Informe Fundamentado Flashcards
Que es el Informe Fundamentado
Art. 2 DS 7-2027-Minam
Es una prueba documental relacionada a la posible comisión de delitos de:
Contaminación
Contra los recursos naturales
Responsabilidad Funcional e info falsa
Tipificadas en el título XIII del CP
El Informe Fundamentado es necesario ?
No constituye un requisito de procedibilidad de la acción penal.
El fiscal puede formular su requerimiento fiscal prescindiendo de este con las pruebas de cargo y descargo recabadas durante la investigación preparatoria
Es obligatorio para la autoridad emitir el informe fundamentado
El IF es obligatorio para la autoridad responsable de su elaboración, bajo responsabilidad
Quienes son autoridades responsables para el Informe Fundamentado
- Contaminación: EFA Nacional, regional o local que ejerce funciones de fiscalización respecto de la materia objeto de investigación penal en trámite.
- Contra los recursos naturales: EFA
- Responsabilidad Funcional e Info falsa:
- Oefa: Si la investigación versa sobre funciones de fiscal
- Autoridad Nacional Sectorial: Si la investigación verdad sobre funciones distintas a la fisca
A quienes pueden solicitar la identificación de la Autoridad Responsable
- Contaminación ambiental: Oefa
- Contra los RR.NN.: Oefa
- Respo Amb:
En caso el fiscal lo considere necesario solicita al Minam la identificación de la autoridad Nacional sectorial de la autoridad responsable de la elaboración del IF
Estructura del Informe Fundamentado
Antecedentes
Base legal aplicable
Competencia de la autoridad
Identificación de las obligaciones ambientales
Info sobre las acciones de fisca
Conclusiones
Estructura del informe fundamentado del delito de Responsabilidad funcional
Antecedentes
Base legal
Competencia de la autoridad
Identificación de las obligaciones de los funcionarios involucrados que se encuentren en leyes, reglamentos, directivas y/o en normativa interna
Conclusiones