TEMA 6 Flashcards

1
Q

En toda relación obligatoria existen dos posiciones jurídicas

A

posición activa (acreedor) y posición pasiva (deudor).

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2
Q

La noción de parte identifica
osea que se refiere con partes

A

a las posiciones que se ostentan en la relación
obligatoria

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3
Q

deben ser esas partes cada una una persona?

A

cada parte puede estar integrada por una
pluralidad de personas.

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4
Q

La pluralidad de personas puede concurrir en

A

la posición activa, en la posición pasiva o en ambas posiciones (pluralidad mixta).

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5
Q

Ahora bien, cuando la relación obligatoria es sinalagmática, la
pluralidad de personas aboca necesariamente

A

a una pluralidad mixta.

Por ejemplo, tres hermanos son dueños de una vivienda y la alquilan a una persona. En la posición de arrendador (acreedor del pago de la renta y deudor de la cesión del uso) hay tres personas y en la posición de arrendatario hay una (deudor del pago de la renta y acreedor de la cesión del uso).

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6
Q

En el planteamiento del Código Civil, se presupone que cada parte de la relación obligatoria está integrada únicamente por

A

una persona

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7
Q

y, por ello, se establecen reglas especiales para aquellas
hipótesis de concurrencia de

A

más de una persona en la posición activa o pasiva (arts. 1137 y ss. CC).

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8
Q

Los problemas con las pluralidades surgen cuando

A

no siempre la pluralidad de personas se organiza con arreglo a los mismos criterios y reglas.

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9
Q

La capacidad de las partes de la relación obligatoria

. ¿Qué capacidad debe concurrir en las
partes de la relación obligatoria?

A

Hemos de distinguir dos planos.

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10
Q

que planos ay en la obligación obligatoria?

A
  1. Por un lado, la capacidad exigida para ser titular de la relación obligatoria.
  2. . Y, por otro, la capacidad exigida para constituir la relación y
    ejercer los contenidos que dimanan de la misma.
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11
Q

existe limitación para ser titular de una relación obligatoria?

A

NO, Pueden ser titulares de la posición activa o pasiva, tanto las personas físicas como las jurídicas (art. 38 CC).

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12
Q

Cuestión distinta es, sin embargo, la capacidad requerida para ejercitar válidamente el contenido de cada posición

A

se hace necesario, para la válida constitución de la relación obligatoria o para el válido ejercicio de esos derechos, que la
persona ostente la capacidad de actuar por sí mismo, sea en función de su edad, sea en caso de discapacidad, o por medio de su representante legal

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13
Q

La identificación de las partes de la relación obligatoria.

A

es necesario que se precise quién ostenta ese poder de exigir y quién ostenta ese deber.

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14
Q

Para concretar esa titularidad existen soluciones diferentes.

A
  1. Determinación
  2. Determinabilidad
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15
Q

Determinación

A

Los sujetos están perfectamente
determinados inicialmente

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16
Q

Determinabilidad

A

Los sujetos se determinarán en un momento posterior, conforme a los criterios previstos al constituir la obligación

17
Q

En los casos de falta de determinación inicial de los sujetos es imprescindible

A

que la determinación posterior se produzca conforme a los criterios previstos en el acto de constitución de la relación, sin que sea necesario un nuevo acuerdo (arg. art. 1273 CC).

18
Q

La pluralidad de sujetos:formas de organización

Las formas de organizar la pluralidad de sujetos en la relación obligatoria son las siguientes:

A
  1. Mancomunidad simple o parciariedad
  2. Mancomunidad en sentido estricto o en mano común
  3. Solidaridad
19
Q

Mancomunidad simple o parciariedad,

A

Que se caracteriza porque cada acreedor lo es de una parte del crédito y cada deudor lo es de una parte de la deuda.
La relación obligatoria es única, pero crédito y deuda se reputan divididos en tantas partes como sujetos haya en cada posición jurídica.

20
Q

Mancomunidad en sentido estricto o en mano común

A

que significa que el crédito o la deuda se atribuyen de forma conjunta a los acreedores o deudores. Del art. 1139 CC se desprende que en este caso la legitimación es colectiva: sólo perjudicarán a los acreedores los actos colectivos de éstos y sólo podrá hacerse efectiva la deuda procediendo contra todos los deudores.

21
Q

Solidaridad

A

que supone que cada acreedor tiene derecho a pedir el cumplimiento íntegro del crédito y cada
deudor el deber de satisfacer íntegramente la deuda.

22
Q

EJEMPLO: QUE TIPO ES?

Tres amigos piden un préstamo a otro de 900 euros , cada amigo prestatario deberá devolver al prestamista sólo 300 euros.

A

Mancomunidad simple o parciariedad,EN LA POSICIÓN PASIVA

23
Q

Tres hermanos deben entregar el caballo que les dejó su padre en herencia a una persona. En este caso, el acreedor de la entrega
deberá dirigirse contra todos los hermanos para que le entreguen el caballo

A

Mancomunidad en sentido estricto o en mano común en la posición pasiva

24
Q

Tres amigos piden un préstamo a otro de 900 euros. el acreedor podrá dirigirse contra cualquiera de los deudores solidarios reclamándoles la totalidad de la deuda (art. 1144 CC). Cada deudor viene obligado a cumplir íntegramente la prestación (art. 1137 CC), aunque posteriormente podrá reclamar de sus codeudores la parte que a cada uno corresponda con los intereses del anticipo (art. 1145 CC).

A

Solidaridad en posición pasiva

25
Q

muy importarte

La forma de organizar la pluralidad de sujetos deriva de

A

los pactos estipulados libremente por las partes

26
Q

por lo que la primera fuente para su determinación será

A

la libertad contractual, disponer en el contrato lo que se desee

27
Q

A falta de disposición contractual en este sentido,

A

el Código civil establece una serie de reglas de determinación
de la forma de organizar la pluralidad de sujetos, las del 1137 y 1138

28
Q

Así, el art. 1137 CC establece la regla de no presunción de la
solidaridad.

A

“La concurrencia de dos o más acreedores o de dos o más deudores en una sola obligación no implica que cada uno de aquellos
tenga derecho a pedir, ni cada uno de éstos deba prestar íntegramente las cosas objeto de la misma. Sólo habrá lugar a esto
cuando la obligación expresamente lo determine, constituyéndose con el carácter de solidaria”

29
Q

No obstante esta declaración legal tan terminante, hay que tener presente que, como veremos, la jurisprudencia
ha admitido que es posible pactar la solidaridad aun

A

sin utilizar de modo expreso el término solidaridad u
obligación solidaria, y además, también es posible la existencia de una solidaridad tácita, que derive de hechos
concluyentes (facta concludentia) o de la unidad de propósito o finalidad que persiga el contrato

30
Q

El art. 1138 CC establece la regla de la presunción de parciariedad:

A

“Si del texto de las obligaciones a que se refiere el artículo anterior no resulta otra cosa, el crédito o la deuda se presumirán
divididos en tantas partes iguales como acreedores o deudores haya, reputándose créditos o deudas distintos unos de otros”.

31
Q

En consecuencia, los arts. 1137 y 1138 CC combinan los criterios de no solidaridad y de mancomunidad, aplicables en caso de

A

silencio de las partes, dado que la primera fuente de determinación de la forma de organización de la pluralidad de personas es la libertad contractual.

32
Q

La parciariedad o mancomunidad simple

A

El art. 1138 CC consagra la regla de presunción de parciariedad. La parciariedad puede darse en la posición
activa, en la pasiva o en ambas.