UNIDAD2 Flashcards
Unidad 2 – Contratos relacionados con el fondo de comercio
Suministro
Es el contrato por el cual una parte se obliga a entregar bienes, incluso servicios sin relación de dependencia, en forma periódica o continuada, y el suministrado a pagar un precio por cada entrega o grupo de ellas
Se utiliza cuando el bien o servicio es requerido con periodicidad, pues a través del mismo el Suministrante se asegura la venta y el suministrado la recepción
Puede ser convenido por un plazo máximo de veinte años si se trata de frutos, producto de suelo o subsuelo, con proceso de elaboración o sin él. En el caso de los demás diez años
Suministro
Partes:
- Suministrante: quien debe entregar las cosas en forma continua o periódica
- Suministrado: es el que debe recibir la entrega de la cosa por la cual abonara un precio pactado
Suministro
Obligaciones:
- Del Suministrante: a realizar las prestaciones continuadas o periódicas de los bienes en las formas establecidas
- Del suministrado: abonar el precio en las condiciones de tiempo y lugar pactadas, recibiendo los productos suministrados según lo acordado
Suministro
Clases:
- Para reventa
- Para consumo: gas, electricidad, etc.
- Para uso
- Para uso exclusivo
Consignación
La consignación es un contrato por el cual una persona, llamada consignante, entrega a otra, llamada consignatario, una cosa determinada para que la venda y le entregue el precio, o para que la conserve y le entregue la cosa o el precio, según lo acuerden.
Obligaciones del consignante
- Entregar la cosa al consignatario: El consignante debe entregar la cosa al consignatario en el lugar y tiempo acordados.
- Pagar la comisión: El consignante debe pagar al consignatario la comisión pactada, o la que corresponda por ley.
- Responder por los vicios ocultos de la cosa: El consignante responde por los vicios ocultos de la cosa, salvo que los hubiere manifestado al consignatario.
Obligaciones del consignatario
- Recibir la cosa: El consignatario debe recibir la cosa del consignante en el lugar y tiempo acordados.
- Vender la cosa o conservarla: El consignatario debe vender la cosa o conservarla, según lo acuerden.
- Entregar el precio o la cosa: El consignatario debe entregar al consignante el precio o la cosa, según lo acuerden.
- Responder por los daños y perjuicios: El consignatario responde por los daños y perjuicios que cause al consignante por su culpa o negligencia.
Consignación
Comisión de garantía
La comisión de garantía es una suma de dinero que el consignante entrega al consignatario para garantizar el pago de la comisión y los gastos que pueda ocasionar la consignación.
Se presume que es del 10% del valor de la cosa consignada.
Se devuelve al consignante al finalizar la consignación, siempre que el consignatario haya cumplido con sus obligaciones.
Ejemplo
Una persona (el consignante) desea vender un automóvil. Para ello, entrega el automóvil a otra persona (el consignatario), quien se compromete a venderlo y entregarle el precio.
En este caso, el consignante tiene las siguientes obligaciones: entregar el automóvil al consignatario, pagar la comisión pactada, y responder por los vicios ocultos del automóvil.
El consignatario tiene las siguientes obligaciones: recibir el automóvil del consignante, venderlo o conservarlo, según lo acuerden, entregar el precio o el automóvil al consignante, y responder por los daños y perjuicios que cause al consignante.
La comisión de garantía en este caso se presume que es del 10% del valor del automóvil.
Agencia
Hay contrato de agencia cuando una parte, denominada agente, se obliga a promover negocios por cuenta de otra denominada proponente o empresario, de manera estable, continuada e independiente, sin que medie relación laboral alguna, mediante una retribución.
El agente no representa al empresario, salvo pacto en contrario. No representa al empresario a los fines de conclusión o ejecución de contratos en los que actúa. Debe tener poder especial para cobrar los créditos resultantes de la gestión, pero en ningún caso puede conceder quitas, desistir la cobranza de un crédito o consentir acuerdos.
Agencia
Elementos:
- Autonomía: el agente actúa en forma independiente
- Estabilidad del vínculo: se trata de un contrato de ejecución continuada y con intención de perdurabilidad
- Actuación en interés del proponente
- Independencia contractual: el agente no es parte de los contratos que se celebran
- Ejercicio territorial: el agente se desenvuelve en una zona determinada
- Exclusividad: tiene derecho a exclusividad de zonas, negocios o grupo humano
Agencia
Objeto plazo
Objeto: el objeto del contrato es de promover el negocio a favor de la otra parte
Plazo: se puede celebrar por tiempo indeterminado. La continuidad de un contrato con tiempo determinado, al vencimiento del mismo, lo convierte en un contrato por tiempo indeterminado
El contrato por tiempo indeterminado se extingue mediante preaviso. El plazo del preaviso se computa según el tiempo que paso desde su creación; por cada año que pasa es un mes de preaviso. La omisión del mismo otorga a la otra parte el derecho de indemnización equivalente al periodo de ganancias que se perderían según el preaviso
Se puede extinguir, a su vez, por muerte o incapacidad del agente, disolución de la persona jurídica que celebra el contrato, quiebre de cualquiera de las partes, incumplimiento grave o reiterado de una de las partes, disminución significativa del volumen de negocios del agente
Obligaciones:
Del agente:
Del empresario
Del agente:
- Velar por los intereses del empresario y actuar de buena fe en el ejercicio de sus actividades
- Ocuparse con diligencia
- Cumplir su cometido según las instrucciones dadas por el empresario
- Informar al empresario, sin retraso, todos los negocios tratados o concluidos y la solvencia de terceros involucrados
- Recibir en nombre del empresario las reclamaciones de terceros
- Asentar en su contabilidad de forma independiente los actos u operaciones respectivas a cada empresario por cuya cuenta actué
Del empresario
- Actuar de buena fe y realizar todo para permitir el actuar del agente
- Poner a disposición del agente la cantidad apropiada de muestras, catalogo, tarifas y demás elementos
- Pagar la remuneración pactada
- Comunicar al agente, en un plazo máximo de 15 días, la aceptación o rechazo de las propuestas transmitidas
- Comunicar al agente, dentro de los 15 días hábiles, la recepción de la orden, ejecución parcial o falta de ejecución del negocio propuesto
Concesión
Hay contrato de concesión cuando el concesionario, que actúa en nombre y por cuenta propia frente a terceros, se obliga mediante una retribución a disponer de su organización empresarial para comercializar mercaderías provistas por el concedente, prestar los servicios y proveer los repuestos y accesorios según sea convenido
CONCESIÓN Partes:
- Concedente: empresa productora o fabricante de bienes y productos, y quien establece un contrato marco que dominara la estrategia comercial a seguir y sus objetivos globales
- Concesionario: sujeto autónomo que actúa en nombre y riesgo propio asumiendo la calidad de verdadero empresario que coloca su propia organización comercial al servicio del concedente
Concesión
Características:
- Contrato bilateral, oneroso, consensual, no formal
- Tiende a perdurar en el tiempo
- Es exclusiva para ambas partes en el territorio o zona determinada
- El plazo no puede ser inferior a cuatro años
- El concesionario tiene derecho a una retribución, ya sea comisión, margen de ganancia sobre unidades vendidas a terceros o cantidades fijas, entre otras formas convenidas