UNIDAD 4 Flashcards

1
Q

Unidad 4 – Contratos de seguro
Nociones Generales

A

Es aquel contrato en el que el asegurador se obliga, mediante el pago de una prima o cotización a cargo del asegurado, a resarcir un daño o cumplir con la prestación convenida si el evento previsto ocurre
El seguro no evita el daño, si no que tolera sus consecuencias

________—
El contrato de seguro aquel contrato en el que asegurador se obliga, contra el pago de una Prima o cotización al cargo de la asegurado asumir los riesgos a los que se encuentran expuestas las personas y cosas; y eventualmente resarcir un daño o cumplir la prestación convenida si el evento previsto ocurre.

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1
Q

Clasificación:

A
  • Seguros patrimoniales: recaen sobre un bien determinado, sobre un derecho determinado a un bien o al patrimonio. En estos seguros encontramos el seguro por incendios, responsabilidad civil, transporte, etc.
  • Seguros de personas: la prestación del asegurador consiste en el pago de una suma de dinero en forma de previsión o compensación por el perjuicio sufrido. Dentro de esta categoría se encuentran seguros de vida. Accidentes, enfermedades y colectivo.
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2
Q

Caracteres:

A
  • Consensual: Se perfecciona por el solo consentimiento de las partes, sin necesidad de formalidades especiales.
  • Bilateral: Genera obligaciones para ambas partes: el asegurador debe indemnizar al asegurado por el siniestro, y el asegurado debe pagar la prima.
  • Oneroso: Se celebra a cambio de una contraprestación, que es el pago de la prima.
  • Aleatorio: El riesgo que se asegura es incierto, ya que no se sabe si se producirá o no.
  • De tracto sucesivo: Se extiende en el tiempo, ya que el asegurador debe indemnizar al asegurado durante toda la vigencia del contrato.
  • De adhesión: El asegurador suele presentar al asegurado un contrato con cláusulas predispuestas, que el asegurado debe aceptar o rechazar en su totalidad
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3
Q

Elementos:

A
  • Sujeto
    El asegurador debe ser una persona física o jurídica constituida como una empresa profesional. Es quien asume profesionalmente los riesgos ajenos a través de un fondo de primas suficiente para afrontar prestaciones e indemnizaciones comprometidas con el asegurado. En el caso de los seguros de personas, el asegurador debe tener autorización para operar en el ramo de seguros de personas.
    El asegurado puede ser una persona física o jurídica. En el caso de los seguros de personas, el asegurado debe ser una persona humana. Puede o no ser el tomador del seguro, aunque usualmente coinciden.
  • Objeto
    El riesgo que se cubre en el contrato de seguro debe ser un riesgo futuro e incierto. El riesgo debe ser posible, pero no probable.
    El riesgo debe ser un evento que pueda causar daños al asegurado. El daño puede ser patrimonial o personal.
  • Causa fin
    La causa fin del contrato de seguro es la protección del asegurado frente a los daños que pueda sufrir como consecuencia de un evento futuro e incierto.
    El asegurado contrata el seguro para protegerse de los daños que pueda sufrir como consecuencia de un evento futuro e incierto. El asegurador se obliga a indemnizar al asegurado por los daños que sufra como consecuencia del siniestro.
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4
Q

Proceso de formación

A
  1. Oferta y aceptación: La oferta de seguro es realizada por la entidad aseguradora, quien pone a disposición del potencial tomador una propuesta de cobertura y condiciones. La aceptación de la oferta se realiza por el tomador, quien manifiesta su voluntad de contratar el seguro, ya sea de forma verbal o escita. La propuesta de seguro debe contener, al menos, la siguiente información:
    - La identificación de la entidad aseguradora.
    - El objeto del seguro.
    - La cobertura ofrecida.
    - Las exclusiones de cobertura.
    - La prima del seguro.
  2. Pago de la prima: El tomador debe abonar la prima del seguro, que es la contraprestación que se paga a la entidad aseguradora a cambio de la cobertura. El pago de la prima puede realizarse en un solo pago o en cuotas.
  3. Emisión de la póliza: La póliza es el documento que formaliza el contrato de seguro. En ella se recogen los términos y condiciones de la cobertura contratada. La póliza debe ser firmada por ambas partes, la entidad aseguradora y el tomador.
  4. Pago de la indemnización: En caso de que se produzca un siniestro, la entidad aseguradora debe abonar la indemnización al tomador, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la póliza. La indemnización es la suma de dinero que la entidad aseguradora paga al tomador para compensar los daños o pérdidas sufridos como consecuencia del siniestro.
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5
Q

La póliza:

A

Es el instrumento probatorio del contrato, en donde se plasma la voluntad consensual de las partes
Esta será entregada al tomador, firmada por el asegurador, con redacción clara y fácilmente legible. Deberá contener:
Fecha. Domicilios .Nombres de las partes. Profesión. Interés o persona asegurada. Valor del interés. Suma asegurada. Riesgo asumido. Momento desde el cual se asume el riesgo y plazo del contrato. Condiciones generales. Otras enunciaciones particulares. La firma del asegurador.

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6
Q

Derechos y obligaciones del asegurado
Al momento de realizar el contrato

A

Obrar sin reticencia:
El asegurado debe realizar una propuesta contractual, la misma requiere una confección detallada y verídica plasmada en un formulario pre impreso provisto por el asegurador. Estos tipos de formulario requieren del asegurado una respuesta basada en múltiples opciones plasmadas en extensos documentos, estas respuestas deben concordar con la realidad, ya que de no cumplir esto pueden incurrir en reticencia o falsa declaración de forma deliberada o inconscientemente.

La reticencia en los contratos de seguro se produce cuando el tomador del seguro no declara de manera sincera el estado del riesgo en el momento de celebrarse el contrato. Esta omisión o falsedad de información puede ser dolosa o culposa.
- La reticencia dolosa se produce cuando el tomador tiene conocimiento de la información omitida o falsa y oculta deliberadamente dicha información a la entidad aseguradora.
- La reticencia culposa se produce cuando el tomador no tiene conocimiento de la información omitida o falsa, pero debería haberla conocido o haberla averiguado con la debida diligencia.

El asegurador dispone de tres meses desde que conoció la reticencia para impugnar el contrato por medio de acción judicial, vencido este plazo el asegurador pierde su derecho de impugnar por este motivo
La reticencia puede dar lugar a la nulidad relativa del contrato de seguro. Esto significa que el contrato es válido, pero el tomador puede pedir su rescisión. La nulidad relativa del contrato de seguro se produce cuando la reticencia del tomador hubiera impedido la celebración del contrato o hubiera modificado sus condiciones si la entidad aseguradora hubiese sido cerciorada del verdadero estado del riesgo. En caso de que se produzca la nulidad relativa del contrato de seguro, la entidad aseguradora no tendrá que indemnizar al tomador en caso de siniestro.

Para evitar la reticencia en los contratos de seguro, es importante que el tomador conteste con sinceridad a todas las preguntas que le formule la entidad aseguradora. Si tiene alguna duda, debe preguntar al agente de seguros o a la entidad aseguradora.

La entidad aseguradora también tiene la obligación de informar al tomador sobre el estado del riesgo y las consecuencias de la reticencia.

Para que sea considerado reticencia debe:
- Tratarse de una situación conocida para el asegurado
- Deben ser falsedades trascendentes dentro del formulario, a tal punto que, de haberlas sabido, el asegurador no hubiese tomado o lo hubiese hecho con otras condiciones
- Que esas falsedades u ocultamientos alteren riesgos y precios por asunción de los mismos

____________——————==

Flashcard 1: Obrar sin Reticencia
- Pregunta: ¿Qué debe hacer el asegurado al realizar una propuesta contractual?
- Respuesta: El asegurado debe obrar sin reticencia, proporcionando una confección detallada y verídica en el formulario preimpreso provisto por el asegurador.

Flashcard 2: Consecuencia de Reticencia
- Pregunta: ¿Qué puede causar la reticencia o falsa declaración en un contrato de seguro?
- Respuesta: Puede dar lugar a la nulidad relativa del contrato de seguro y el asegurador no tendrá que indemnizar al tomador en caso de siniestro.

Flashcard 3: Reticencia Dolosa
- Pregunta: ¿Cuándo se produce la reticencia dolosa?
- Respuesta: Cuando el tomador tiene conocimiento de la información omitida o falsa y oculta deliberadamente dicha información al asegurador.

Flashcard 4: Reticencia Culposa
- Pregunta: ¿Cuándo se produce la reticencia culposa?
- Respuesta: Cuando el tomador no tiene conocimiento de la información omitida o falsa, pero debería haberla conocido o haberla averiguado con la debida diligencia.

Flashcard 5: Plazo para Impugnar por Reticencia
- Pregunta: ¿Cuál es el plazo para que el asegurador impugne el contrato por reticencia?
- Respuesta: El asegurador dispone de tres meses desde que conoció la reticencia para impugnar el contrato por medio de acción judicial.

Flashcard 6: Nulidad Relativa del Contrato
- Pregunta: ¿Qué es la nulidad relativa del contrato de seguro?
- Respuesta: El contrato es válido, pero el tomador puede pedir su rescisión si la reticencia hubiera impedido la celebración del contrato o hubiera modificado sus condiciones.

Flashcard 7: Obligaciones del Tomador para Evitar Reticencia
- Pregunta: ¿Qué debe hacer el tomador para evitar la reticencia en los contratos de seguro?
- Respuesta: Contestar con sinceridad a todas las preguntas del asegurador y preguntar cualquier duda al agente de seguros o a la entidad aseguradora.

Flashcard 8: Obligaciones del Asegurador
- Pregunta: ¿Qué obligación tiene el asegurador en relación con la reticencia?
- Respuesta: Informar al tomador sobre el estado del riesgo y las consecuencias de la reticencia.

Flashcard 9: Condiciones para Considerar Reticencia
- Pregunta: ¿Cuáles son las condiciones para que se considere reticencia?
- Respuesta: Debe tratarse de una situación conocida para el asegurado, ser falsedades trascendentes en el formulario, y que alteren riesgos y precios por asunción de los mismos.

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7
Q

Obli del asegurado
Durante la vigencia del contrato

A

a. Mantener el estado de riesgo: debe mantenerse en la misma condición en la que se hallaba cuando se celebró el contrato. Al ser el seguro un contrato de tacto sucesivo, la prima se paga en proporción al riesgo asegurado, por ello existe la obligación de mantener la igualdad de las obligaciones a lo largo de todo el contrato
De acuerdo con las normativas argentinas vigentes, los agravamientos de riesgo son los cambios que se producen en el estado del riesgo después de la celebración del contrato de seguro. Estos cambios pueden aumentar la probabilidad de que se produzca un siniestro.
El tomador del seguro tiene la obligación de comunicar a la entidad aseguradora cualquier agravamiento de riesgo que se produzca durante la vigencia del contrato. Esta comunicación debe realizarse de manera inmediata, tan pronto como el tomador tenga conocimiento del agravamiento.
Si el tomador no comunica a la entidad aseguradora un agravamiento de riesgo, la entidad aseguradora puede rescindir el contrato o modificar las condiciones del seguro. Esto debe ser notificado al asegurado en el término de 7 días
b. Denunciar la pluralidad de seguros: la pluralidad de seguros presupone la coexistencia de varios contratos de seguros patrimoniales que tienen en común un mismo interés asegurado, de riesgo idéntico, por el mismo periodo. Ante la existencia, el asegurado debe denunciarlo y su omisión acarrea la caducidad de sus derechos. Esa comunicación debe ser realizada sin demoras a todos los aseguradores. Luego de notificados, si se verifica un siniestro, cada asegurador contribuye proporcionalmente, hasta la concurrencia de la indemnización debida. En el supuesto que la pluralidad haya sido cometida con la intención del enriquecimiento propio, son nulos los contratos.

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8
Q

Información del siniestro producido

A

a. Denuncia: es la obligación de informar el siniestro. Para que surja la obligación debe existir un siniestro y el asegurado debe tener conocimiento de ello. Lo que se denuncia es el ‘siniestro conocido’, previamente delimitado, determinado e individualizado en la póliza, que tiene la entidad suficiente para poner en funcionamiento la garantía comprometida por el asegurador.
La denuncia debe ser sincera, real, clara, sin errores, especificando hora, lugar y el suceso, además de aclarar la participación de terceros. Tal denuncia debe contener todos los elementos necesarios para que el asegurador pueda cumplir con su derecho a verificación. La denuncia debe ser presentada en el domicilio establecido en la póliza, la misma debe ser escrita.
El plazo para la denuncia es de tres días de ser conocido el siniestro, se computa de corrido y comienza desde que se conoció el siniestro y finaliza a la medianoche del último de los tres días. Solo pueden ser alegados por el asegurado para eximirse del cumplimiento de la obligación el caso fortuito, caso de fuerza mayor, la imposibilidad del hecho, o el conocimiento efectivo por parte del asegurador
b. Deber de cooperación: luego del siniestro, el asegurado debe cooperar y colaborar en cuestiones en las que se lo solicite, sin exceder límites de razonabilidad tendientes a verificar el acaecimiento del siniestro o la prestación del asegurador
c. Evitar o disminuir los daños: el asegurado, producido el siniestro, debe realizar todas las medidas necesarias para disminuir o evitar aumento de los daños ocasionados por el hecho dañoso.
d. Inalterabilidad de las cosas dañadas: el asegurado no puede, sin el consentimiento del asegurador, introducir cambios en las cosas dañadas, salvo que se cumpla la disminución del daño o se proteja el interés publico

________———-=

Flashcard 1: Denuncia del Siniestro
- Pregunta: ¿Qué es la denuncia en el contexto de un siniestro?
- Respuesta: Es la obligación de informar el siniestro al asegurador, incluyendo detalles como hora, lugar, suceso, y participación de terceros.

Flashcard 2: Contenido de la Denuncia
- Pregunta: ¿Qué debe incluir la denuncia del siniestro?
- Respuesta: Debe ser sincera, real, clara, sin errores, especificando hora, lugar, suceso y participación de terceros.

Flashcard 3: Presentación de la Denuncia
- Pregunta: ¿Cómo y dónde debe ser presentada la denuncia del siniestro?
- Respuesta: Debe ser escrita y presentada en el domicilio establecido en la póliza.

Flashcard 4: Plazo para Denunciar el Siniestro
- Pregunta: ¿Cuál es el plazo para presentar la denuncia del siniestro?
- Respuesta: Tres días desde que se conoció el siniestro, computados de corrido y finalizando a la medianoche del último día.

Flashcard 5: Excepciones al Plazo de Denuncia
- Pregunta: ¿Qué excepciones existen para el plazo de denuncia del siniestro?
- Respuesta: Caso fortuito, fuerza mayor, imposibilidad del hecho, o conocimiento efectivo por parte del asegurador.

Flashcard 6: Deber de Cooperación
- Pregunta: ¿Qué implica el deber de cooperación del asegurado después de un siniestro?
- Respuesta: El asegurado debe cooperar y colaborar en cuestiones solicitadas por el asegurador, dentro de límites de razonabilidad.

Flashcard 7: Evitar o Disminuir los Daños
- Pregunta: ¿Qué debe hacer el asegurado para evitar o disminuir los daños tras un siniestro?
- Respuesta: Realizar todas las medidas necesarias para disminuir o evitar el aumento de los daños ocasionados.

Flashcard 8: Inalterabilidad de las Cosas Dañadas
- Pregunta: ¿Qué restricción tiene el asegurado respecto a las cosas dañadas tras un siniestro?
- Respuesta: No puede introducir cambios en las cosas dañadas sin el consentimiento del asegurador, salvo para disminuir el daño o proteger el interés público.

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9
Q

Pago de la prima:

A

Es la denominación que identifica el precio del contrato y remuneración que recibe el asegurado por asumir el riesgo ajeno
- La prima neta es el precio del seguro con relación al riesgo asumido, sin tener en cuenta gastos, recargos, comisiones, entre otros.
- La prima bruta comprende, además de la prima neta, todos los recargos, gastos, impuestos, tasas, y demás gravámenes incluidos
Todo esto se debe determinar en la póliza. Si se ha omitido puede determinarse teniendo en cuenta la naturaleza y la extensión del riesgo, además del importe de la suma asegurada. Una vez acordada, la misma es invariable, las partes no la pueden alterar unilateralmente, salvo que la ley confiera esa facultad en virtud de la variación de las condiciones de riesgo
Quién debe cumplir la obligación de pago es el tomador, en caso de fallecimiento del mismo la obligación se traslada a sus Herederos. El destinatario del pago es el asegurador o el agente institutorio autorizado para tal fin, sin embargo, el pago a un agente no autorizado para tal recepción, siempre y cuando esté hecho sea ignorado por el tomador, es válido si existiese una apariencia jurídica para obrar en nombre del asegurador
Debe pagarse por adelantado en la fecha de iniciación de la vigencia del contrato, el asegurador debe entregar la póliza o un certificado o instrumento provisorio de cobertura, en el caso de que la aseguradora concurriera al domicilio del asegurado para efectuar el cobro, el plazo de pago se extiende hasta el momento que el cobrador concurre a dicho domicilio.
La demora en el pago de la prima en los periodos previstos produce la Mora del tomador por el solo vencimiento. Los efectos ocasionados son
• Reclamación judicial o extrajudicial al asegurado de la prima devengada y sus intereses
• Suspensión de la cobertura desde el acaecimiento de la mora. En este caso el asegurador no responde por las consecuencias de un siniestro que ocurra cuando el asegurado se encuentre en mora hasta su rehabilitación
• Recesión del contrato por falta de pago

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10
Q

Dirección del proceso

A

En el supuesto que se inicia una causa judicial contra el asegurado por parte de un tercero, aquel debe dejar la dirección del proceso al asegurador, que será quien resista las pretensiones el tercero accionante. En el caso de contienda judicial el asegurado tiene las siguientes obligaciones:
• No aceptar o reconocer su responsabilidad: el asegurado no puede reconocer su responsabilidad, clausula inserta en la póliza bajo el título advertencias al asegurado. El fundamento radica en el hecho de impedir que el asegurado comprometa la defensa que de él realiza la aseguradora, a través de la dirección del proceso o la existencia de conveniencia entre el asegurado y la víctima. El Incumplimiento libera al asegurador
• Prohibición de transar sin la ausencia del asegurador: la transacción es el acto jurídico por el cual se extinguen obligaciones litigiosas o dudosas mediante concesiones recíprocas. El fundamento se encuentra en el hecho de que la liquidación del daño debe quedar en manos del asegurador. La omisión de la obligación provoca la caducidad de los derechos de la asegurado, si así se hubiese pactado expresamente
• Transmisión de piezas: el asegurado debe suministrar al asegurador todos los documentos de los cuales se infiere la iniciación de la causa judicial, ello a los fines de la dirección del proceso por parte de este, es decir, se debe dar noticia inmediata de la iniciación de la demanda

_______——

Flashcard 1: Dirección del Proceso
- Pregunta: ¿Quién debe dirigir el proceso judicial si se inicia una causa contra el asegurado por un tercero?
- Respuesta: El asegurador debe dirigir el proceso y resistir las pretensiones del tercero accionante.

Flashcard 2: No Reconocer Responsabilidad
- Pregunta: ¿Qué está prohibido para el asegurado en cuanto a su responsabilidad en una contienda judicial?
- Respuesta: El asegurado no puede aceptar o reconocer su responsabilidad.

Flashcard 3: Fundamento de No Reconocer Responsabilidad
- Pregunta: ¿Cuál es el fundamento de la cláusula que prohíbe al asegurado reconocer su responsabilidad?
- Respuesta: Impedir que el asegurado comprometa la defensa que realiza la aseguradora y evitar conveniencia entre el asegurado y la víctima.

Flashcard 4: Consecuencia de Reconocer Responsabilidad
- Pregunta: ¿Qué ocurre si el asegurado reconoce su responsabilidad?
- Respuesta: El incumplimiento libera al asegurador.

Flashcard 5: Prohibición de Transar Sin Asegurador
- Pregunta: ¿Qué está prohibido para el asegurado en cuanto a transacciones en una contienda judicial?
- Respuesta: El asegurado no puede realizar transacciones sin la presencia del asegurador.

Flashcard 6: Fundamento de la Prohibición de Transar
- Pregunta: ¿Cuál es el fundamento de la prohibición de transar sin el asegurador?
- Respuesta: La liquidación del daño debe quedar en manos del asegurador.

Flashcard 7: Consecuencia de Transar Sin Asegurador
- Pregunta: ¿Qué ocurre si el asegurado omite la obligación de no transar sin el asegurador?
- Respuesta: La omisión provoca la caducidad de los derechos del asegurado, si así se hubiese pactado expresamente.

Flashcard 8: Transmisión de Piezas
- Pregunta: ¿Qué debe hacer el asegurado con los documentos relacionados con la iniciación de la causa judicial?
- Respuesta: Debe suministrar al asegurador todos los documentos de los cuales se infiere la iniciación de la causa judicial.

Flashcard 9: Propósito de Transmisión de Piezas
- Pregunta: ¿Cuál es el propósito de la transmisión de documentos al asegurador?
- Respuesta: Permitir la dirección del proceso por parte del asegurador y dar noticia inmediata de la iniciación de la demanda.

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11
Q

Derechos y obligaciones del asegurador

A

Cubrir el riesgo contratado
La obligación de cubrir el riesgo contratado es la principal obligación de la entidad aseguradora. Esta obligación se deriva del hecho de que el contrato de seguro es un contrato de prestación de servicios.
La entidad aseguradora debe cubrir el riesgo contratado en los términos y condiciones establecidos en el contrato. Si el siniestro no está cubierto por el contrato, la entidad aseguradora no tendrá la obligación de indemnizar al tomador.

Pagar la indemnización en caso de siniestro
La obligación de pagar la indemnización en caso de siniestro es la segunda obligación más importante de la entidad aseguradora. Esta obligación se deriva del hecho de que el seguro es un contrato de seguro.
La entidad aseguradora debe pagar la indemnización al tomador en el plazo establecido en el contrato. Si la entidad aseguradora no paga la indemnización en el plazo establecido, el tomador puede reclamar los intereses de demora.

Informar al tomador sobre el contrato de seguro
La obligación de informar al tomador sobre el contrato de seguro es una obligación importante que tiene la entidad aseguradora. Esta obligación se deriva del principio de buena fe contractual.
La entidad aseguradora debe informar al tomador sobre las condiciones del seguro, la prima del seguro, y los derechos y obligaciones de las partes. Esta información debe ser clara y precisa, y debe estar disponible para el tomador antes de la celebración del contrato.

Colaborar con el tomador en la tramitación del siniestro
La obligación de colaborar con el tomador en la tramitación del siniestro es una obligación que tiene la entidad aseguradora para facilitar al tomador la tramitación del siniestro.
La entidad aseguradora debe prestar asistencia jurídica o pericial al tomador, si así lo solicita. La entidad aseguradora también debe facilitar al tomador la documentación necesaria para la tramitación del siniestro.

Pagar los intereses de demora en caso de retraso en el pago de la indemnización
La obligación de pagar los intereses de demora en caso de retraso en el pago de la indemnización es una obligación que tiene la entidad aseguradora para compensar al tomador por los perjuicios causados por el retraso.
Los intereses de demora se calculan sobre el importe de la indemnización, y se aplican desde el momento en que la entidad aseguradora tenía la obligación de pagar la indemnización hasta el momento en que efectivamente la paga.

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12
Q

Procedimiento para la determinación de la indemnización

A

Suma asegurada: Es el valor que se establece en el contrato de seguro como límite de la responsabilidad de la entidad aseguradora.
Valor real: Es el valor del bien o la persona objeto del seguro en el momento de producirse el siniestro.
Daños: Son las pérdidas o deterioros que sufre el bien o la persona objeto del seguro como consecuencia del siniestro.
Procedimiento:
1. Solicitud de indemnización: El tomador del seguro debe solicitar la indemnización a la entidad aseguradora en el plazo establecido en el contrato.
2. Investigación del siniestro: La entidad aseguradora debe investigar el siniestro para determinar si se cumplen las condiciones del contrato.
3. Estimación de los daños: La entidad aseguradora debe estimar los daños causados por el siniestro.
4. Pago de la indemnización: La entidad aseguradora debe pagar la indemnización al tomador en el plazo establecido en el contrato.
Franquicia: Es la parte de los daños causados por el siniestro que debe asumir el tomador del seguro. Existe la franquicia Simple, que es utilizada para daños leves o insignificantes, liberando al asegurador de la indemnización de los daños que no superen una fracción mínima. Sin embargo, se ha criticado a este tipo porque se presta a la exageración intencional del daño insignificante, a los fines de superar el límite mínimo, logrando así la indemnización. Para evitar esto, se recurre a la franquicia absoluta; se llama franquicia absoluta cuando se fija un importe que se deduce de la indemnización adeudada, cualquiera sea su importe. Esta se divise en:
- Infraseguro
El infraseguro se produce cuando la suma asegurada es inferior al valor real del bien o la persona objeto del seguro. En caso de siniestro, la entidad aseguradora indemnizará al tomador en proporción a la suma asegurada.
Por ejemplo, si el valor real de un vehículo es de $100.000 y la suma asegurada es de $50.000, en caso de siniestro la entidad aseguradora indemnizará al tomador en $50.000, incluso si los daños causados por el siniestro ascienden a $100.000.
- Sobreseguro
El sobreseguro se produce cuando la suma asegurada es superior al valor real del bien o la persona objeto del seguro. En caso de siniestro, la entidad aseguradora indemnizará al tomador por el valor real del bien o la persona objeto del seguro, sin importar la suma asegurada.
Por ejemplo, si el valor real de un vehículo es de $100.000 y la suma asegurada es de $200.000, en caso de siniestro la entidad aseguradora indemnizará al tomador en $100.000.
Pago de la indemnización
Pago de la indemnización debe ser dentro de los 15 días fijado el monto, estos comienzan a computarse una vez vencido el plazo de 30 días que tiene el asegurador para expedirse sobre el derecho del asegurado a percibir una indemnización. A su vez esos 30 días comienzan a correr desde que se recibió la información complementaria o desde la denuncia el siniestro si esta no fue requerida. En los seguros personales dentro de los 15 días de notificado el siniestro. La falta de pago en un término produce la Mora automática del asegurador.

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13
Q

Seguros patrimoniales:

A

Los seguros patrimoniales tienden a la reparación del daño, lo cual señala su naturaleza indemnizatoria. Estos admiten clasificaciones, como aquellos que se constituyen sobre cosas o bienes determinados y el que se constituye sobre un patrimonio

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14
Q

Seguros de incendio

A

Debe entenderse como incendio al abrazamiento o combustión de una cosa en condiciones anormales, ya sea porque esa cosa no estaba destinada a ser consumada por el fuego o porque se queme fuera del lugar o tiempo previsto. En el seguro de incendio la obligación del asegurador es indemnizar el daño causado por:
• Acción directa del fuego: cuando el fuego abraza la cosa y la destruye
• Acción indirecta: cuando el fuego, sin llegar a consumir, daña total o parcialmente
• Destrucción de bienes por las medidas necesarias para extinguir el incendio: las tareas de demoliciones ejecutadas para apagar el incendio o luego del mismo por haber perdido estabilidad los bienes siniestrados, áreas de evacuación, traslado, extravíos y demás
• Responde también el asegurador por los daños causados o por explosión o rayo, aunque de estos fenómenos no se derive el incendio
La indemnización debe incluir aquellos bienes no identificados expresamente en el contrato, pero que puedan considerarse accesorios o necesarios para la existencia de los bienes asegurados. No se pueden considerar incluidos aquellos bienes de difícil comprobación o de gran valor que no estén expresamente incluidos en la cobertura y determinados en el valor de la póliza.

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15
Q

Seguros de incendio

Queda liberado el asegurador de su obligación de indemnizar en los siguientes casos:

A

• El supuesto que el daño haya sido causado por terremoto
• Por vicio propio de la cosa, es decir daños causados por la sustancia interior de la cosa, no por un agente externo sino por un agente interno
• El lucro cesante, salvo pacto contrario
• Cuando es provocado dolosamente o por culpa grave
• Por guerra civil o internacional, salvo convención contraria
• Por motín o tumulto popular o proveniente del accionar de grupos o multitudes organizadas, con o sin la intención de dañar
Forma de determinar el resarcimiento:
• Para los edificios, se tiene en cuenta el valor a la época del siniestro. Puede convenirse en la reconstrucción del inmueble, en este caso el asegurador tiene derecho a exigir que la indemnización se destine únicamente a ese objeto
• Para las mercaderías, si son producidas por el propio asegurado, se tiene en cuenta el costo de fabricación; si no son producidos por el asegurado, el valor de adquisición
• Para los animales, el valor que tenían al tiempo del siniestro
• Materias primas, frutos cosechados y otros productos naturales, según los precios en el mercado al tiempo del siniestro
• Muebles, maquinarias, herramientas y demás, según el valor al tiempo del siniestro, salvo que se haya convenido su reposición

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16
Q

Seguro de Agricultura

A

El seguro de agricultura es un contrato de seguro que tiene por objeto la cobertura de los daños o pérdidas que puedan sufrir los cultivos, las plantaciones, las cosechas, o los animales de granja, como consecuencia de un riesgo determinado.
La indemnización se puede limitar a los daños que sufra el asegurado:
• Durante toda la explotación
• En una determinada etapa o momento de la explotación, como siembra, cosecha, etcétera
• Todos los productos
• Algunos productos
• A un riesgo específico que los pueda dañar, como el granizo o la helada, debiendo indemnizar aun cuando los mismos concurran con otro fenómenos meteorológicos
• A cualquier riesgo
Rige para este seguro la obligación del asegurado de denunciar el siniestro dentro de los tres días; sin embargo, cabe la posibilidad, teniendo en cuenta la distancia de los predios rurales, que se convenga un plazo mayor, nunca menor.
Establece como obligación para el asegurado evitar cambiar el estado de los frutos y productos afectados, antes de la determinación del daño por parte del asegurador y sin su consentimiento. Sin embargo, cuando tales cambios no puedan postergarse porque esa demora causaría un perjuicio mayor, el asegurado puede variar esas condiciones arbitrariando las medidas necesarias para que el asegurador pueda cumplir con su derecho de fiscalizar el daño. Por ejemplo, dejando una porción de la cosecha en el centro y las cuatro esquinas del predio sin levantar, así el asegurador puede verificar la extensión del daño
Para determinar el valor del daño se debe determinar el valor que habrían tenido los frutos y productos al tiempo de la cosecha, si no hubiese existido siniestro. También debe tenerse en cuenta el valor de ellos luego del siniestro. La diferencia entre ambos valores es la indemnización que debe pagar el asegurador

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17
Q

Seguro de animales:

A

Puede asegurarse cualquier riesgo que afecte la vida o salud de cualquier especie animal, esto prevé animales de raza, reproductores, o afectados a actividades o a riesgos determinados
Una de las especies del seguro de animales es el seguro de mortalidad, que cubre la muerte del animal, o si se conviene la incapacidad total o permanente. Esto cubre muerte o incapacidad causadas por accidente, en forma natural, o enfermedad
Los eximentes de responsabilidad del asegurador son:
• Daños derivados de enfermedades por las que corresponda al asegurado una indemnización con recursos públicos
• Daños derivados de fenómenos, como el incendio rayo, explosión, inundación o terremoto
• Daños causados durante ocasión de transporte, carga o descarga
La ley faculta al asegurador a inspeccionar en cualquier momento y a su costa los animales asegurados
El asegurado tiene la facultad de llevar al veterinario con intervención inmediata, sin la necesidad de informar al seguro, caso en los que el animal sufre un accidente o enfermedad. Todos los gastos que surjan de los mismos deberán ser reembolsados por el asegurador. Esta prohibido para el asegurado sacrificar al animal sin el consentimiento del asegurador, salvo que así lo ordene la autoridad o por urgencia dictaminada por un veterinario, siendo imposible dar aviso
La denuncia del siniestro debe formularse por un medio fehaciente dentro de las 24 horas de la muerte, enfermedad o accidente, la indemnización se determina por valor fijado en póliza

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Q

Seguro de transporte

A

El seguro de transporte es un contrato que tiene por objeto la cobertura de los daños o pérdidas que puedan sufrir las personas o las cosas durante su transporte, como consecuencia de un riesgo determinado.

Puede ser por tiempo o por viaje

  • La modalidad de contratación por viaje es propia de la empresa de transporte o asegurados eventuales.
  • La cobertura por tiempo responde a necesidades de empresas de transporte regulares. Sin embargo, es frecuente que la empresa de transporte regular recurra al llamado seguro flotante, mediante la subscripción de un contrato único por un tiempo determinado que supone la cobertura de una cantidad indeterminada de transportes, que se Irán individualizando en el momento de concretarse lo que se llama declaración de alimento que deberá formular el seguro

Aun vencido el plazo de vigencia del contrato, el asegurador responde por el daño sobreviviente si la prolongación del viaje o del transporte proviene de un siniestro garantizado por el asegurador.
Por ejemplo, si el vehículo del transporte sufre un accidente cubierto por la póliza y debe demorarse en su trayecto de destino y vence el plazo de vigencia del contrato, el mismo queda prorrogado hasta llegar al lugar de destino.
La garantía del asegurador por la responsabilidad del transportador comprende los daños causados por hechos de sus dependientes u otras personas por las que sea responsable. No existe la responsabilidad del asegurador cuando los daños a las mercaderías provengan del vicio propio de la cosa, deficiencia de embalaje, entre otros; exceptuando casos en los que el deterioro derive de demoras u otras consecuencias en el transporte

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Q

Seguro de transporte

La indemnización se fija según:

A

• Si se trata de mercaderías, el precio en destino al tiempo que debieron llegar
• No se incluye el lucro cesante, salvo pacto contrario
• Para el vehículo de transporte, su valor al momento del siniestro
El seguro no responde por los daños ocasionados a los efectos transportados cuando el transporte se ha efectuado por rutas o caminos extraordinarios o de una manera que no sea común. Si existe la responsabilidad si se ha variado el camino por caso fortuito o fuerza mayor

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Q

Seguro de Responsabilidad Civil

A

La responsabilidad civil es la obligación de reparar un daño causado ilícitamente en el patrimonio o en la persona de un tercero. Para que exista responsabilidad civil hace falta que exista un hecho antijurídico ocasionado con dolo o culpa, un daño patrimonial o extra patrimonial, una relación causal entre el hecho y el daño, y que sea imputable al autor
La responsabilidad civil puede ser:
• Contractual: deriva del incumplimiento o mora en el cumplimiento de obligaciones impuestas por un contrato
• Extra contractual: deriva del incumplimiento de una norma jurídica que produce un perjuicio a un tercero
• Directa: cuando es personal y el daño lo causa el mismo autor del hecho ilícito
• Indirecta: cuando las acciones u omisiones, dolosas o culposas, las comete una persona que está bajo relación de dependencia y subordinación jurídica con otra. En estos casos el autor es uno y el responsable es otro

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Q

Seguro de Responsabilidad Civil
Este tipo de seguros protege

A

todo el patrimonio del Asegurado por cuanto deba a un tercero en razón de la responsabilidad prevista en el contrato, como consecuencia de un hecho acaecido en el plazo convenido. Esto supone que el asegurador deberá satisfacer las pretensiones del tercero damnificado, costes judiciales y extrajudiciales, teniendo como límite lo establecido en el contrato y la posibilidad de que el asegurado actúe con dolo o culpa grave
Puede fijarse el valor de la suma asegurada en un monto convenido, para el caso de ciertos supuestos de responsabilidad extracontractual donde no se pueden predecir las consecuencias de un evento dañoso.

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Q

Seguro de Responsabilidad Civil
Seguro limitado
Seguro ilimitado

A

-Seguro limitado: en estos casos la suma asegurada fija el límite máximo de la indemnización a cargo del asegurador, debiendo el asegurado afrontar la diferencia en caso de resultar responsable por una suma mayor.
- Seguro ilimitado: en este caso el límite de la obligación de indemnizar del asegurador es el monto de las obligaciones resarcitorias impuestas al asegurado en virtud del reclamo del tercero damnificado

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Q

Seguro de Responsabilidad Civil Principios Procesales:

A
  1. El asegurado debe dejar la dirección del proceso al asegurador, no reconocer su responsabilidad ni celebrar transacción sin acuerdo del asegurador
  2. El asegurador debe aceptar la dirección del proceso, porque así lo impone la obligación genérica de mantener indemne el patrimonio del asegurado, solo se puede librar de ella abonando al tercero o depositando parte de la indemnización que le corresponda y los costes devengados de ese momento
  3. El asegurado puede verse citado en garantía por el asegurador y, en tal caso, verse afectado por la cosa juzgada aún sin su participación, con el aditamento que no podrá ser valer el eventual incumplimiento por parte del asegurado de las cargas de reconocimiento de responsabilidad y celebración de transacción por parte del asegurado, puesto a que ellas Son impuestas en atención a la intervención del asegurador en causa judicial
  4. Los costes de la defensa en el proceso penal son a cargo del asegurador cuando esté asuma la defensa
  5. Si el asegurado debe soportar una parte del daño, Curador reembolsará los gastos y costes en la misma proporción
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Q

Beneficios del damnificado:

A
  • El crédito del damnificado tiene privilegios sobre la suma asegurada, con preferencia sobre el asegurado y cualquier acreedor de este, aún en caso de quiebra. La entidad aseguradora debe pagar la indemnización al damnificado dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de la recepción de la solicitud de indemnización.
  • No tener que demostrar la culpa del responsable del siniestro. El damnificado no tiene que demostrar que el responsable del siniestro actuó con dolo o culpa.
  • No tener que iniciar un juicio para reclamar la indemnización. El damnificado puede reclamar la indemnización directamente a la entidad aseguradora.
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Principios de la Responsabilidad civil:

A
  • La indemnización debida por el asegurador no incluye las penas aplicadas por autoridad judicial o administrativa. Se encuentran excluidas de la prestación asegurativa las multas judiciales o administrativas que la autoridad aplica de acuerdo con la ley por faltas, acciones u omisiones
    • Cuando sea aseguran los riesgos que puede surgir de una actividad empresarial, comer o, queda incluida Responsabilidad de las personas que tiene a su cargo el ejercicio de la función de dirección empresarial
    • Son eximentes de la obligación de indemnizar del asegurador el dolor la culpa grave de la asegurado en la provocación del siniestro
    • En las obligaciones del asegurado de denunciar el siniestro dentro de los tres días de su acaecimiento, si fue por el provocado, o desde la reclamación del tercero Si antes no lo conocía
    • Es un derecho de la asegurador controlar las actuaciones administrativas o judiciales relacionadas con la investigación del siniestro, inclusive puede constituirse en parte civil o causa penal
    • Si existen pluralidad de damnificados, la indemnización debida por El asegurador se distribuye a prorrata
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Q

Seguros personales

A

Los seguros de personas son aquellos en los que el asegurador paga una suma de dinero o renta cuando se produce un hecho previsto en el contrato que influye sobre la existencia, salud o capacidad del asegurado
Ese valor que se paga no constituye una indemnización, porque no repara el daño ni restituye las cosas a un estado igual que existían antes del siniestro, sino que se abona en compensación por el perjuicio sufrido que no puede ser cuantificado en dinero

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Q

Seguro sobre la vida

A

Los seguros sobre la vida pueden celebrarse sobre la vida del contratante o de un tercero, sin embargo, cuando cubre la muerte del tercero se requiere el consentimiento escrito de este
- Seguro de muerte: la prestación del asegurador se subordina a la muerte de la persona humana. En estos casos el riesgo cubierto es la muerte, entendiendo por tal el fin de la existencia biológica del sujeto, aplicándose también el supuesto de ausencia con presunción de fallecimiento. Puede admitir tres variantes
1. El seguro de muerte de vida entera u ordinario, en el cual el asegurado paga la prima durante toda su vida hasta que se produzca su fallecimiento
2. El seguro de muerte limitado, que es aquel en el cual el asegurado está obligado a pagar la prima durante periodos convenidos de tiempo ( 10,15,20 años) cumplidos los cuales deja de pagar y su cobertura dura hasta su fallecimiento
3. El seguro de muerte temporario, el cual el asegurado está cubierto por un periodo de tiempo determinado en el contrato
- Seguro de vida: se conviene el pago de un capital o renta determinada para el supuesto caso que el asegurador sobreviva a una fecha determinada o a una edad establecida en el contrato.
- Mixtos: Cubren la vida o la muerte, es decir, se paga un capital o renta si el asegurado sobrevive a una fecha o edad, o se hace frente a la prestación a favor del beneficiario si muere con anterioridad

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Q

Son eximentes de la responsabilidad los casos de

A

• Suicidio: el suicidio voluntario libera al asegurador. Se excluye de la voluntariedad el suicidio cometido en un estado mental que no permita comprender el acto o dirigir las acciones. La voluntariedad se presume, por lo que el asegurador se puede librar solo comprobar el suicidio. Cuando pasan 3 años desde que se celebró el contrato, de forma ininterrumpida, ni suspendida, el asegurador NO se libera.
• Muerte del Asegurado por el contratante: este se da en el seguro de vida de un tercero, cuando el contratante deliberadamente por un acto ilícito provoca la muerte del asegurado, no se debe entender como autor material del hecho, sino también su intervención en calidad de partícipe necesario.
• Muerte del Asegurado por el beneficiario: este se da cuando el beneficiario por un acto ilícito provoca la muerte del asegurado. El asegurador no se libera de la obligación, sin embargo el derecho del beneficiario de percibir la indemnización desaparece, la misma es dada a Los herederos del asegurado-víctima
• Empresa criminal: se libera al asegurador cuando el asegurado pierde su vida en una empresa criminal. Debe entenderse como empresa criminal la comisión de un delito con dolo por parte del asegurado que desencadena en su muerte
• Muerte del Asegurado por aplicación de la pena de muerte: en nuestro país la norma es inaplicable por la abolición de la pena de muerte de nuestro sistema legal

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Seguro de muerte en beneficio de un tercero

A

Seguro de muerte es esencialmente en beneficio de un tercero, denominado beneficiario. El beneficiario puede ser a título gratuito u oneroso.
- A título gratuito: se realiza a veces ante la posibilidad de un virtual desamparo en caso de muerte del asegurado o en cumplimiento de un deber alimentario, adquiriendo el beneficiario el derecho propio al momento de producirse el evento y puede ser libremente revocada.
- A título oneroso: resulta impuesta en el marco de una relación obligacional, siendo el claro ejemplo la contratación por cuenta del acreedor hipotecario en resguardo de su garantía, la designación es irrevocable mientras perdure la relación obligacional que le sirve de causa

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Q

Seguro de muerte en beneficio de un tercero

El beneficiario está designado en el contrato o deben darse las pautas suficientes para determinarlo al momento del evento.
Han fijado distintas reglas en la ley en el supuesto caso de que la designación no sea clara:

A

• A varias personas sin especificar cuál es la parte que le corresponde a cada uno, se entiende que el beneficio debe repartirse por partes iguales
• Cuándo se designe en forma genérica a los hijos, se entiende que el beneficio corresponde a los concebidos y sobrevivientes al momento del siniestro
• Cuando se designe a los herederos, se entiende que se trata de los que por ley suceden al causante si no hubiere testamento, si hubiere testamento se entiende que se designó a los instruidos en el testamento
• Cuando no se designe beneficiario o cuando su designación sea ineficaz, se entiende que el beneficio corresponde a los herederos
• La designación debe ser por escrito, pudiendo constar en la póliza o un instrumento posterior

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Q

El seguro en la Ley de Riesgos de Trabajo.

A

La Ley de Riesgo de trabajo es un subsistema de seguridad social integrado con el régimen previsional y con la legislación de higiene y seguridad. Sus objetivos son reducir la siniestralidad laboral a través de la prevención, reparar los daños derivados de accidentes laborales o enfermedades profesionales incluyendo la rehabilitación del trabajador, promover la recalificación y recolocación del accidentado y mejorar las medidas de prevención y prestaciones reparadoras
Quedan incluidos dentro del ámbito de la ley los funcionarios y empleados públicos, los empleados en relación de dependencia del sector privado y las personas obligadas a prestar una carga pública, sin perjuicio de la facultades del poder ejecutivo de incluir a otros trabajadores como domésticos o autónomos

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Q

El seguro en la Ley de Riesgos de Trabajo.

Los organismos de control son:

A
  • La superintendencia de riesgos de trabajo
  • La superintendencia de seguros de la nación
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Q

La ART (aseguradora de riesgos de trabajo):

A

Son empresas privadas que se encargan de cubrir los riesgos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que sufren los trabajadores.
La afiliación es obligatoria, salvo que se utilices el auto seguro.
La misma libera al empleador de toda responsabilidad ante un siniestro laboral.
La renovación es automática y anual, salvo aviso con 30 días de antelación de su vencimiento que no se van a requerir más los servicios de las mismas ya que se efectúa cambio de ART. La elección de la ART elegida es libre y se prevén sanciones en caso de la no afiliación.
En caso de auto seguro se debe acreditar la solvencia económica, financiera y garantizar servicios de asistencia médica y farmacéutica, prótesis y ortopedia, rehabilitación, recalificación profesional y sepelio
Ambas deben tener la autorización por parte de los organismos de control, la misma tiene la posibilidad de revocación

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Q

Obligaciones y responsabilidades de las art:

A
  • Controlar la ejecución y cumplimiento de un plan de mejoramiento de las instalaciones de las empresas afiliadas
  • Son responsables en el cumplimiento de normas de seguridad e higiene en el trabajo
  • Deben disponer de infraestructura para atender las prestaciones en especie, ya sea propio contratada
  • Deben contribuir a un fondo de reserva para casos de insuficiencia patrimonial
  • Fijan la estructura de alícuotas por tipo de establecimiento, aprobación previa de la superintendencia
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Q

Art

Obligaciones y responsabilidades del empleador:

A
  • Recibir de las art asesoramiento en materia de prevención de riesgo
  • Notificar a los trabajadores respecto de la art a la que se le encuentran afiliados
  • Denunciar a la art y superintendencia de riesgos de trabajo los accidentes y enfermedades que se produzcan
  • Cumplir con las normas de higiene y seguridad, plan de mejoramiento
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Q

Art

Obligaciones y responsabilidades del empleador:

A
  • Recibir de las art asesoramiento en materia de prevención de riesgo
  • Notificar a los trabajadores respecto de la art a la que se le encuentran afiliados
  • Denunciar a la art y superintendencia de riesgos de trabajo los accidentes y enfermedades que se produzcan
  • Cumplir con las normas de higiene y seguridad, plan de mejoramiento
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Q

Art

Obligaciones y responsabilidades del trabajador

A
  • Denunciar los accidentes y enfermedades a su empleador
  • Cumplir las normas de seguridad e higiene y el plan de mejoramiento
  • Recibir asesoramiento en materia de prevención de riesgos
  • Someterse a exámenes médicos y tratamientos de rehabilitación
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Prestaciones: entre las diversas prestaciones a cargo de las art, podemos encontrar

A

• Dinerarias: pueden consistir en el pago de capitales como pago único en concepto de indemnizaciones, pagos mensuales, rentas periódicas hasta la jubilación o pago de rentas vitalicias
• En especie: asistencia médico farmacéutica, provisión y renovación de aparatos de prótesis y ortopedia, rehabilitación, recalificación y readaptación profesional, servicio funerario, entre otros. Este tipo de prestaciones tienen como objeto reparar íntegramente desde el punto de vista físico y psíquico al trabajador que ha sufrido un siniestro laboral, todas son otorgadas a los damnificados hasta su completa curación. Incluye atención inmediata o de urgencia, traslados, consultas médicas de todo tipo. Si el trabajador utiliza otro tipo de asistencia, art no abonará los gastos, salvo casos de urgencia

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Q

Art

Funcionamiento del sistema

A

¿Quiénes pueden efectuar la denuncia?: el empleador, trabajador accidentado, compañeros del trabajador, sindicato, cualquier persona
¿Cómo se hace la denuncia?: por escrito detallando las circunstancias del accidente, datos del accidentado, empleador y firma del denunciante. Solamente el empleador está obligado a utilizar formularios provistos por el sindicato de riesgo de trabajo, aunque es conveniente que el trabajador los utilice. Hay dos tipos de formularios, el de solicitud de atención y el de denuncia de accidente
¿Ante quién se hace la denuncia?: el empleador ante la art o las prestadora de servicios habilitada por la misma. El trabajador ante el empleador, la art o prestadora de servicios habilitada por la misma
¿Qué plazos hay para hacer la denuncia?: esta se debe hacer de forma inmediata, en la medida que la condición del trabajador lo permita. En caso de que la realice el empleador debe ser dentro de las 48 horas hábiles de haber tenido conocimiento del mismo. Si la denuncia es tardía y es imputable al trabajador, pierde las prestaciones anteriores a la denuncia, si es imputable al empleador, el empleado mantiene el derecho a todas las prestaciones
¿Pueden negarse a recibir la denuncia?: nunca, el empleador o prestadora debe recibir la denuncia y otorgar constancia de recepción al empleado

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Q

Art

Funcionamiento del sistema

A

¿Quiénes pueden efectuar la denuncia?: el empleador, trabajador accidentado, compañeros del trabajador, sindicato, cualquier persona
¿Cómo se hace la denuncia?: por escrito detallando las circunstancias del accidente, datos del accidentado, empleador y firma del denunciante. Solamente el empleador está obligado a utilizar formularios provistos por el sindicato de riesgo de trabajo, aunque es conveniente que el trabajador los utilice. Hay dos tipos de formularios, el de solicitud de atención y el de denuncia de accidente
¿Ante quién se hace la denuncia?: el empleador ante la art o las prestadora de servicios habilitada por la misma. El trabajador ante el empleador, la art o prestadora de servicios habilitada por la misma
¿Qué plazos hay para hacer la denuncia?: esta se debe hacer de forma inmediata, en la medida que la condición del trabajador lo permita. En caso de que la realice el empleador debe ser dentro de las 48 horas hábiles de haber tenido conocimiento del mismo. Si la denuncia es tardía y es imputable al trabajador, pierde las prestaciones anteriores a la denuncia, si es imputable al empleador, el empleado mantiene el derecho a todas las prestaciones
¿Pueden negarse a recibir la denuncia?: nunca, el empleador o prestadora debe recibir la denuncia y otorgar constancia de recepción al empleado

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Q

Art

¿Se puede rechazar la denuncia?:

A

sí, en caso de inexistencia de relación laboral, accidente causado por la propia víctima con dolo, incapacidad preexistente acreditada en el examen pre ocupacional o inexistencia de accidente o enfermedad profesional con argumentos serios y fundados. La art tiene 20 días para rechazar la denuncia, el silencio significa aceptación, el rechazo debe ser notificado por escrito. La art tiene la obligación de dar atención hasta que se configure el rechazo
¿Qué debe hacer el trabajador en caso de que no le quieran recibir la denuncia?: enviar una carta de documento denunciando la enfermedad o el accidente y formular una denuncia ante la secretaria de riesgo de trabajo
¿Qué son las comisiones médicas?: son organismos formados por cinco médicos, funcionan uno en cada provincia. Su función es dirimir los conflictos suscitados entre el trabajador y la ART. Ellos intervienen en caso de silencio de la art, rechazo de la denuncia, determinación de incapacidad, o cuestiones relacionadas con las prestaciones en especie dineraria

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Q

Art
Procedimiento de contratación:

A
  1. Se debe llenar un formulario pre impreso previsto por la AFIP-DGI en donde se identifica la actividad de la empresa. En esta etapa se realiza el encuadramiento de la empresa en un nivel de higiene y seguridad, esto lo puede realizar el empresario o la art elegida.
  2. Se establece un plan de mejoramiento obligatorio, en el que se verifican las condiciones básicas de higiene y seguridad, además de trazar planes de mejoramiento
  3. Fija una alícuota y se celebra el contrato. La determinación del precio a cargo del empleador contratante en relación al nivel de higiene y seguridad, el plan de mejoramiento fijado y su efectivo cumplimiento
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Q

Art
Determinación de las prestaciones dinerarias

A
  • Ingreso base
    Primero se debe calcular el ingreso base diario: es la división de la totalidad de las remuneraciones percibidas por el trabajador durante los 12 meses anteriores al accidente, por la cantidad de días del año. Así por ejemplo, si un trabajador percibía un salario de $800 mensual, equivalente a $9600 anual, dividido esto por 365, resulta un ingreso base diario de $26.30
    El cálculo de ingreso base mensual se logra a partir de multiplicar el ingreso base diario por 30.4. Continuando con el ejemplo anterior, 26.30 x 30.4 resulta un ingreso base mensual de $799.52
  • Producido el accidente se requiere una evaluación previa de la incapacidad sufrida
    Si es una incapacidad temporaria, el pago de la prestación dineraria correspondiente100 al del ingreso base mensual, está a cargo del empleador durante los 10 días, desde el día 11 hasta el año queda a cargo la art. Si la incapacidad es permanente requiere otra forma de reparación explicitada más adelante.
    En el caso de muerte la art debe un complemento provisional que se determina a partir de dividir 65 por la edad del trabajador, y ese producido multiplicarlo por el ingreso base mensual y por 43 (ib x 43 x {65/edad})
    Si la incapacidad es permanente, requiere una evaluación de carácter total o parcial, si no supera el 65% siempre es parcial. En caso de cualquier porcentaje de incapacidad, la art debe hacerse cargo del trabajador hasta su jubilación, correspondiéndole viáticos dependiendo su nivel de incapaz, el mismo se divide en hasta un 49%, un 50% al 65%, hasta un 70% o mayores de este valor
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Art
Determinación de las prestaciones dinerarias

A
  • Ingreso base
    Primero se debe calcular el ingreso base diario: es la división de la totalidad de las remuneraciones percibidas por el trabajador durante los 12 meses anteriores al accidente, por la cantidad de días del año. Así por ejemplo, si un trabajador percibía un salario de $800 mensual, equivalente a $9600 anual, dividido esto por 365, resulta un ingreso base diario de $26.30
    El cálculo de ingreso base mensual se logra a partir de multiplicar el ingreso base diario por 30.4. Continuando con el ejemplo anterior, 26.30 x 30.4 resulta un ingreso base mensual de $799.52
  • Producido el accidente se requiere una evaluación previa de la incapacidad sufrida
    Si es una incapacidad temporaria, el pago de la prestación dineraria correspondiente100 al del ingreso base mensual, está a cargo del empleador durante los 10 días, desde el día 11 hasta el año queda a cargo la art. Si la incapacidad es permanente requiere otra forma de reparación explicitada más adelante.
    En el caso de muerte la art debe un complemento provisional que se determina a partir de dividir 65 por la edad del trabajador, y ese producido multiplicarlo por el ingreso base mensual y por 43 (ib x 43 x {65/edad})
    Si la incapacidad es permanente, requiere una evaluación de carácter total o parcial, si no supera el 65% siempre es parcial. En caso de cualquier porcentaje de incapacidad, la art debe hacerse cargo del trabajador hasta su jubilación, correspondiéndole viáticos dependiendo su nivel de incapaz, el mismo se divide en hasta un 49%, un 50% al 65%, hasta un 70% o mayores de este valor