Capítulo 9: Teoría de la Antijuridicidad Flashcards
Definición: Antijuridicidad Formal
Alude al simple hecho de existir contradicción entre una conducta y el ordenamiento jurídico positivo.
Definición: Antijuridicidad Material
Refiere al contenido que debe tener un hecho para ser contrario al Derecho penal, a las características que reviste la conducta que la hacen penalmente desvalorada.
Radica en su dañosidad social o, más bien, en la ofensa al bien jurídico que se pretende tutelar y en la peligrosidad de la conducta. Una conducta es materialmente antijurídica en cuanto afecta un bien jurídico.
Definición: Causal de Justificación
Cuando existe otra norma que, en determinadas circunstancias y de modo excepcional, permita la realización de la conducta aun cuando afecte gravemente a un bien jurídico penal.
¿Cuándo una conducta es antijurídica?
Cuando coincide con una descripción típica y, además, no está amparada en ninguna causal de justificación que la autorice.
Características del concepto de antijuridicidad
- Concepto valorativo: implica un juicio de valor. Un juicio a partir de las normas jurídicas por el que se determina si una conducta contradice los valores reconocidos por las normas, sin que baste la simple observación o percepción sensorial.
- Concepto unitario: principio de unidad que prohíbe que en su interior existan valoraciones contradictorias.
- Concepto negativo: la ausencia de causas de justificación que autoricen la realización de la conducta típica.
Definición: Causales de Justificación
Aquellos supuestos fácticos bajo los cuales el Ordenamiento jurídico considera lícita la ejecución de una conducta típica. Estas emanan de normas permisivas.
Aspecto objetivo de las causales de justificación
Consiste en que se den los presupuestos fácticos de la causal de que se trate.
Aspecto subjetivo de las causales de justificación
Referido al conocimiento y voluntad de actuar en el sentido de la autorización que otorga el derecho.
Efectos de las causales de justificación
Principal efecto: impedir que se configure un delito a pesar de la lesión o puesta en peligro.
Otras consecuencias específicas:
a) No es posible el castigo de la participación.
b) No procede la imposición de medidas de seguridad frente a un hecho que no sea típicamente antijurídico.
c) La justificación pueden excluir la responsabilidad civil derivada del delito.
Clasificación: causales de justificación
- Causales que se fundan en la ausencia de interés por la preservación del bien jurídico del que se trata.
- Causales que se fundan en la intención de hacer prevaler un bien jurídico en desmedro de otro (principio de interés preponderante). Ellas se subdividen en dos clases:
a) Causales que tienen a la preservación de un derecho.
b) Causales que tienen a la actuación de un derecho.
Causal de justificación: Consentimiento
Concepto: la aceptación o autorización otorgada de forma libre y consciente por el titular de un bien jurídico disponible para la ejecución de una conducta típica que lesiona o pone en peligro dicho bien. Es la única causal que no aparece en el Código.
Requisitos:
- Disponibilidad del bien jurídico
- Libertad, consciencia y capacidad del sujeto que consiente
- Anterioridad a la conducta lesiva
Causal de justificación: Legítima Defensa
Concepto: obra en legítima defensa quien ejecuta una acción típica, racionalmente necesaria, para repeler o impedir una agresión ilegítima, no suficientemente provocada por él y dirigida en contra de su persona o derechos, o de los de un tercero.
Requisitos de la agresión
1. Debe ser ilegítima
2. Debe ser real
3. Debe ser actual o inminente
4. No ha de ser suficientemente provocada
5. Debe ser obra de una persona
Requisitos de la reacción defensiva:
1. Racional
2. Necesaria
Clases de legítima defensa art. 10 n°4-6:
a) legítima defensa propia
b) legítima defensa de parientes
c) legítima defensa de extraños
-
Casos de legítima Defensa Privilegiada
El inciso segundo del artículo 10 N° 6 establece un régimen de presunción respecto de los requisitos exigidos en las tres formas de legítima defensa en tres situaciones:
- Si se rechaza el escalamiento del agresor en una casa, departamento u oficina habitados, o en sus dependencias, sea de día o de noche. Se entiende por escalamiento el ingreso a un recinto por vía no destinada al efecto, por forado o con rompimiento de paredes o techos, o fractura de puertas o ventanas.
- Si, durante la noche, se rechaza el escalamiento del agresor en un local comercial o industrial.
- Si se impide o trata de impedir la consumación de los delitos de secuestro, sustracción de menores, violación, parricidio, homicidio calificado, homicidio simple y robo con violencia o intimidación en las personas.
Se trata de situaciones de privilegio porque en esos casos se presume legalmente que concurren las circunstancias previstas en los números 4, 5 y 6 del artículo 10 cualquiera sea el daño ocasionado.
Causales de justificación: Estado de Necesidad Justificante
Concepto: quien ataca un bien jurídico de un tercero, con el objeto de evitar la lesión de uno más valioso perteneciente a sí mismo o a otro.
Requisitos:
- Situación de necesidad: existencia de un mal o peligro para un bien jurídico que se quiere evitar (real o actual o inminente).
- Sacrificio de un bien jurídico de menor valor que el que se trata de salvar. Atender a los siguientes juicios de valor: jurídico, objetivo, relativo.
- Inexistencia de otro medio practicable.
Causal de justificación: Ejercicio Legítimo de un Derecho
Concepto: quien ejercita un derecho que le ha sido conferido por el Ordenamiento jurídico.
Causal de justificación: Ejercicio legítimo de autoridad, oficio o cargo
Más que de facultades o derechos,
cabe hablar de deberes.
Causales de justificación: Cumplimiento de un Deber
Concepto: quien ejecuta una acción típica en el cumplimiento de un deber que le ha sido impuesto inmediatamente por el Ordenamiento jurídico. La obligación ha de estar impuesta de modo inmediato y específico por el derecho.