Régimen Económico Del Matrimonio Flashcards
¿QUÉ ES EL RÉGIMEN ECONÓMICO DEL MATRIMONIO?
Es la organización económica del matrimonio.
¿CUÁLES SON LAS CLASES DE REGÍMENES ECONÓMICOS QUE HAY?
1º. Comunidad absoluta de bienes,
2º. Separación absoluta de bienes, 3º. Comunidad de gananciales, 4º. Mixto.
¿CUÁL ES RÉGIMEN DE COMUNIDAD ABSOLUTA DE BIENES?
Es el régimen en el que todos los bienes aportados al matrimonio por los contrayentes o adquiridos durante el mismo, pertenecen al patrimonio conyugal y se dividirán por mitad al disolverse el matrimonio. (122cc)
¿CUÁL ES EL RÉGIMEN DE SEPARACIÓN ABSOLUTA DE BIENES?
Es el régimen en el que cada cónyuge conserva la propiedad y administración de los bienes que le pertenecen y será dueño exclusivo de los frutos, productos y accesiones de los mismos. También serán propios de cada uno de los cónyuges los salarios, sueldos y ganancias que obtuvieren por servicios personales o en el ejercicio del comercio o industria.
¿CUÁL ES RÉGIMEN DE COMUNIDAD DE GANANCIALES?
Es el régimen en el que cada cónyuge conserva la propiedad de los bienes que tenían al contraer matrimonio y de los que adquiere durante el mismo por título gratuito o con el valor de unos y otros; pero se han de dividir por mitad, al disolverse el patrimonio conyugal los bienes y frutos aportados desde contraer matrimonio. (124cc)
¿CUÁL ES EL RÉGIMEN MIXTO?
Es el régimen en el que los contrayentes pueden adoptar cualquier régimen pero con las condiciones a voluntad de ambos.
¿QUÉ ES EL PATRIMONIO CONYUGAL?
Son todos los bienes aportados al matrimonio por los contrayentes o adquiridos durante el mismo.
¿CUÁLES SON LOS BIENES EXCLUIDOS DEL PATRIMONIO CONYUGAL?
a) Los bienes adquiridos a título gratuito,
b) Las indemnizaciones. (127cc)
¿QUÉ SON LAS CAPITULACIONES MATRIMONIALES?
Son los pactos que otorgan los contrayentes para establecer y regular el régimen económico del matrimonio. (117cc)
¿EN DÓNDE SE HARÁ CONSTAR EL RÉGIMEN ECONÓMICO DEL MATRIMONIO?
En el documento en el cual se autorice el matrimonio.
¿QUIÉNES TIENEN OBLIGACIÓN DE OTORGAR CAPITULACIONES MATRIMONIALES?
1º. Cuando alguno de los contrayentes tenga bienes cuyo valor llegue a Q.2,000.00,
2º. Cuando alguno de los contrayentes en el ejercicio de su profesión u oficio obtenga ingresos mayores a Q.200.00 al mes,
3º. Cuando alguno de los contrayentes tuviere en administración bienes de menores o incapacitados que estén bajo su patria potestad, tutela o guarda,
4º. Cuando la mujer fuere guatemalteca y el varón extranjero o
guatemalteco naturalizado.
(118cc)
¿CON QUÉ FORMALIDADES DEBEN CONTAR LAS CAPITULACIONES MATRIMONIALES?
a) Deberán constar en escritura pública o en acta levantada ante el funcionario que autorizó el matrimonio,
b) El testimonio de la escritura o la certificación del acta, se inscribirán en el RENAP y en el Registro de la Propiedad, si se afectaren bienes inmuebles o derechos reales sobre los mismos.
(119cc)
¿CUÁL DEBE SER EL CONTENIDO DE LAS CAPITULACIONES MATRIMONIALES?
1º. Designación detallada de los bienes que tenga cada uno de los cónyuges al contraer matrimonio, 2º. Declaración de las deudas de cada uno, 3º. Declaración expresa sobre qué régimen adoptan.
(119cc)
¿CUÁL ES EL RÉGIMEN SUBSIDIARIO?
Este régimen hace referencia a que ante la falta de capitulaciones matrimoniales, se entenderá contraído bajo el régimen de comunidad de gananciales. (126cc)
¿A QUIÉN LE CORRESPONDE EL MENAJE DE CASA?
Corresponde exclusivamente a la mujer. (129 y 452cc)
¿QUÉ COMPRENDERÁ EL MENAJE DE CASA?
Comprenderán todos los bienes que sirvan exclusivamente para el uso ordinario de una familia.
¿QUÉ ES LO QUE NO SE TENDRÁ COMO MENAJE DE CASA?
No se tendrá como menaje de casa los libros, dinero, joyas, documentos, armas, ropa y animales.
¿POR QUÉ SE DISUELVE EL PATRIMONIO CONYUGAL?
1º. Por disolución del matrimonio,
2º. Por separación de bienes,
3º. Por condena en sentencia firme a alguno de los cónyuges por delito cometido en contra del otro.
(139cc)
¿CUÁNDO PROCEDERÁ LA LIQUIDACIÓN DEL PATRIMONIO CONYUGAL?
Procede inmediatamente concluida la comunidad de bienes. En caso de régimen de Comunidad de Gananciales, pagadas las obligaciones del matrimonio, son gananciales que corresponden por mitad, a marido y mujer o a sus respectivos herederos. (140cc).
¿CUÁLES SON LAS CAUSAS DE EXCLUSIÓN DEL GOCE EN LA LIQUIDACIÓN DEL PATRIMONIO CONYUGAL?
1º. El abandono injustificado del hogar conyugal, para el que lo abandone,
2º. La separación de hecho del cónyuge culpable,
3º. Cuando se declare la nulidad del matrimonio, el cónyuge que hubiere obrado de mala fe no tendrá parte en las utilidades.
(141, 142 y 143cc)