TEMA 6 parciariedad o mancomunidad simple Flashcards
El art. 1138 CC consagra la regla de presunción de parciariedad. La parciariedad puede darse en
la posición
activa, en la pasiva o en ambas
Cuando la parciariedad se da en la posición activa, se habla de parciariedad activa Q ES?
Ésta se caracteriza por el hecho de que cada uno de los acreedores sólo puede exigir de un mismo deudor la parte de la prestación que le corresponde.
La parciariedad pasiva es la que se manifiesta entre los sujetos que se encuentran en la posición pasiva.
Supone que cada uno de los deudores sólo puede verse compelido al pago de la parte de la deuda a que esté obligado. La regla básica es el reconocimiento de una presunción iuris tantum de que crédito y deuda se presumen divididos en tantas partes iguales como acreedores o deudores. Por tanto, se reputan distintos unos de otros los créditos y las deudas, pero la relación obligatoria es única.
La división se efectuará por regla general
por partes iguales, pero ésta no es más que una regla presuntiva
(art. 1138 CC).
or lo tanto, las partes podrán manifestar la división
de forma expresa en el acto constitutivo de la relación obligatoria una solución distinta (dividiendo, por ejemplo, la deuda o el crédito en las siguientes proporciones: 2/6; 1/6 y 3/6).
La característica fundamental de las obligaciones parciarias es que
los créditos parciarios (parciariedad activa) y las deudas parciarias (parciariedad pasiva) se deben entender como créditos y deudas diferentes y totalmente independientes.
Es decir, que si tres amigos piden un préstamo de 900 euros a otro amigo, si la deuda es parciaria se debe entender que, en
realidad,
existen tres deudas diferentes e independientes entre sí, que se presumen iguales (art. 1138 CC) y, por lo tanto, cada
amigo deberá 300 euros al prestamista.
Debido precisamente a la consideración de créditos y deudas diferentes las unas de las otras, como señala Díez-Picazo,
se producen determinadas consecuencias.
Así, en la parciariedad activa (créditos parciarios), cada uno de los acreedores podrá
reclamar su crédito sin
contar con los demás acreedores.
. Cada uno es titular (exclusivo) de
su crédito y, por lo tanto, tiene pleno poder
de disposición sobre él.
Cada acreedor podrá
cobrar independientemente su parte, y, por lo tanto, puede haber
acreedores que hayan cobrado y otros que no, por lo que continuarán pudiendo exigir el crédito (dividido) al deudor.
Sin embargo, como la relación jurídica es única
a (aunque los créditos estén divididos)
deberán ser todos los acreedores los que insten la resolución del contrato, pues todos ellos son titulares de dicha relación
jurídica única.
En la parciariedad pasiva (deudas divididas)
los deudores también cumplen independientemente los unos de los otros.
Si un deudor ha cumplido su parte de la obligación (ha entregado el dinero que le correspondía, en nuestro ejemplo 300 euros),
el acreedor ya no le puede reclamar nada más, aunque los otros deudores no paguen la deuda (dividida) que les correspondía
Si, por ejemplo, se puede producir la compensación con alguno de los deudores parciarios (art. 1195 CC), la compensación sólo alcanzará
a la parte de deuda que le corresponda al deudor parciario (300 euros en nuestro ejemplo), aunque el deudor parciario tenga un crédito frente al acreedor por un importe de 900 euros.