un contrato bilateral (discusión)
Argumentos en contra:
1) No cumple con el Art. 1554 N° 2 CC, porque un contrato en que uno sólo se obligue a vender no produce efecto alguno.
2) No se cumple el Art. 1554 N° 4, porque en el contrato de compraventa, uno de sus requisitos esenciales es el concurso real de las voluntades del vendedor y del comprador.
3)En la promesa unilateral de venta queda exclusivamente a voluntad del comprador contraer las obligaciones inherentes a su calidad de tal. → condición meramente potestativa de su voluntad (nula)
Argumentes a favor:
1)Ninguna disposición legal exige que en la promesa ambas partes se obliguen recíprocamente.
2)La exigencia del Art. 1554 N° 4 CC no significa que el contrato de promesa haya de tener la misma esencia y naturaleza del contrato prometido.
3) Hay numerosas disposiciones que revelan el espíritu de aceptar, en materia de promesa de compraventa, obligaciones unilaterales.
Contrato de opción
Contrato de opción: el contrato definitivo ya existe, pero en virtud de una cláusula especial, se dejan pendientes sus efectos a la espera de que el destinatario de la opción haga uso de ésta
Promesa unilateral de contrato bilateral
existe una promesa de celebrar un contrato definitivo, en la cual sólo una de las partes resulta obligada, pero el contrato definitivo no existe. Sólo se genera una obligación de hacer.
Diferencias contrato de opción y contrato de promesa unilateral de contrato bilateral
Promesa por escrito
Contrato solemne, debe cumplirse siempre, aun cuando el contrato prometido sea consensual.
La tendencia mayoritaria establece que la promesa de celebrar una compraventa de bienes raíces no necesita, para su validez, escritura pública.
Contrato prometido no sea de aquellos que la ley declara ineficaces
Que el contrato prometido este permitido per la ley.
Promesa contenga plazo o condición
La modalidad es un elemento de la esencia del contrato de promesa.
Plazo: Para la mayoría de los autores, se trata de un plazo suspensivo, es decir, posterga la exigibilidad de las obligaciones derivadas de la promesa. Vencido el plazo, nace el derecho de exigir el cumplimiento de la obligación de celebrar el contrato prometido. Puede ser expreso o tácito.
Condición: Tanto la condición suspensiva como la resolutoria son eficaces.
- Se puede fijar un plazo y una condición conjuntamente.
Artículo 1554 cc:
A. ¿Es posible la promesa de un contrato consensual?
B. ¿Significa esto que el contrato debe contener todas y cada una de las cláusulas del contrato definitivo?
A. sí, que el contrato se especifique cabalmente no significa que se esté prestando ahora el consentimiento.
B. Se ha sostenido que es necesario que el contrato prometido esté prácticamente contenido en la promesa
Lesión enorme en el contrato de promesa
Doctrina mayoritaria → no es procedente
- La compraventa y promesa de compraventa son contratos distintos.
- No puede excepcionarse el demandado respecto de la obligación que contrajo en la promesa alegando el posible vicio de lesión enorme que podría afectar a la compraventa todavía no celebrada.
Efectos del contrato de promesa
- nacimiento de una obligación de hacer.
• Si se cumple, se extingue la promesa y sólo pasa a tener vida el contrato definitivo.
• Si no se cumple, podría el acreedor solicitar al juez que apremie al contratante negligente para que celebre el contrato, y de negarse éste, dentro del plazo que le señale el tribunal, podrá solicitarse al juez que suscriba dicho contrato por la parte rebelde o que declare resuelto el contrato de promesa y ordene el pago de indemnización de perjuicios.
Artículo 1793 cc
Art. 1793 CC. “La compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aquélla se dice vender y ésta comprar. El dinero que el comprador da por la cosa vendida, se llama precio.”
Características de la compraventa
- Bilateral
- Oneroso
- Generalmente conmutativo
- Principal
- Rg: consensual
¿La compraventa transfiere el dominio?
No, la cv no transfiere el dominio. es un titulo traslaticio de dominio.
Elementos de la esencia de la cv
- Consentimiento
- Cosa
- Precio
Forma de la cv
Rg: consensual
Art. 1801 inc. 1o CC. “La venta se reputa perfecta desde que las partes han convenido en la cosa y en el precio;”
El consentimiento en la CV debe recaer sobre:
- La cosa objeto del contrato
- El precio
- Venta misma
Consentimiento en las ventas forzadas
Rg: consentimiento debe manifestarse libre y espontáneamente
Excepción: ventas forzadas (el deudor ha consentido de antemano en las consecuencias de la obligación)
Tipos de solemnidades en la CV
- Solemnidades legales:
- ordinarias: aquellas de que por la ley está revestida la compraventa de cierta clase de bienes.
- especiales: aquellas que la ley exige para la compraventa en atención a las circunstancias particulares en que se celebra o a las personas que intervienen. - Solemnidades voluntarios: aquellas que establecen las partes, sea añadiéndolas a las que establece la ley, sea para hacer solemne una compraventa que es naturalmente consensual (1802 cc)
- Las arras: cantidad de dinero u otras cosas muebles que se da: a) Como garantía de la celebración o ejecución del contrato o b) Como parte del precio o en señal de quedar las partes convenidas.
Articulo 1801 cc
Art. 1801. La venta se reputa perfecta desde que las partes han convenido en la cosa y en el precio; salvas las excepciones siguientes.
La venta de los bienes raíces, servidumbre y censos, y la de una sucesión hereditaria, no se reputan perfectas ante la ley, mientras no se ha otorgado escritura pública.
Los frutos y flores pendientes, los árboles cuya madera se vende, los materiales de un edificio que va a derribarse, los materiales que naturalmente adhieren al suelo, como piedras y sustancias minerales de toda clase, no están sujetos a esta excepción.