CONTRATOS DE INTERMEDIACIÓN COMERCIAL Flashcards
¿Cuáles son los contratos de intermediación comercial?
Estos contratos son
1. Comisión: La comisión es un contrato típico pero se mete en esta clasificación de intermediación comercial porque se le da más relevancia.
- Corretaje o mediación: Es atípico pero el art. 75 fr. XIII dice que es mercantil.
- Agencia Art. 75 fr. XII
RG: atípico
EX: típico
CRÍTICA: En el Código de comercio no se tiene regulación de esta figura. Un ejemplo específico es el agente de seguros que está regulado en una ley específica pero eso no quiere decir que sea el único agente que exista. - Distribución
- Franquicia
Características comunes del corretaje
- Típicamente mercantiles: no se entienden fuera del ámbito del comercio. Salvo excepciones.
CRÍTICA: es incoherente que les diga “típicamente” ya que es un contrato atípico. Se quiso referir a que no se entienden fuera del ámbito de comercio, son mercantiles.
-La mayoría son mercantiles la excepción es que no lo sean. - Su objeto es la gestión de intereses ajenos. Los encargados actúan directa o indirectamente por cuenta de otro.
¿Qué quiere decir esto? Siempre habrán 3 partes, en donde una, va a buscar ayudar a alguien (ser conducto de comunicación). - Las reglas de la Comisión y posteriormente las del mandato regulado en el CC pueden aplicarse como normas supletorias.
¿Qué calidad debería tener el intermediario? Mandatario, gestor. - Profesionalidad del sujeto obligado a llevar a cabo el encargo.
- Son onerosos por naturaleza → el gestor recibe el pago precisamente con la finalidad de obtener esa retribución.
- Contienen una obligación de resultados …
- Son intuitu personae. Se celebran en atención a las características personales y concretas del auxiliar.
- Son contratos de tracto sucesivo y duración.
- En la legislación fiscal, para ciertos efectos se iguala al comisionista al mediador, el agente y al distribuidor como prestadores de servicios independientes.
Concepto de corretaje
Definición de Sánchez Calero: Aquel por el que una persona se obliga a abonar a otra llamada “MEDIADOR o CORREDOR”, una remuneración por indicarle la oportunidad de concluir un negocio con un tercero o por servirle de intermediario en esa conclusión.
Hay un intermediario que lo que va a hacer es generar la oportunidad de concluir un negocio con un tercero. Ej. En el corredor de inmuebles se busca a los clientes, se pone en contacto con el propietario del inmueble, se le dará una retribución.
Clasificación de los contratos de corretaje
- Mercantil
- Oneroso
- Consensual
- Bilateral: algunas teorías establecen que no es bilateral sino que es unilateral ¿por qué? la bilateral habla de mutuas obligaciones. Sin embargo, no será bilateral porque el corredor no se obliga al resultado y por lo tanto, puede no hacer nada.
-Lic. Carlos: En su beneficio el sí ejecuta las acciones porque de eso depende que se le pague.
Conclusión: Si es bilateral. - Conmutativo
- Intuitu personae
- Preparatorio (pero principal): Sería principal pero es preparatorio porque nos lleva a otro tipo de contratos. No depende de un principal, pero ayuda a preparar al que sigue.
- Atípico
- Nominado: tiene que ver con que alguna ley lo señale y/o nombre y este si esta señalado en algunas leyes fiscales.
Ejemplos de contratos de corretaje
-Brokers de inmuebles e hipotecarios.
A los hipotecarios los contratan los bancos
-Apps: no todas le dan esa naturaleza, pocas dirán de que se trata.
No confundir mediación con el corredor público
No confundir contratos de intermediación con corredor público
ARTICULO 6o. LCP- Al corredor público corresponde:
Actuar como agente mediador, para transmitir e intercambiar propuestas entre dos o más partes y asesorar en la celebración o ajuste de cualquier contrato o convenio de naturaleza mercantil;
Partes en en corretaje
- Cliente: quien solicita el servicio. Pueden ser tanto PF como PM.
- Corredor, mediador, intermediario, mandatario. Persona física o moral.
Lo más técnico es usar corredor o mediador.
Capacidad en el corretaje
Capacidad general de contratación.
La capacidad para la celebración del negocio materia del corretaje puede adquirirla el cliente después de celebrado el contrato de correduría.
El cliente puede no tener los requisitos para celebrar corretaje pero puede adquirirlo a lo largo del contrato.
Ej. un extranjero que adquiere un inmueble
Objeto del corretaje
A. Directo: transmisión de derechos y obligaciones.
B. Indirecto: cualquier bien o servicio y la remuneración.
Forma en el corretaje
Hay una teoría que determina que puede ser consensual siempre y cuando se ratifique.
ARCE: No está de acuerdo.
Lic. Carol: Elemento probatorio interesante no obligatorio.
Derechos y obligaciones del corredor
DERECHOS
1. Remuneración
2. Si genera algún gasto tiene derecho a la remuneración.
3. Recibir anticipos.
4. Recibir el reembolso de gastos.
OBLIGACIONES
1. Realizar la actividad encomendada.
-Aunque no se obligue al resultado debe realizar la actividad.
- Informar al cliente
Si no se llega al resultado pero se pacto que se podrían dar algunos avances en cuanto a economía, cuántos clientes te han traido o contactado aunque no se logre concretar el contrato. - Cumplir personalmente.
Si se trata de una persona moral podría hacerlo a través de sus representantes, factores, etc… - Guardar confidencialidad
- Ser independiente e imparcial aun y cuando lo contrate uno o ambas partes.
Derechos y obligaciones del cliente en el corretaje
DERECHOS
1. Correlativos
2. Recibir los beneficios.
OBLIGACIONES
1. Pago de la remuneración
¿Cuánto? Art. 304 (analogía)
¿Cuándo? Hay teorias:
Cuando se perfeccione el contrato siguiente para el cual fue “preparatorio” ej. renta, venta, laboral, etc..
Cuando se recibe el beneficio económico.
Conclusión lic. Carol: depende de la practica.
¿Celebración de un contrato distinto? Proporcional.
Proporcionar informacion necesaria.
- Auxiliar al corredor.
- Dar instrucciones claras
Modalidades del corretaje
PACTO DE EXCLUSIVA: Por lo general beneficia al coredor. Debe estar limitado a un plazo / geograficamente. En caso de incumplimiento, el corredor tendra derecho a reclamar daños y perjuicios.
SUBCORRETAJE: Totalidad o parte de la ejecución. Se requiere la voluntad del cliente. Le son aplicables todas las limitaciones y normas del corredor original.
MEDIACIÓN COMISIÓN: es un representante. Primero cumplir con las funciones de corredor y posteriormente con las de representante.
RG: La mediación no tiene representación.
EX: que se firme una mediación comisión.
UNICA EX. EN REPRESENTACIÓN PARA LA MEDIACIÓN: Cumple con las obligaciones de dos contratos, corresponde dos contraprestaciones. Deviene más de la comisisón que de la representación.
Terminación del corretaje
- Voluntad de las partes
- Cumplimiento del negocio y pago.
- Perdida de la cosa o porque se haga imposible.
- Vencimiento del plazo: principalmente si hay exclusiva. Hay plazos de protección.
- Renuncia del corredor: salvo pacto en contrario no tendría derecho a reembolsos de gastos.
- Revocación: indemnización si corresponde más gastos
- Muerte del corredor.
Figuras análogas al corretaje
- Comisión: por ser mercantil.
- Mandato: gestión de intereses ajenos.
- Prestación de servicios: Contenido de algunas obligaciones del corredor.
No es ninguna de estas. Normalmente en los contratos atípicos van a ser sui generis.
Conclusión: tiene naturaleza sui generis.