Derecho Penal - Sobre la culpabilidad Flashcards
¿Qué es la culpabilidad?
Es un juicio que reprocha el injusto a su autor, considerando el ámbito de autodeterminación (es personalizado) y siempre que no concurra alguna de las causas de exclusión de la culpabilidad
¿Cuál es el requisito mínimo de racionalidad que señala Zaffaroni para arrojar la culpabilidad?
La autodeterminación del sujeto: si cada delito debe atender a las circunstancias del caso, eso incluye al sujeto que se tiene enfrente. ¿Por qué? Porque cada ser humano es diferente. Si los tribunales individualizan la norma, por extensión en derecho penal se hace lo mismo en el endoso de una pena.
“A nadie se le puede cargar con un injusto si no ha sido resultado de su libre determinación y no puede hacérselo en la medida en que supere ese ámbito”. El delito debe ceñirse al radio de acción de la persona.
¿Cuáles son las causas de exculpación o inexigibilidad?
-Inimputabilidad. Antónimo: imputabilidad, o que el sujeto es capaz para ser llamado por la norma.
-Error de prohibición. Antónimo: conciencia de la antijuridicidad, o que debe haber un conocimiento previo de la ilicitud de la conducta
-Estado de necesidad exculpante o miedo insuperable. Antónimo: exegibilidad.
Diferencia la culpabilidad del acto y la culpabilidad del autor
La culpabilidad del acto señala que el reproche debe recaer en la acción típica y antijurídica. La culpabilidad del autor reside en la personalidad del sujeto.
Verbigracia: si una persona tiene una personalidad débil y sugestionable y ha participado en un robo con violencia, porque ha sido arrastrado al hecho por la presión de otro, en la teoría de la culpabilidad del acto será menos reprimido que si hubiera tenido una personalidad dura. En contrapartida, habría sido al revés.
¿Qué diferencia a las causas de justificación de las causas de exculpación (también llamadas causas de inculpación o de disculpa)?
La diferencia entre falta de antijuridicidad y falta de culpabilidad (o entre causas de justificación y causas de exculpación) consiste en que una conducta justificada es reconocida como legal por el legislador, es decir, está permitida; por el contrario, una conducta exculpada sigue estando prohibida, únicamente no se castiga
¿Por qué la culpabilidad rechaza el libre albedrío?
Según Zafarroni, el libre albedrío es entendido como una ficción en la que todos somos igualmente libres. No obstante, cada persona es libre de autodeterminarse, y es por esta razón que se hace necesario precisar cuál fue la conducta que tuvo el sujeto en el momento de realizar el acto, teniendo en cuenta sus condiciones personales y la coyuntura.
¿A qué se refiere la imputabilidad?
Es la capacidad psíquica del autor para actuar voluntariamente y disponer de un ámbito de autodeterminación sobre el hecho que cometió.
Si el sujeto comprende la antijuridicidad de su conducta, ¿siempre es imputable?
No. Puede darse el caso en que su conducta no encaje con su comprensión del acto reprochable. Por ejemplo, el fóbico a las cucarachas sabe que es injusto empujar una anciana por la calle, pero si ha visto una cucaracha y eso le desencadena un pánico irresistible, no podrá adecuar su conducta a la comprensión de la antijuridicidad.
¿Cuáles son los dos estratos de la imputabilidad, según Zafarroni?
-Capacidad de comprender la antijuridicidad
-Capacidad de adecuar la conducta a la comprensión de la antijuridicidad
¿Qué admite la doctrina cómo causas de inimputabilidad?
- Anomalía permanente o congénita. “El que al tiempo de cometer la infracción penal, a causa de cualquier anomalía o
alteración psíquica, no pueda comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión” (art. 20.1 del CP español) - Trastorno mental transitorio. “El que al tiempo de cometer la infracción penal se halle en estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias
psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos, siempre que no haya sido buscado con el propósito de cometerla o no se hubiese previsto o debido prever su comisión, o se halle bajo la influencia de un síndrome de abstinencia, a causa de su dependencia de tales sustancias, que le impida comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión” (art. 20.2 del CP español). - Minoría de edad
A través de un perito, el juez indaga en el pensamiento del acusado sobre su conducta. Busca el grado de esfuerzo que la persona debió haber realizado para comprender la antijuridicidad de su conducta. ¿Cuanto mayor es la perturbación menor será el grado de reproche?
Sí. Mejor dicho, menor será la propensión del tribunal para decretar la culpabilidad.
¿Cuáles insuficiencias o trastornos abarca la inimputabilidad? Señala los cuatro grandes
-Psicosis. Es cualquier enfermedad mental.
-Oligofrenia o idiocia. Deficiencia mental que deterioria la inteligencia del sujeto.
-Psicopatía. Anomalía psíquica por obra de la cual, a pesar de la integridad de las funciones perceptivas y mentales, se halla patológicamente alterada la conducta social del individuo que la padece.
-Neurosis. Enfermedad funcional del sistema nervioso caracterizada principalmente por inestabilidad emocional.
Ejemplos de psicosis
-Esquizofrenia. Grupo de enfermedades mentales correspondientes a la antigua demencia precoz, que se afirman en la pubertad y se caracterizan por una disociación específica de las funciones psíquicas, que conduce, en los casos graves, a una demencia incurable. Las personas interpretan la realidad con anormalidad
-Paranoia o monomanía. Locura o delirio parcial sobre una sola idea o un solo orden de ideas. Verbigracia: megalomanía, erotomanía, cleptomanía, dipsomanía
-Trastorno bipolar o psicosis maniaco-depresiva (hipomanía en su grado leve). La persona intercambia fases de profunda tristeza y euforia
-Epilepsia. Trastorno cerebral en el cual una persona tiene convulsiones repetidas durante un tiempo. Las convulsiones son episodios de actividad descontrolada y anormal de las neuronas que pueden causar cambios en la atención o el comportamiento como movimientos corporales. La epilepsia ocurre cuando los cambios en el tejido cerebral hacen que el cerebro esté demasiado excitables o irritables. Como resultado de esto, el cerebro envía señales anormales.
¿La neurosis puede darse como una causa de inimputabilidad?
Es relativo. Normalmente, no. Suele usarse como una eximente incompleta.
¿Cuál es la diferencia entre los trastornos mentales que le competen a la culpabilidad del resto (error de tipo psíquico y acción)?
En la culpabilidad, el sujeto comprende la antijuridicidad de la acción, pero es incapaz de moldear su conducta de acuerdo a ésta. Hay voluntad.
En la tipicidad, no hay cabida para la comprensión de la antijuridicidad, ni siquiera de la tipicidad subjetiva, porque el sujeto desfigura la realidad por la alucinación o paranoia que padece: tiene la voluntad, pero frente a algo distinto a lo que realmente es.
En la acción, no hay comprensión ni voluntad: el cuerpo es una cosa a merced del trastorno.